viernes, 29 de julio de 2011

[151] LA SUPRESION DEL ARQUITECTO MUNICIPAL

Nos permitimos desde este comentario, y desde el máximo respeto a la autonomía local, el considerar que en un municipio como el de Tegueste, de más de 10.000 habitantes se nos antoja de dificil entendimiento la medida recientemente adoptada por su Ayuntamiento de prescindir del puesto de arquitecto municipal justificada en la falta de trabajo de su oficina técnica.
Desde la UAAAP consideramos que para un municipio de las características de geográficas y demográficas de Tegueste, el que exista un arquitecto y un aparejador en plantilla con funciones complementarias, es lo mínimo que se le puede demandar a una Corporación en el ejercicio de sus funciones públicas.
Nos consta que hay muchos ayuntamientos que si por ellos fuera prescindirían del Secretario o del Interventor, pero su mantenimiento no dice nada a favor de estos consistorios ya que por por imperativo legal están obligados a mantenerlos. Lo que si dice mucho a favor de muchos municipios de España es que, a pesar de las penurias económicas por la que atraviesan, no sea negociable para ellos el prescindir de su arquitecto y de su aparejador municipal.