viernes, 28 de junio de 2013

[321] SI RAJOY HUBIESE SIDO ANTES ALCALDE QUE REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD

Si Rajoy hubiese sido antes Alcalde que Registrador de la Propiedad, estamos seguros que el artículo 20.4 del texto refundido de la Ley de Suelo estatal no se hubiera modificado en los términos que aparecen en la nueva Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Efectivamente, en la Ley 8/2013, que recientemente acaba de ser publicada en el BOE, nos encontramos con una nueva modificación del artículo 20.4 de la Ley de Suelo Estatal, que obedece claramente a consolidar una doctrina que consideramos desafortunada establecida por reiteradas resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado y del propio ministerio en la línea de permitir inscripciones registrales sin aportar previamente el acto administrativo mediante el cual se declare la situación de fuera de ordenación de una edificación.
Entendemos que una cosa es la sincronización de la realidad física extrarregistral con la realidad jurídica derivada del Registro, lo cual es una garantía en sí misma, para cualquier propietario o inversor, con lo que estamos totalmente de acuerdo, y otra es que se intente aplicar en este tracto administrativo, para su desarrollo, un orden procedimental que altere aquello tan asimilado por la sociedad a lo largo de los años de que todos los procesos urbanísticos-administrativos tenían su culminación en una inscripción registral. A partir de ahora esto ya no será así.
No consideramos la mejor solución de cara a la defensa del administrado y en pro de la confianza del mercado inmobiliario internacional, un simple enfoque punitivo hacia los ayuntamientos como se plantea, y eso sin hablar de los plazos indeterminados para emitir estos certificados, de la ausencia de tasas para su elaboración y de los escasos medios con los que cuentan muchos ayuntamientos para hacer frente con garantía a la preparación de la documentación necesaria para emitir un certificado de esas características. 
Os traemos aquí un comparativo del texto del artículo en cuestión antes y después de su actual redacción.

jueves, 27 de junio de 2013

[320] LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS. ¿ASOCIACIONES O COLEGIOS?

Traemos aquí de nuevo la ponencia del entonces Secretario General de la Unión Internacional de Arquitectos (UIA), Jordi Farrando, en una de las mesas redondas del IV Congreso de Arquitectos de España celebrado en Valencia en 2009.
Consideramos en estos momentos la lectura de este documento, de especial interés para nuestro colectivo tanto de dirigentes como de "dirigidos".
Trata en el escrito, asuntos como los objetivos, las funciones y la evolución de estas organizaciones, aportando una interesante visión de como se afrontan esas situaciones en otros países.
Jordi Farrando plantea la duda de qué forma organizativa debieran adoptar las entidades profesionales de los Arquitectos y que terminan sintetizandose en una fórmula disyuntiva que parece invitarnos a optar entre una organización de tipo colegial y una organización de tipo asociativo.
Pese a tener una cierta lógica, esta dualidad conduce a menudo a reducir el problema, a la obligatoriedad o no de la adscripción de sus miembros. El Colegio correspondería a una organización de adscripción obligatoria para el ejercicio de la profesión mientras que la Asociación respondería a una fórmula organizativa cuyos miembros se adscribirían a ella con carácter voluntario. Detrás de esta dualidad simplificadora habría, sin embargo, una complejidad de matices que no tienen tanto que ver con la simple obligatoriedad de adscripción como con las múltiples funciones que las organizaciones profesionales ejercen y con el rol que desarrollan en nuestras sociedades.
Entiende Farrando, que en el momento de situar la cuestión en contexto, resulta más oportuno fijarse, de momento, en estos objetivos y en esas funciones que en la obligatoriedad o no de adscripción y que posteriormente sería posible volver a este aspecto con mayor precisión.

miércoles, 26 de junio de 2013

[319] LOS ARQUITECTOS MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID CONTRA LA LSP


EL COLECTIVO DE ARQUITECTOS MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID CAMCAM
MANIFIESTA
Su posicionamiento en contra de esta Ley de Servicios Profesionales porque, desde nuestro puesto de trabajo, hemos venido asistiendo como testigos directos al desarrollo local de los municipios, y consiguientemente podemos afirmar que:
■ La edificación es una actividad compleja sobre la que las autoridades, y el Gobierno de la Nación en particular, han vertido un sin fin de normas de obligado cumplimiento, a veces contradictorias.
■ Sólo desde la profesionalización y la especialización se puede llegar al grado de seguridad que la sociedad demanda y las autoridades tratan de garantizar mediante esas normas.
■ El nivel de desarrollo de la sociedad ha incluido la seguridad en el uso y la habitabilidad de las edificaciones dentro de esas normas de obligado cumplimiento y sólo desde el conocimiento del hombre, sus medidas, su cultura, su tradición y sus comportamientos sociales se pueden garantizar.
■ Tras la última modificación de las titulaciones universitarias, el único plan de estudios que incluye dichos conocimientos, unidos al resto de técnicas edificatorias, es el de ARQUITECTURA.
■ La liberalización y regulación por el mercado libre de una actividad como la edificación, o su control, a cualquier tipo de disciplina entra en contradicción con el propio hecho edificatorio, único, permanente, con un servicio de vida útil previsto por las normas de más de 50 años y, que en la práctica alcanza los 100, que el mercado, por su propia dinámica, no puede regular. 
■ No se puede reducir la exigencia de la edificación exclusivamente a la seguridad estructural durante 50 años. La sostenibilidad, la eficiencia, la economía y la historia no permiten la renovación completa de las edificaciones y, por tanto, de las ciudades, cada 50 años. 
■ LA ARQUITECTURA Y LA CIUDAD NO SON PRODUCTOS DE USAR Y TIRAR.
Por todas estas razones, y por otras de carácter histórico, artístico y humanístico puestos en evidencia por otros compañeros de profesión y que este manifiesto no entra a valorar dado que, al parecer, no son valorables en términos normativos, económicos y de mercado, los abajo firmantes firman el presente, dando traslado al COAM y al CSCAE con el objeto de que, como instituciones de representación de todos los arquitectos, lo hagan llegar a las Administraciones responsables de la tramitación de esta Ley.
En Madrid, a 20 de junio de 2013

sábado, 22 de junio de 2013

[318] GOL DEL EMPATE EN EL ÚLTIMO MINUTO. HABRÁ PRORROGA.

Viernes 21 de junio de 2013
Estimado/a compañero/a:
Tal y como esperábamos el Consejo de Ministros no ha aprobado hoy ningún texto en relación con la Ley de Colegios y Servicios Profesionales.
No obstante, se han producido algunos avances en el proceso interno de trabajo del Ejecutivo, que en el día de ayer transcendieron a los medios, y de los que no tenemos comunicación oficial.
En principio el Proyecto de Ley será desarrollado en su componente de colegios profesionales, por lo que no tendría interferencia con el actual régimen de atribuciones y responsabilidades establecido en la LOE.
Desde la Estructura Colegial, y desde este Consejo Superior, hemos desarrollado durante estos meses una intensa labor, para trasladar a los Responsables del Gobierno, la gravedad que tendría para la sociedad, un cambio normativo con la orientación recogida en los borradores hasta ahora conocidos.
De la información de la que se dispone en este momento, podría interpretarse que el ejecutivo del Estado está siendo sensible a la razón de nuestros argumentos.
En todo caso resulta imprescindible permanecer atentos, y perseverar para evitar que principios reguladores del tenor de los que se recogían en los documentos iniciales, puedan aparecer en el proceso de redactado y aprobación final de la Ley.
Los arquitectos de España, titulados y estudiantes, tenemos la obligación de contribuir a la protección de derechos fundamentales de los ciudadanos, entre los que se encuentran, un adecuado sistema público de garantías y la puesta en valor del carácter de interés público de la Arquitectura.
Debemos, además, hacer participe a la sociedad, de la contribución de nuestra profesión a la seguridad y a la calidad de vida. Al tiempo que debemos reivindicar el ejercicio de nuestra actividad profesional en condiciones de dignidad y reconocimiento de su utilidad social.
Por todo lo anterior te invito a seguir participando en las acciones de información y sensibilización, y en especial en las previstas para el próximo día 28, a las 12:00 horas, en distintos puntos del territorio español, de las que se harán publicas próximamente las convocatorias.
Recibe un fuerte abrazo,
Jordi Ludevid i Anglada
Presidente del CSCAE

miércoles, 19 de junio de 2013

[317] ¿LA INSEGURIDAD URBANA, ES TEMA DE LA ARQUITECTURA?

¿Es posible aportar desde otra mirada disciplinar a un problema tan complejo y urgente? ¿Un buen espacio público puede inducir comportamientos sociales y hacer más segura una ciudad? Algunos sostienen que reparar rápido las “ventanas rotas” y volver a pensar la calle son la mejor política preventiva.
En 1969 Philip Zimbardo, profesor de la Universidad de Stanford, realizo un experimento en el marco de sus investigaciones sobre psicología social. Estacionó un automóvil sin patente con el capot levantado en una calle del descuidado Bronx de Nueva York; y otro similar en una calle del rico barrio de Palo Alto, California. El automóvil del Bronx fue atacado en menos de diez minutos. Su aparente estado de abandono habilitó el saqueo. El automóvil de Palo Alto no fue tocado por más de una semana. Luego Zimbardo dio un paso más, rompió una ventana con un martillo. De inmediato los transeúntes comenzaron a llevarse cosas. En pocas horas, el auto había sido totalmente deteriorado. En ambos casos muchos de los saqueadores no parecían ser gente peligrosa. La experiencia, que derribó más de un prejuicio, habilitó que los profesores de Harvard George Kelling y James Wilson desarrollaran en 1982 la Teoría de las Ventanas Rotas: “Si una ventana rota se deja sin reparar, la gente sacará la conclusión que a nadie le importa y que el lugar no tiene quien lo cuide. Pronto se romperán más ventanas, y la sensación de descontrol se contagiará del edificio a la calle, enviando la señal de que todo vale y que allí no hay autoridad”.../...
Martín Marcos. Arquitecto y urbanista.
Profesor Titular FADU UBA.
Para ArquiNoticias / ArquiCiudad
Marzo, 2013

martes, 18 de junio de 2013

[316] V ENCUENTRO DE ARQUITECTOS MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Tema: LA SITUACIÓN LABORAL DEL ARQUITECTO MUNICIPAL EN LA ADMINISTRACIÓN
Lugar: Sede del COAM. C/ Hortaleza nº 63. Madrid 28004. Sala de Formación
Fecha: Jueves, 20 de junio de 2012, 17:00
Organiza: Colectivo de Arquitectos Municipales de la Comunidad de Madrid. CAMCAM
Colabora: COAM

domingo, 16 de junio de 2013

[315] ARQUITECTURAS ROTAS

“Arquitecto español de mediana edad. A punto de cerrar su estudio.”
“Arquitecto español. Treinta y tantos años. En paro.”
“Estudiante de arquitectura español. Probablemente nunca ejercerá como tal y lo sabe.”

Los primeros, con seis años de carrera universitaria conforme al Plan de 1975 más Proyecto Final de Carrera. Los más jóvenes, según la evolución de los Planes de Estudio con el complejo panorama de grados y masters de Bolonia, consensuados tras largos períodos de diálogo entre Administraciones, Universidades, Colectivos Profesionales, para establecer la cualificación expresa de los títulos habilitantes. La cuota de paro global alcanza el 70%. 
En cualquiera de los tres casos consta entre la formación académica acreditada, una ingente carga de asignaturas troncales como la de PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS, columna vertebral de una programa docente cargado de contenidos que desgranan, materia por materia, LO QUE ES el hecho arquitectónico, concepto que hoy en España parece que sólo puede ser entendido y valorado por los propios portadores de su importancia.
El panorama pre-Ley de Servicios Profesionales dispone tabla rasa que, incongruentemente, equipararía las competencias entre profesiones distintas si analizamos sus Planes de Estudios vigentes, perfectamente identificados en su individualidad por el mismo Gobierno que pretende fusionar sus campos de actividad. Esto choca frontalmente con la trayectoria normativa y jurisprudencial sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales. (Ley 12/ 1986 sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos, Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación, DIRECTIVA 2005/36/CE).
En el borrador LCSP no se alcanza a distinguir aclaraciones precisas en determinadas materias de Interés Público: Patrimonio histórico, Edificado y Paisajístico; Urbanismo, Planificación de ciudades. Entornos sensibles, Imagen Urbana. Quién podrá intervenir con garantías de conocimiento adecuados. Recordemos la Directiva 85/384/CEE de la Unión Europea: "la creación arquitectónica, la calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto de los paisajes naturales y urbanos, así como del patrimonio colectivo y privado, revisten un interés público". 
Los conceptos “memoria” y “patrimonio” dependen de cada sociedad, de cada época. “La ciencia que la humanidad tiene en un momento dado depende de lo que es la humanidad en ese momento” (G. Simmel, 1858-1918). Esto queda recogido igualmente en la CARTA DE CRACOVIA (2000), sobre la cual se dictó: “Esas partes de los edificios, de los espacios urbanos pueden ser portadoras de unos valores que, aunque a nosotros no nos lo parezca, podrían ponerse en evidencia en un futuro” (G. Cristinelli). Triste época la actual, en la cual no sólo hemos perdido individualmente, sino colectivamente como país al no parecer ser capaces de mantener y postergar el valor de la memoria y conocimientos heredados. Valorar sin conocer es imposible, y tampoco respetar, ni tomar decisiones adecuadas que requieren conocimientos en Historia, Teoría de la Arquitectura, Composición Arquitectónica, etc
El conocimiento y el estudio es lo que otorga razón de ser a las decisiones. Así es como nos han educado en Arquitectura, Y AHORA ESTO SE ROMPE por quienes, paradójicamente, no han tenido acceso a estos conocimientos. “La ciencia daña tanto a los que no saben servirse de ella, cuanto es útil a los demás” (Anaxágoras, 500AC-428AC).
Pedir rigor es lo que nos queda, A LOS QUE NO ASPIRAMOS MÁS QUE A EJERCER DE LO QUE SOMOS, según la trayectoria normativa y formativa marcada por quien ahora nos niega esta proyección. Es una estafa lo que puede provocarse desde los órganos de poder, hacia las generaciones de arquitectos en pérdida, y hacia los ciudadanos de este país. Estafa o engaño añadido a la crisis que ya sufrimos.
Insisto. Pedir RIGOR es lo que nos queda. A la Administración en sus decisiones. Y a la cúpula de nuestras estructuras colegiales, porque la unidad necesaria en estos momentos no es óbice para dejar de exigir capacidad de trabajo, esfuerzo, agilidad, transparencia y sobre todo, conciencia de la realidad actual de quienes ven rota la Arquitectura, rota su situación profesional como arquitectos, y nunca han estado instalados en sillones de liderazgo que no deben convertirse cómodos bajo ningún concepto.
Miriam Dabrio Soldán, arquitecto
Vocal de la UAAAP por el COA de Huelva
Junio 2013

viernes, 14 de junio de 2013

[314] ACUERDOS APROBADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL CSCAE CELEBRADA EL 7 DE JUNIO DE 2013 SOBRE LA LSP

La Asamblea General de la profesión asume plena e íntegramente la DECLARACIÓN POR LA ARQUITECTURA ESPAÑOLA hecha pública por el Pleno de Consejeros y los Colegios de Arquitectos y a la que se han adherido Escuelas Universitarias de Arquitectura, Sindicato de Arquitectos, Asociaciones de Arquitectos y otras Entidades y Colectivos.
La Declaración expresa su oposición al borrador de Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales conocido, según el cual, para el ejercicio de la Arquitectura en España no haría falta ser arquitecto.
La Asamblea General de la Profesión reivindica ante la Sociedad Española la FUNCIÓN SOCIAL y el INTERÉS PÚBLICO de la Arquitectura y expresa su compromiso irrenunciable de defender ante la sociedad española y los ciudadanos dichos valores. En este sentido, la Asamblea General EXIGE QUE CUALQUIER REGULACIÓN NORMATIVA QUE AFECTE AL ÁMBITO DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ARQUITECTURA, DEBERÁ AJUSTARSE AL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES DE LA DIRECTIVA 2005/36/CE DE LA UNIÓN EUROPEA, RELATIVA AL RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES.
La Asamblea General del Consejo Superior, insta a sus órganos de gobierno a la defensa de los principios fundamentales de la Arquitectura y del Sistema de Protección del Interés Público, que se recogen esencialmente en la Ley de Ordenación de la Edificación, en cuanto a los objetivos de calidad, seguridad y responsabilidad..
Esta Ley refleja el acuerdo suscrito el 14 de enero de 1999, a petición del Gobierno de la Nación, por todas las profesiones técnicas en ella contempladas.
Para ello, los órganos de gobierno del Consejo Superior utilizarán todos los medios a su alcance y contarán con el apoyo y colaboración de toda la Estructura Colegial representada en esta Asamblea desde los principios de unidad del conjunto de la profesión y su organización colegial.
Se insta al Presidente del Consejo Superior a convocar una reunión urgente del Consejo de Arquitectos de Europa y a provocar el desplazamiento del Presidente y el Secretario de la Unión Internacional de Arquitectos a Madrid, antes de que finalice el mes de junio de 2013, con objeto de hacer una declaración pública conjunta sobre la Ley de Colegios y Servicios Profesionales.
Instar al Consejo Superior a convocar una reunión de los tesoreros de los Colegios de Arquitectos antes del 15 de junio de 2013, para la revisión del presupuesto del ejercicio 2014 optimizando los gastos referentes a la Ley de Colegios y Servicios Profesionales.
La Asamblea General del Consejo Superior, manifiesta su firme convicción de que la colegiación obligatoria para el ejercicio profesional de la Arquitectura, es el único instrumento que puede garantizar con eficacia la seguridad de las personas y los bienes; así como la adecuada calidad del servicio profesional, todo ello en razón al interés general de la Arquitectura y en beneficio de los destinatarios de sus servicios profesionales.
A tal fin, la Asamblea General del Consejo Superior, insta a sus órganos de gobierno para que, en las actuaciones que lleven a cabo ante los poderes públicos en relación con la redacción y tramitación de la Ley de Colegios y Servicios Profesionales, defiendan el mantenimiento pleno de la colegiación obligatoria para el ejercicio profesional de la Arquitectura.
La Asamblea General insta al Pleno de Consejeros a continuar constituyendo y coordinando grupos de interlocución con las Administraciones Públicas, que deberán responder a razones de oportunidad y eficacia y cuya tarea deberá coordinarse y ejercerse de modo colegiado, en orden a la defensa de la Arquitectura y los arquitectos, bajo los parámetros expresados en el acuerdo anterior, tanto en la aprobación como en la posterior tramitación parlamentaria del anunciado proyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales.
La estrategia corporativa de la profesión, en dichas interlocuciones y diálogos, ha de ser única, y dirigida por el Pleno de Consejeros.
Los órganos componentes de la estructura colegial coordinarán todas sus actuaciones con dicha estrategia unitaria.
Fuente: CSCAE

jueves, 6 de junio de 2013

[313] LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES FRENTE A LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL PATRIMONIO CONSTRUIDO

"La formación y la educación en cuestiones de patrimonio cultural exigen la participación social y la integración dentro de sistemas de educación nacionales en todos los niveles. La complejidad de un proyecto de restauración, o de cualquier otra intervención de conservación que supone aspectos históricos, técnicos, culturales y económicos requiere el nombramiento de un responsable bien formado y competente.
La educación de los conservadores debe ser interdisciplinar e incluir un estudio preciso de la historia de la arquitectura, la teoría y las técnicas de conservación. Esto debería asegurar la cualificación necesaria para resolver problemas de investigación, para llevar a cabo las intervenciones de conservación y restauración de una manera profesional y responsable.
Los profesionales y técnicos en la disciplina de conservación deben conocer las metodologías adecuadas y las técnicas necesarias y ser conscientes del debate actual sobre teorías y políticas de conservación.
La calidad de los oficios y el trabajo técnico durante los proyectos de restauración debe también ser reforzada con una mejor formación profesional de los operarios involucrados."
CARTA DE CRACOVIA 2000. PRINCIPIOS PARA LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL PATRIMONIO CONSTRUIDO.