martes, 5 de junio de 2012

[229] CAMPAÑA PARA LA DECLARACIÓN DEL ARQUITECTO MUNICIPAL COMO ESPECIE PROTEGIDA

A raiz de la entrada [228], hemos recibido el comentario de un compañero que por su interés pasamos a publicar.
"Sin duda en muchos casos hemos sufrido la incomprensión (por no llamarlo enfrentamiento) con compañeros de profesión en la discusión de los informes referentes a expedientes urbanísticos. Ello se produce tanto entre el profesional libre cuando presenta proyectos en los municipios, como cuando un arquitecto municipal o de la diputación recibe a compañeros con proyectos privados. Igualmente sucede en muchos casos cuando visamos trabajos con los compañeros del Colegio.
A nadie se nos escapa que somos muchos y muy diferentes y que en todos los ámbitos hay auténticos talibanes que hacen imposible un entendimiento normal. Igualmente es conocido como en muchos ayuntamientos empiezan a proliferar empresas, consulting o asesores que informan en ausencia de otros técnicos, siguiendo pautas similares a la de los funcionarios. 
Sin embargo, como todos intuimos, tanto si estamos en Castilla, Andalucía o Cataluña, la intención es evidente: se trata de la sustitución del arquitecto municipal, o mejor dicho de la supresión de las funciones referidas a los informes urbanísticos (obras, reparcelaciones, etc.) para hacer "más ágil" la labor de la administración, derivando dichos cometidos a organismos con la certificación administrativa (lo más afín posible), cuyo funcionamiento se regulara reglamentariamente.
Pero la reforma de Castilla y Leon (ANTEPROYECTO DE LEY DE REGENERACIÓN URBANA) no se limita a los informes, sino que se amplia a “emitir certificaciones, actas, informes y dictámenes, que podrán ser asumidos por la administración competente para la tramitación de un determinado expediente y ser incorporados al mismo, con el valor y la eficacia que se precisen reglamentariamente”, es decir CREAMOS LA ADMINISTRACIÓN PRIVADA PARALELA, al servicio, eso sí reglamentariamente, de quien la crea, es decir la Comunidad Autónoma.
Pero incluso en el supuesto de deshacernos de esos compañeros molestos, que ponen impedimentos a nuestro trabajo, ¿qué garantías tendremos ante estos Organismos de Certificación Administrativa? ¿A quién se recurre ante por ejemplo informes defectuosos o erróneos? ¿Será la Administración quien contrate, concierte, encomiende a los Organismos o será el particular el que elija al más afín según el proyecto de que se trate? 
Y siguiendo este razonamiento, si dichos informes son acreditativos, ¿a quien se abonaría la tasa correspondiente? A los Organismos y luego una segunda tasa a la Administración.
Serán los Colegios Profesionales, organismos de certificación administrativa, o nos situaremos como ha ocurrido últimamente con impugnaciones de las empresas, perdón organismos, de control técnico (OCT), frente a la firma de convenios con los municipios.
Y serán, nuevamente los bancos, los accionistas mayoritarios de esas empresas de control, tasaciones, seguros, etc. que pululan en el entorno del sistema inmobiliario, accediendo a través de una norma de “REGENERACION URBANA” a convertirse en “ADMINISTRACIÓN”
Ante esta perspectiva, no puedo más que apoyar la campaña para la recuperación de las especies en peligro de extinción, y declarar especie protegida al ARQUITECTO MUNICIPAL, para lo cual solicito tu apoyo accediendo al enlace de la UAAAP."

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