sábado, 17 de noviembre de 2012

[265] CONSULTAS AL MINISTERIO DE FOMENTO SOBRE EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN

Colaborando con el Ministerio de Fomento, la UAAAP, publicará en un apartado específico de este blog al mismo tiempo que se contesta al interesado, la respuesta oficial a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Al frente del equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA, se encuentra nuestro compañero arquitecto D. José Luis Posada Escobar, Jefe del Área de Seguridad y Accesibilidad.
Subdirección General de Arquitectura y Edificación
Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo
Ministerio de Fomento
Paseo de la Castellana 112
28071 Madrid - España
No preguntes por aqui. Envia tus consultas a este e-mail

arquitectura@fomento.es

9 comentarios:

Unknown dijo...

Tengo una duda respecto sobre el SUA2 el punto 1.3 Impacto sobre elementos frágiles.
Según este punto todas las ventanas balconeras de una vivienda unifamiliar donde se pueda salir fuera han de tener vidrio de seguridad tanto fuera como dentro? Yo según la aclaración entiendo que si pero comentándolo con una empresa de aluminios me han dicho que no que solo en puertas.

Administrador dijo...

Estimada Miriam, tienes que dirigir tu pregunta al email arquitectura@fomento.es

Miguel Almagro dijo...

¿Qué requisitos debe tener la escalera de acceso EXCLUSIVO a sótano-trastero de una vivienda unifamiliar?

Anónimo dijo...

Buenas tardes:
Necesitaríamos saber si para cumplir el SI5, la distancia máxima hasta los accesos al edificio menores a 30m se miden desde el estacionamiento del camión de bomberos a la entrada principal del edificio o a cada uno de los portales que lo componen.

Jorge Mosquera dijo...

BUENOS DIAS,QUERRIA CONSULTAR DE QUE ESTOY HACIENDO UN PASEO Y QUIERO COLOCAR UNOS BARROTES A 45 GRADOS,ES DECIR SI UN BAAROTE NORMAL VERTICAL ESTA A 90 ,LO QUE PREGUNTO ES 45 º CON RESPECTO AL SUELO.

UEMA dijo...

Buenas tardes, disponemos de un local de una superifice construida total de 530m2 que se pretende destinar a "supermercado", de esos 530m2, hay 60m2 que se dedicarán a almacén y cámaras frigoríficas por lo que entendemos que se trataría de un local de riesgo especial y como tal se trataría. Mi duda es: ¿Al tener una superfice comercial de 470m2, es necesario instalar BIES?

Unknown dijo...

Buenos dias, no sé a quién puedo hacerle la consulta
Nos dedicamos a realizar adaptaciones de locales para salones de juegos. En los cuales hay un punto de control de acceso, además de un itinerario accesible, como así establece el cte.
Mi duda surge a raiz de la exigencia de un técnico de la junta de andalucia que nos exige que debemos instalar una banda de señalización para minusvalidos segun establece el dbsua en todo el recorrido accesible del local. Es decir, prácticamente todo el local y todos los paisllos del lcoal entre maquinas tragaperras.
Pensabamos que esta banda era exigible hasta el punto de control, pero esto no lo habiamos visto todavia. Por ejemplo estamos acostumbrados a ver por ejemplo cafeterias o incluso supermercados y no se ven todos los pasillos con esta banda señalizacion
gracias

enrique dijo...

Buenos días. En un edificio protegido Nivel 2, se permite cambiar la escalera por una nueva así como cambiar su uso de residencial a terciario. La duda surge ya que no hay mucho espacio y la altura de evacuación descendente es superior a 10m, por lo que según el CTE la escalera tiene que ser protegida, y eso supone perder mucha superficie de planta ya que hay que cerrarla en un recinto, debe tener dos accesos, ventilación forzada, etc.. Hay alguna manera de evitar que la escalera sea protegida? No se puede modificar la altura de evacuación, me refiero a algún sistema adicional que me permita dejar la escalera sin compartimentar.

Carlos Javier Linares Yanes dijo...

Buenas tardes. Me gustaría realizarles una consulta. En mi empresa estamos realizando una obra de ingeniería consistente en un encauzamiento de barranco con un marco de hormigón armado, el coordinador de seguridad y salud de esta obra, nos esta exigiendo unas vallados de seguridad referidos a la aplicación del CTE. ¿Es de aplicación el CTE a este tipo de obras? ¿Existe alguna nota técnica del ministerio que aclare dónde se debe aplicar el CTE, aparte de capitulo de "aplicación" del propio CTE?¿existe algún documento dónde diga que es inaplicable a obras de ingeniería?

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