domingo, 11 de julio de 2010

[078] RELACIÓN LABORAL DE CIERTOS ARQUITECTOS MUNICIPALES BAJO LA FÓRMULA DE UN CONTRATO DE SERVICIOS

La Sala Social de Tribunal Supremo resuelve en esta Sentencia un recurso de casación en unificación de doctrina, dictaminando que, en el supuesto concreto que se somete a su consideración, la relación existente entre el arquitecto municipal y el Ayuntamiento es de naturaleza laboral, aunque el contrato tenga la forma de contrato de servicios, regulado por la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
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