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miércoles, 16 de noviembre de 2016

[475] TRES ESTUDIOS DE ARQUITECTURA ESPAÑOLES BRILLAN EN EL XXV PREMIO OBRAS CEMEX

■El edificio Oak House School de Trasbordo Arquitectura gana el Premio Internacional de Edificación Sostenible 
■‘La casa interior’ de Vicens+Ramos, Segundo Premio de Vivienda Residencial 
■El arquitecto español Fernando Menis gana el Premio Internacional de Accesibilidad Universal por el Centro Cultural y de Congresos Jordanki de Polonia 
Madrid, 14 de noviembre de 2016. La arquitectura española ha triunfado en la XXV Edición de los Premios Obras CEMEX –celebrada anoche en Ciudad de México– gracias al edificio Oak House School (Barcelona) de Trasbordo Arquitectura que ha sido galardonado con el Premio Internacional de Edificación Sostenible y el Tercer Premio Internacional a Mejor Edificación, así como ‘La casa Interior’ de Vicens+Ramos (Madrid) distinguida con el Segundo Premio Internacional de Vivienda Residencial. Además, el arquitecto Fernando Menis ha obtenido el Premio Internacional de Accesibilidad Universal por su centro cultural y de congresos Jordanki ubicado en Polonia. 
El edificio Oak House School es una obra pionera en España que ha conseguido situarse a la cabeza de la innovación con la incorporación de importantes y eficaces medidas en materia de sostenibilidad gracias a la revolucionaria tecnología Insularis® de aislamiento térmico CEMEX, que ha permitido desarrollar un hormigón blanco, ligero, estructural y de baja conductividad térmica, que permite, junto a otros materiales empleados, hacer uso de energía geotérmica para la climatización del edificio.
Por otro lado, ‘La casa interior’ de los arquitectos Vicens+Ramos es una vivienda unifamiliar situada en Madrid que ha hecho uso del hormigón autocompactante blanco CEMEX tanto en sus cerramientos como en los elementos que configuran los espacios exteriores. Una de las particularidades de la obra es que se diseñó con dos tipos diferentes de acabados en el hormigón visto que le aporta personalidad y plasticidad, uno abujardado fino y otro texturado con un encofrado con imitación a cañizo.
Además, el arquitecto español Fernando Menis ha obtenido el Premio Internacional de Accesibilidad Universal gracias al centro cultural y de congresos Jordanki, un edificio que combina hormigón muy claro en el exterior con ladrillo en el interior y que conseguido convertirse, por mérito propio, en emblema y carta de presentación cultural de la pequeña ciudad polaca de Torun. 
Premio Obras CEMEX
El Premio Obras CEMEX Internacional, que este año celebra su XXV edición, reconoce las mejores obras contemporáneas de la arquitectura y construcción en hormigón realizadas durante el año precedente a la convocatoria del certamen en todo el mundo. Se trata de rendir un homenaje a un material de construcción estrella en la arquitectura e ingeniería moderna y a aquellos arquitectos e ingenieros que lo han sabido utilizar y amoldar a las necesidades de la sociedad y del entorno. Las diferentes categorias del premio permiten cubrir el más amplio espectro de obras de edificación e infraestructura, que van desde la edificación sostenible, la vivienda unifamiliar, la industrial, comercial o educativa hasta las infraestructuras de todo tipo.
CEMEX también hace un reconocimiento muy especial a la trayectoria profesional y personal de un arquitecto o ingeniero, cuyas aportaciones al mundo de la construcción han sido valiosas y dejan un aprendizaje a la sociedad. En esta edición, el Premio a la Vida y Obra "Lorenzo H. Zambrano" ha sido otorgado al ingeniero civil, estructurista y ambiental inglés, Peter Head por su pionera visión y sus esfuerzos e importantes logros en materia de desarrollo urbano sostenible.
Para más información: 
Teresa Busqué
teresa.busquem@cemex.com
Dpto. de Comunicación
CEMEX España Operaciones
91 377 93 04
www.arquitecturablanca.com
www.cemex.es

miércoles, 28 de septiembre de 2016

[467] ENCUESTA SOBRE APLICACIÓN DE LA NORMATIVA DE ACCESIBILIDAD EN LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN EL INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO

En la Fundación ONCE con el apoyo del Real Patronato sobre Discapacidad, están realizando un amplio estudio referente a diferentes cuestiones relacionadas con la accesibilidad universal. En uno de sus apartados, abordan la rehabilitación de viviendas a través de instrumentos como el Informe de Evaluación del Edificio.
En el interés de conocer las opiniones de los diferentes agentes que intervienen en dicha rehabilitación agradecerían el cumplimiento de los siguientes cuestionarios según los siguientes perfiles:

martes, 10 de mayo de 2016

[458] ASEPAU. PROFESIONALES DE LA ACCESIBILIDAD

Nos complace presentaros una reciente publicación de ASEPAU con nuevo diseño y mejor contenido. La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PROFESIONALES DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL - ASEPAU es una asociación de consultores y profesionales, especialistas en el análisis y asesoría, el diseño, la planificación, la gestión y la ejecución de la Accesibilidad Universal y el Diseño Para Todos en sus diferentes ámbitos de incidencia. 
Son una asociación de PROFESIONALES, es decir, no de un grupo de amigos, ni aficionados, ni empresas… sino de personas físicas: hombres y mujeres, que profesionalmente se dedican a la ACCESIBILIDAD UNIVERSAL Y EL DISEÑO PARA TODAS LAS PERSONAS. Esto significa que aquí tienen cabida profesionales jóvenes noveles y profesionales con una larga trayectoria y currículum. Autónomos y trabajadores por cuenta ajena. Con un perfil más técnico o social, más empresarial o docente, con estudios o con experiencia,… lo que nos une es que dedicamos la mayoría de nuestro tiempo e ilusión al mundo de la ACCESIBILIDAD UNIVERSAL Y EL DISEÑO PARA TODAS LAS PERSONAS.
Siguiendo los principios fundacionales de la asociación constituye su objetivo último la mejora de la calidad de vida de todas las personas, en particular de aquellas en situación de discapacidad y/o dependencia. Para contribuir a ello, es voluntad y objetivo prioritario de la asociación difundir y participar activamente en:
■El fomento, estudio y conocimiento de la Accesibilidad Universal y el Diseño para Todos, así como el desarrollo de la investigación en estos ámbitos.
■La sensibilización de la sociedad española en la importancia de la Igualdad de Oportunidades a través de la Accesibilidad Universal y el Diseño para Todos.
■La apuesta por el diseño, la construcción y fabricación de bienes, productos y servicios que cumplan con los criterios de Accesibilidad Universal y el Diseño para Todos

miércoles, 13 de abril de 2016

[456] COMPARATIVA SOBRE NORMATIVA DE ACCESIBILIDAD EN URBANISMO Y EDIFICACIÓN EN ESPAÑA

Felicitamos desde blogdelaunion al autor de esta publicación que nos da pie para hacer las siguientes reflexiones: 
-¿Cual será la norma de accesibilidad perfecta?
-¿Por que la accesibilidad en urbanismo y edificación varía tanto según donde se aplica?
-¿Quien se beneficia de no unificar criterios de accesibilidad?
.../...La normativa de accesibilidad en España cuenta con un largo recorrido legislativo y con una gran cantidad de desarrollo, tanto a nivel estatal como autonómico. Se trata, en general, de legislación de alta calidad con conceptos innovadores y con un marco y objetivos ambiciosos. Si bien es cierto que el grado de cumplimiento no es el que fuera deseable, de un tiempo a esta parte se están haciendo por parte de administraciones y colectivos grandes esfuerzos por mejorar no solo el cumplimiento de esta normativa, sino también por concienciar a la sociedad de que la accesibilidad es un bien que deben poseer los entornos, bienes, productos y servicios y que sirven para todas las personas.
En este libro comparativo el autor Antonio Espínola, que es Arquitecto Técnico e Ingeniero de la Edificación y actualmente doctorando bajo el título ‘Análisis normativo y prospectivo de la gestión de los Recursos Humanos en la ergonomía y la accesibilidad de las personas con discapacidad en las organizaciones’, realiza un análisis de toda la normativa vigente en materia de accesibilidad tanto a nivel nacional como a nivel autonómico, llegando al detalle provincial en los casos de la existencia de la normativa.
Se trata, pues, de un estudio muy necesario ya que es una herramienta para analizar las diferencias entre los territorios y para actualizar normas entre un lugar y otro.
El exhaustivo análisis de la normativa vigente que realiza el investigador Antonio Espínola en esta publicación, hace que realicemos un recorrido por los principales parámetros de accesibilidad marcados en la normativa, tanto en el urbanismo como en la edificación, entornos ambos en los que influyen las diferentes normativas.
En este punto es necesario destacar que la aplicación de estas normativas debe ser una prioridad en las políticas tanto municipales como autonómicas, ya que la aplicación aislada de las mismas no soluciona los problemas de falta de accesibilidad y es necesario actuar desde un punto de vista global generando en nuestras ciudades recorridos completos accesibles y que los servicios públicos también posean unos grados aceptables de accesibilidad, de modo que se puedan ir consiguiendo y potenciando una mayor autonomía personal de las personas con discapacidad.../...

martes, 22 de diciembre de 2015

[438] ADECUACIÓN EFECTIVA DE LAS CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS EXISTENTES


La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento acaba de publicar en la web del CTE el documento de apoyo DA DB-SUA/2 Adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes. Aunque en principio dicho documento iba a definir los “Ajustes Razonables“ a los que se refiere la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión Social (LGDPD) y su mandato de adecuar los edificios existentes antes del 4 de diciembre de 2017, finalmente el MFOM ha decidido desvincularlo de dicha Ley por entender que su desarrollo no corresponde a ese Ministerio, con lo que el documento ha pasado a estar vinculado únicamente al CTE DB-SUA y a establecer criterios de flexibilidad y márgenes de tolerancia a la hora de adecuar los edificios existentes a las condiciones de accesibilidad del DB-SUA.
No obstante cabe subrayar que, aunque en su redacción final el DA no dice que los criterios de flexibilidad y márgenes de tolerancia que establece sean los "ajustes razonables" a los que se refiere la LGDPD, tampoco dice que no lo puedan ser, por lo que, en ausencia de otra definición de los mismos, nada impide considerarlos como tal.

martes, 16 de diciembre de 2014

[407] JORNADAS TÉCNICAS ACCESIBILIDAD VIA STREAMING

Jornada Técnica Accesibilidad: Acción a 360º
En el momento actual es importante revitalizar las políticas municipales en accesibilidad, condicionadas por la crisis durante los últimos años. No sólo se trata de atender al cumplimiento de las exigencias legales en la materia sino también de tomar conciencia de que la accesibilidad afecta a todas las personas que en su ciclo de vida pasan por diferentes situaciones.
Con esta idea, la FEMP y la Fundación ACS han organizado la Jornada Acción 360º, dirigida a todos los actores implicados en la materia. El evento se celebrará en la sede de la Federación.
Organizan:
FEMP y Fundación ACS
Información:
Area de Movilidad y Territorio de la FEMP
Telèfono: 91 364 37 00
Mail: myt@femp.es
Lugar:
Madrid, 17 y 18 de diciembre de 2014

jueves, 3 de abril de 2014

[389] LA ACCESIBILIDAD POR ENCIMA DE TODO

Video

domingo, 2 de febrero de 2014

[378] REDISEÑEMOS LAS CALLES HACIA EL URBANISMO DEL SIGLO XXI

Interesantisimo video sobre una experiencia totalmente exportable a nuestras ciudades y que demuestra que con pocos recursos y mucha imaginación podemos generar nuevos hábitos de conducta que redunden en el beneficio de nuestro entorno.
"El trabajo de Comisaria de Transporte no es solo señales de «pare» y semáforos", explica Janette Sadik-Khan, quien fue designada para ese papel en la ciudad de Nueva York en 2007. En esta charla divertida y sugerente, detalla la idea detrás de unas iniciativas exitosas para cambiar la forma de vida en las calles de los 5 condados, incluyendo la adición de zonas peatonales en Times Square y la llegada de Citi Bikes. 

lunes, 19 de agosto de 2013

[328] ACCESIBILIDAD EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS


Esta publicación es un reflejo de los avances y debates que se van produciendo en la búsqueda de la accesibilidad universal en los espacios públicos urbanizados. Esos avances no son lineales ni continuos, pero a lo largo de los años crean un corpus de conocimiento que se va difundiendo y aplicando de manera creciente en las ciudades.La accesibilidad interesa de forma creciente en todo el mundo por motivos cada vez más amplios e interdependientes.

Por ello la publicación de la Orden del Ministerio de Vivienda VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados es un avance considerable para delimitar las condiciones técnicas y establecer un estándar mínimo para todos.
El plan de este libro parte de la citada Orden Ministerial para analizar distintos aspectos de su aplicación. Para aproximarnos a la realidad normativa y técnica en que esta Orden se inserta, el libro se ha dividido en tres bloques.
El primero analiza los criterios de accesibilidad dispersos entre distintas normas legales y técnicas preexistentes, tanto de tipo nacional como internacional, reflexionando sobre lo que han aportado desde su aprobación, las diferencias a unificar y con qué criterios hacerlo. Este es el objetivo de esa primera parte del libro, denominada CONTEXTO NORMATIVO.
En un segundo bloque se abordan más específicamente, algunos de los CONTENIDOS DE LA ORDEN MINISTERIAL.
El tercer y último bloque recoge REFLEXIONES Y CRITERIOS en torno a la accesibilidad en la ciudad. 

viernes, 17 de febrero de 2012

[206] MANUAL DE ACCESIBILIDAD PARA TÉCNICOS MUNICIPALES

El Manual de Accesibilidad para Técnicos Municipales no es un manual más a añadir a una larga lista de publicaciones que sobre el tema de la accesibilidad universal están proliferando. El documento que aquí se presenta no tiene vocación de ser “más de lo mismo”, sino de aportar un valor añadido y elementos de innovación que justifiquen la aparición de esta obra. 
Como es sabido, el marco jurídico regulador vigente en España en materia de accesibilidad universal es amplio, prolijo y diverso. Las diferentes Administraciones Públicas vienen dotándose desde hace más de tres décadas de normas reguladoras en este tema, de ahí que a menudo no resulte fácil saber a ciencia cierta qué norma es la que se ha de aplicar en cada caso y cómo han de solventarse las posibles discrepancias entre unas y otras. Tan inconveniente es la escasez como el exceso. Lo que se acaba de expresar no es, en modo alguno, crítica sino la constatación de una realidad a la que han de hacer frente los técnicos que llevan a cabo planes, proyectos, estudios o auditorías de índole diversa en materia de accesibilidad universal.
A la vista de este panorama, la Fundación ONCE y la Fundación ACS consideraron oportuno poner a punto una herramienta que resultara de utilidad para los técnicos y profesionales de los Municipios, y por extensión a todos los técnicos que trabajan en accesibilidad universal. Y de ahí surgió la idea de realizar este manual. Dicho con brevedad: se trataba de redactar un manual o guía de accesibilidad que fuese presentando de forma organizada y sistemática los conceptos básicos, las directrices, criterios y especificaciones de diseño que conviene tener en cuenta al desempeñar los trabajos técnicos en el área de la accesibilidad universal.
Como se refleja a lo largo del documento, éste plantea todo este conjunto de orientaciones en base a la experiencia, sin adaptarse estrictamente a los parámetros del marco normativo vigente. Así pues, de lo que se trata es de proporcionar criterios básicos de actuación con independencia del entramado del marco jurídico regulador, que —como es natural— habrá de ser respetado.
El Manual de Accesibilidad para Técnicos Municipales consta de dos grandes bloques: el primero dedicado a Entorno Edificado y el segundo a Entorno Urbano. Como es natural, no se trata de compartimentos estancos, sino que existen mutuas interacciones. Se ha procurado evitar redundancias, para lo que se hacen remisiones de una a otra parte, a fin de proporcionar información de detalle sin incurrir en duplicidades, que tanto pueden llegar a desgastar al lector. [PUBLICIDAD PATROCINADA]
(El archivo ocupa más de 36 Mb por lo que tardará un poco en descargarse.)


martes, 30 de agosto de 2011

[152] ACCESIBILIDAD EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS


Esta publicación es un reflejo de los avances y debates que se van produciendo en la búsqueda de la accesibilidad universal en los espacios públicos urbanizados. Esos avances no son lineales ni continuos, pero a lo largo de los años crean un corpus de conocimiento que se va difundiendo y aplicando de manera creciente en las ciudades.La accesibilidad interesa de forma creciente en todo el mundo por motivos cada vez más amplios e interdependientes.
Por ello la publicación de la Orden del Ministerio de Vivienda VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados es un avance considerable para delimitar las condiciones técnicas y establecer un estándar mínimo para todos.
El plan de este libro parte de la citada Orden Ministerial para analizar distintos aspectos de su aplicación. Para aproximarnos a la realidad normativa y técnica en que esta Orden se inserta, el libro se ha dividido en tres bloques.
El primero analiza los criterios de accesibilidad dispersos entre distintas normas legales y técnicas preexistentes, tanto de tipo nacional como internacional, reflexionando sobre lo que han aportado desde su aprobación, las diferencias a unificar y con qué criterios hacerlo. Este es el objetivo de esa primera parte del libro, denominada CONTEXTO NORMATIVO.
En un segundo bloque se abordan más específicamente, algunos de los CONTENIDOS DE LA ORDEN MINISTERIAL.
El tercer y último bloque recoge REFLEXIONES Y CRITERIOS en torno a la accesibilidad en la ciudad. 

martes, 30 de noviembre de 2010

[102] BICICLETAS Y ACERAS

El Tribunal Supremo avala la ordenanza de Sevilla que permite a las bicis ir por zonas peatonales
El Tribunal Supremo ha declarado conforme a derecho la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas de Sevilla que permite a las bicicletas circular por zonas peatonales y aceras, al estimar el recurso de casación del Consistorio contra la sentencia del TSJA que anuló varios artículos relacionados con ello.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha anulado la sentencia de final de 2008 de esa Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que estimó parcialmente el recurso de una empresa y declaró nulos cuatro artículos íntegros de la ordenanza, parte de otros dos y el apartado del anexo que define los "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales".
En su fallo, al que ha tenido acceso Efe, el Supremo indica que "procede casar la sentencia impugnada y declarar ajustado a derecho" el acuerdo del Pleno municipal de Sevilla que el 21 de septiembre de 2007 aprobó esa ordenanza.
Para ello, entiende que los preceptos anulados por el TSJA no infringen la Ley de Tráfico ni el Reglamento General de Circulación.
El TSJA había anulado los artículos y la parte del anexo sobre "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales" que permiten a los ciclistas, "respetando en todo caso la prioridad" del peatón, circular por zonas peatonales y "zonas de tránsito compartido" entre éstos y las bicis; circular excepcionalmente en sentido contrario; y que puedan amarrarlas a árboles o elementos del mobiliario urbano.
En este último caso, la ordenanza municipal de Sevilla lo permite cuando no haya aparcamientos específicos para bicicletas en un radio de 50 metros o estén todas las plazas ocupadas, y "siempre que con ello no se perjudique la salud del árbol, no se impida su perfecta visibilidad" ni se "entorpezca el tránsito de vehículos o peatones".
Ante los motivos de casación que adujo el Ayuntamiento, relativos a las características propias de las Ordenanzas locales respecto del resto de normas de rango reglamentario, y sus competencias y la autonomía local reconocida en materia de ordenación del tráfico, el TS comparte el criterio expresado en el fallo del TSJA de que la competencia municipal depende de la Ley de Tráfico y su reglamento.
Sin embargo, al anular varios artículos de la ordenanza y la parte de su anexo sobre "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales" por considerar que éstos "contradicen" la definición de zona peatonal que recoge dicha ley, el Supremo argumenta que la sentencia del TSJA parte de una premisa "errónea".
Así, el TS sostiene que "esta disposición" se adopta "en atención a los cambios que se han producido en la ciudad en materia de movilidad con la ejecución de las vías ciclistas" y "tuvo por finalidad evitar las posibles fricciones que pudieran producirse entre usuarios de los carriles bici y peatones, delimitando así los derechos y obligaciones de ambos".
Considera que, de esta forma, "al acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes eran del exclusivo uso de los peatones, para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas, no se conculcó con esta delimitación la zona peatonal".
El Supremo añade que "aunque (la zona peatonal) pueda quedar un poco reducida, en modo alguno significa que se deba compartir el paso de los peatones y el de los ciclistas, ya que para ello se establece en los artículos anulados una zona específica para el carril-bici, que, por ello, necesariamente deja de ser peatonal". EFE