Venimos defendiendo desde siempre en este blog la implantación de las nuevas tecnologías en las relaciones con las administraciones pero siempre desde el no perjuicio y el respeto a aquellos ciudadanos que por variadas circunstancias, no puedan o no quieran emplear tan innovadores mecanismos de comunicación en los procedimientos. El artículo que aquí traemos, lo deberían leer todos aquellos que piensan que la Administración electrónica debe ser obligatoria para todos los ciudadanos, para que les quede claro que si no se articulan medios alternativos adecuados, bajo el manto de tanta modernidad se estaría encubriendo una manifiesta pérdida de derechos para el individuo.
LUIS MIGUEL DE DIOS Érase una vez un hombre de 88 años, labrador zamorano de toda la vida, que tuvo que contratar a una persona para que lo ayudara en el cuidado de su esposa. Hizo las cosas como dicen que hay que hacerlas: contrato y salario legales, alta en la Seguridad Social, descanso semanal, vacaciones? Para tener todo como Dios manda, que diría Rajoy, hubo de realizar el correspondiente papeleo. Entre los trámites, el inscribirse como empleador (o algo así) y, por tanto, figurar como autónomo. Todo normal, aparte de idas y venidas a Zamora, rellenar formularios y otras minucias. En la mayor parte de los casos, tuvieron que ser los hijos los encargados de superar la consabida burocracia. No es difícil de entender que, con casi 90 años, un enfermo grave en casa y viviendo en un pueblo pequeño, no estén ni la cabeza ni el cuerpo para transitar por tamaños berenjenales y tener las cosas en orden. Fue pasando el tiempo sin novedades en este terreno, es decir continuaba como empleador, pagaba sueldos y Seguridad Social, etc., etc. Pero he aquí que hace unos días recibe en su domicilio la siguiente carta:
«La Orden ESS/485/2013 de 26 de marzo (BOE del 28 de marzo de 2013) establece la obligatoriedad de recibir por medios electrónicos las notificaciones y comunicaciones que en el ejercicio de su competencia les dirija la Tesorería General de la Seguridad Social.Examinada nuestra base de datos se comprueba que no consta su correo electrónico, teléfono, o existen errores en el domicilio, por lo que remitimos el presente formulario al objeto de actualizar nuestros ficheros. En caso de no hacerlo no podremos comunicar las notificaciones puestas a su disposición en Sede Electrónica informando que adquirirán firmeza por el transcurso de los plazos establecidos (10 naturales).Este folleto deberá acompañarse de copia de su DNI (vigente).Asimismo, le significamos que los datos que les requerimos no deben ser los del autorizado RED».
Hasta aquí la reproducción textual del oficio. Va firmado con el nombre de la subdirectora provincial de Gestión recaudatoria. (En mayúsculas, como para resaltar la importancia de quien se digna mandar una comunicación).
En la parte superior de la carta, los siguientes membretes: Ministerio de Empleo y Seguridad Social.- Secretaria de Estado de la Seguridad Social.- Tesorería General de la Seguridad Social.- Dirección Provincial de Zamora.- Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria. N/REF: Subdirección Afiliación. Asunto. Comunicación datos de contacto. También figura, claro, la fecha.
En la parte inferior derecha, la dirección (avenida Requejo, 23. 49012 Zamora), un teléfono, un fax y un recuadro donde se lee: Sello Aeval Excelencia. Modelo EFQM (todo en mayúsculas).
En el formulario que hay que contestar figura un apartado, denominado CCC/NAF, que todavía no he logrado descifrar pese a que he preguntado a unos cuantos expertos en siglas burocráticas, referencias oficiales y demás.
He leído cincuenta veces el citado oficio antes de decidirme a escribir sobre él. Surgen muchas reflexiones, pero pueden resumirse en algunas preguntas: ¿cabe en una cabeza mínimamente sensible obligar a una persona a disponer de medios electrónicos para recibir notificaciones oficiales?; ¿nadie ha pensado que hay gente mayor que no dispone de Internet o que no sabe usarlo?, ¿nadie de cuantos participan (y cobran bien) por elaborar estas normas conoce la realidad social de este país?, ¿creen que todo el mundo vive en una ciudad, tiene ordenador, navega por el éter? Lean la carta, por favor. No tiene desperdicio. Incluye hasta una amenaza velada: en caso de no rellenar el formulario, «no podremos comunicar las notificaciones puestas a su disposición en sede electrónica, que adquirirán firmeza por el transcurso de los plazos establecidos (10 días naturales)». O sea, que si usted no tiene correo electrónico se arriesga a no enterarse de cambios o avisos y, por tanto, podrá ser sancionado.
Deténganse en el último párrafo del escrito: «Le significamos que los datos que les requerimos no deben ser los del autorizado RED». ¿Y eso qué es? Tiene usted 88 años, lleva toda la vida en el campo y ahora, con dramas familiares incluidos, le vienen así. ¿No es para soltar más de un improperio?
El asunto se prestaría incluso a hacer chistes si no fuera por la gravedad de cuanto encierra, especialmente la indefensión en que medidas como esta deja a muchísimos ciudadanos, especialmente en el medio rural, especialmente a ancianos a quienes acaban amargando la vida y a quienes, indirectamente, se está llamando analfabetos e inútiles cuando quizás hayan sido maestros en lo suyo, en este caso la labranza, la tierra y en luchar por la vida. ¡Qué pena y qué vergüenza!
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