jueves, 22 de diciembre de 2022

[646] El árbol de la Navidad es el que renace


 

jueves, 15 de diciembre de 2022

[645] Tramite de audiencia e información pública para la modificación del texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana

Tramite de audiencia e información pública del Anteproyecto de ley por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Fecha cierre de aportaciones: Lunes, 9 de enero 2023

lunes, 12 de diciembre de 2022

[644] Microencuesta en twitter. El problema de la vivienda en España




lunes, 5 de diciembre de 2022

[643] Las 100 cuentas más influyentes en twitter de los arquitectos de España (Diciembre 2022)

Relación de las cuentas más influyentes en Twitter de los Arquitectos de España, basada en el algoritmo de influencia en Twitter. Se incluyen todas las cuentas relacionadas con la profesión como usuarios personales que son arquitectos, estudios de arquitectura, microblogs del sector y Colegios de Arquitectos entre otros muchos.










miércoles, 9 de noviembre de 2022

[642] ¿Cuánto le cuesta a un arquitecto trabajar para las administraciones públicas de España?


A menudo en muchas Administraciones Públicas de España surge la duda sobre que precio de licitación establecer a la hora de contratar los servicios de un arquitecto. El desconocimiento de los costes que esos servicios acarrean, suponen en muchas ocasiones una dificultad añadida a la hora de resolver esa duda.
Por ello es de agradecer la iniciativa del CACOA al presentar una Aplicación gratuita de Costes en Andalucía de producción de Servicios de Arquitectura para la Administración.
El WEBINAR de esta presentación se realizará el próximo 22 de Noviembre a las 11,00 h. y tendrá prevista una hora de duración.
Desde el CACOA te invitan a asistir y a probar la herramienta. Para ello deberás estar registrado como usuario en la WEB.
En caso de no ser colegiado en alguno de los colegios de Arquitectos de Andalucía deberás rellenar el cuestionario adjunto y se te enviará por correo electrónico un usuario y una clave para poder acceder.

viernes, 30 de septiembre de 2022

[641] Presentación de oferta formativa para arquitectos que quieran acceder a la Administración Pública

La Escuela de Opositores forma parte del Instituto de Formación Continua del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid. Desde 2015, ofrece una preparación de calidad para todos aquellos compañeros y compañeras que deseen incorporarse a la Función Pública. En estos más de siete años, han formado a más de mil alumnos en las distintas preparaciones que se ofertan con resultados notables en sus procesos selectivos.
Con motivo de la Semana de la Arquitectura 2022, tendrá lugar una Jornada el próximo día 3 de Octubre de 2022 en horario de 17:00 a 18:30 donde explicaran todos los detalles sobre sus preparaciones en marcha y la nueva oferta formativa para este curso 2022-2023. 
Se hará especial hincapié en las preparaciones para Arquitectos/as de la Hacienda Pública, proceso selectivo que dispone este año de la mayor oferta de empleo con más de 99 plazas de turno libre. Si estás interesado/a en participar o conoces a quien pudiera interesarle te informamos que se podrá participar tanto de manera presencial como por streaming.
Inscríbete pulsando en este enlace antes del día 3 de octubre a las 12:00.

jueves, 18 de agosto de 2022

[640] Arquitectos de la Hacienda Pública. ¿Te interesa colaborar como profesor?

La Administración General del Estado oferta regularmente, a través del Ministerio de Hacienda y Función Pública, plazas para incorporar arquitectos en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. En los últimos años se ha publicado un número muy significativo de plazas de Arquitectos de la Hacienda Pública, lo que corresponde a la mayor oferta de acceso hasta la fecha. Por eso, el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM), a través de su Instituto de Formación Continua (IFC), busca formadores que les ayuden a reforzar su oferta formativa para aquellos que quieran acceder a estas plazas.
La Oferta de Empleo Público ha aprobado la mayor oferta de acceso a la función pública ofertada hasta ahora para el Cuerpo de Arquitectos de Hacienda. Se trata de 49 plazas de libre acceso, más 3 reservadas a personas con discapacidad y 6 de promoción interna. Para conseguir una de ellas, es importante que los arquitectos interesados tengan acceso a una formación de máxima calidad y cuenten con los recursos y las instalaciones necesarias.
El IFC COAM lleva más de una década ofreciendo formación específica tanto para sus colegiados como para cualquier arquitecto, profesional vinculado al sector o estudiante que quiera ampliar sus conocimientos o especializar su perfil profesional. Entre su oferta formativa, se encuentra la Escuela de Opositores (EOP), espacio centrado en la formación continuada de arquitectos y arquitectas que quieran hacerse con una plaza en la Administración Pública, entre los que está la Hacienda Pública, categoría que buscan reforzar ante la alta demanda.
¿Te interesa colaborar como profesor? Si es así, puedes contactar con ellos en: escuela.opositores@coam.org

viernes, 29 de julio de 2022

[639] Colegios de Arquitectos o Colegios de la Arquitectura

 

miércoles, 22 de junio de 2022

[638] Iniciativas de Corporaciones Colegiales de Arquitectos para facilitar el urbanismo a los municipios

La competencia bicefálica que la legislación vigente en España otorga al urbanismo, por un lado municipal artículo 25.2.a) de la Ley de Bases y por otra autonómica artículo 148 de la Constitución, hace que en muchas ocasiones aparezcan lagunas de interpretación sobre cuestiones urbanísticas entre el legislador autonómico y el municipio que tiene que aplicar esa legislación. Por ello es de agradecer iniciativas como la del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos CACOA, de publicar cuadros aclaratorios sobre la reciente Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA). Iniciativas como esta son perfectamente extrapolables a otras Comunidades Autónomas y a otras Corporaciones Colegiales y desde esta plataforma animamos a ello.

martes, 14 de junio de 2022

[637] Una declaración irresponsable

Hace años, en muchos municipios de España, se construía sin licencia de obras y se le daba autoridad en la materia al denominado maestro de la villa que con unas mínimas directrices aceptadas por todos los vecinos, incluso verbales, iban haciendo que crecieran nuestros pueblos y ciudades. 
Todo esto ahora es lógicamente impensable, pero el problema es que en estos últimos años, los procedimientos burocráticos para poder edificar se han ido multiplicado irracionalmente.
Muchos grandes edificios que vemos hoy en día en nuestras ciudades se realizaron desde proyectos arquitectónicos con diez veces menos contenido documental que los actuales, con diez veces menos legislación aplicable y pasando por diez veces menos de procedimientos. 
Teniendo todo esto en cuenta, lo que nos tendría que sorprender, no es que una licencia tarde 12 meses en concederse, sino que no tarde 36.
Ahora se quiere proponer que la solución de todos los males pase por la declaración responsable para licencias de obra mayor. No es que me parezca mal, al contrario creo que esa será, junto con la implantación del BIM, el final de todo este proceso. 
 Con lo que recelo es que se empiece solo por eso y lo que es peor, que todo se quede ahí sin tener en cuenta el necesario fomento de la labor de inspección que debe acompañar a todo este proceso.
Una patada hacia adelante, sin solucionar las circunstancias a las que me he referido anteriormente, simplemente pospondrá el problema, no lo solucionará. 
Hará que una corrección que antes se hacía con el ratón de un ordenador se tenga que hacer ahora con una piqueta, que se criminalice a quien denuncie ilegalidades y que en un principio se libere de responsabilidad a la administración local, para después tener ésta que actuar ante hechos consumados.
No se que pensarán de todo esto los bancos que financian, las compañías que aseguran y los registradores que inscriben. Yo si creo en la declaración responsable, pero en una declaración responsable de implantación gradual solo para cierto tipo de actuaciones y como parte de un proceso, no como la panacea inmediata y única de todos los problemas. 
Hay que seguir las directrices europeas y pienso que a la larga estos modelos anglosajones tendrán asiento en nuestra sociedad para determinadas situaciones.
No debemos olvidar que, ahora más que nunca, debemos apostar por reducir documentación, legislación y procedimientos, así conseguiremos una declaración responsable, no solo eficaz a corto plazo y aceptada socialmente por todos, sino que tendremos una herramienta útil de futuro, capaz de cambiar nuestra forma de actuar frente a la administración.
Trabajemos para que las declaraciones responsables no se conviertan en declaraciones irresponsables. En declaraciones de licencias de obras diferidas sobre hechos consumados. Trabajemos para que no sigamos manteniendo la misma problemática con la que actualmente nos enfrentamos, pero con el edificio a medio construir. Trabajemos para reducir el contenido documental que se somete a licencia, para reducir la legislación aplicable y para simplificar los procedimientos.
Rafael González Millán. Presidente de la Unión de Arquitectos de las Administraciones Públicas de España. UAAAP/CSCAE

martes, 7 de junio de 2022

[636] La movilidad del arquitecto municipal

    Como arquitecto municipal, en estos momentos en que se está preparando la Ley de la Función Pública de la Administración General del Estado que de buen seguro nos va a afectar a todos, me gustaría compartir una reflexión sobre mi profesión y sobre la realidad de que la función pública de un arquitecto no se limita sólo al ámbito estatal. De hecho solo el 6,5% lo ejerce en este ámbito. Más de la mitad de los arquitectos que ejercemos en la función pública lo hacemos desde la administración local, encontrándose el resto entre la docencia y la administración autonómica.
    Es un hecho incuestionable el trato modélico que en el ámbito estatal se da al arquitecto en la función pública. Exigencia y uniformidad en el acceso a las plazas conduce a profesionales mejor capacitados.
    El problema es que Estados sólo hay 1 y ayuntamientos en España más de 8.000, y los arquitectos municipales llevamos muchos años soportando 8.000 criterios distintos para acceder a la función pública dentro de la administración local.
    No considero un argumento a favor de esta diversidad de criterios la recurrencia a la autonomía local. Ahí tenemos por ejemplo la Ley de Bases de Régimen Local y en concreto su Artículo 92 bis sobre Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para rebatir que no todo vale a nivel municipal.
    Movilidad, promoción interna, cursos para funcionarios en prácticas, formación para unificar criterios, frecuencia en la convocatoria de plazas, temarios y sistema de oposiciones homogéneos,... son conceptos que los arquitectos municipales, salvo contadas excepciones, no podemos disfrutar y que nos hacen mirar con sana envidia a ese 6,5% de nuestros compañeros que se encuentran en la función pública estatal.
    Cuando se habla del arquitecto en la función pública local, se debe hablar de competencias derivadas de su formación sobre el territorio y el urbanismo, distintas pero no por ello menos importantes que las competencias sobre el asesoramiento legal o sobre la gestión económica de un municipio. Es curioso observar cómo el cambio competencial que supuso para el urbanismo la instauración del estado de las autonomías hace ya más de 40 años, no se haya visto reflejado desde entonces en ninguna ley de base estatal que favorezca la coordinación de nuestros ayuntamientos con sus comunidades autónomas respecto a dicha cuestión.
    A las puertas de presentarse una Ley de la Función Pública de la Administración General del Estado, veo una gran oportunidad para que el Estado, como administración garante de la autonomía local, regule mediante legislación básica, las competencias urbanísticas de interés general atribuidas a los Ayuntamientos y compartidas constitucionalmente con las Comunidades Autónomas. 
«Lanzo desde aquí la propuesta de modificar desde la nueva Ley de la Función Pública de la Administración General del Estado, la ley 7/1985 Reguladora de las bases de la administración local (ya hay precedentes con el 92 bis) incluyendo un nuevo artículo al texto, el 92 ter, donde se faculte (no se obligue) a las Comunidades Autónomas a la creación de un cuerpo de funcionarios de la administración local con habilitación de carácter autonómico dirigidas al control y fiscalización del urbanismo.»
    Con este simple gesto de la administración estatal, se conseguiría una mejor coordinación efectiva entre las dos administraciones, la local y la autonómica con competencias en urbanismo. No es esta una propuesta para beneficiar a los arquitectos de la función pública, es una propuesta para mejorar la independencia, calidad, eficacia y eficiencia de los servicios públicos que prestan los ayuntamientos a la ciudadanía.
    Lo que acabo de exponer estoy seguro que generará más exigencia y uniformidad en el acceso a las plazas vinculadas al territorio dentro de los ayuntamientos y producirá profesionales mejor capacitados que darán mayor prestigio a las Instituciones y también a las Profesiones que representan. 
    Termino con un ruego. Si la próxima Ley de la Función Pública de la Administración General del Estado, no se llega a considerar el tren adecuado para subir esta propuesta, téngase la misma en cuenta para futuros cambios legislativos sobre la Ley 7/1985.
Rafael González Millán. Presidente de la Unión de Arquitectos de las Administraciones Públicas de España. UAAAP/CSCAE

jueves, 19 de mayo de 2022

[635] Microencuesta. Barandillas y CTE

martes, 17 de mayo de 2022

[634] Las 100 cuentas más influyentes en twitter de los arquitectos de España (Mayo 2022)

Desde la UAAAP/CSCAE queremos mostrar nuestro agradecimiento a Top Influencers por incluir una sección de arquitectos de España en su página web donde se recoge una base de datos de las cuentas más influyentes en la red social Twitter y artículos relacionados con el mundo de Internet, la cultura, la tecnología y otros temas de interés.
Incluimos aquí la relación extraída de Top Influencers, a fecha de mayo 2022, de las 100 cuentas más influyentes en Twitter de los Arquitectos de España , basada en el algoritmo de influencia en Twitter. Se incluyen todas las cuentas relacionadas con la profesión como usuarios personales que son arquitectos, estudios de arquitectura, microblogs del sector y Colegios de Arquitectos entre otros muchos.
Actualizado a 16.05.2022. Relación de las 100 puntuaciones mas altas de las 334 cuentas de twitter de arquitectos de España que se encuentran dadas de alta en Top Influencers. Iremos periódicamente actualizando esta lista. Si eres arquitecto y te quieres dar tu mismo de alta en esta página, pulsa en este enlace

jueves, 21 de abril de 2022

[633] ¿Qué es lo que puede aportar una marca personal a los trabajadores de la administración?

Si preguntamos a muchas personas que están trabajando en una administración pública posiblemente te responderán que para qué necesitan ellos tener una marca personal, un blog o una cuenta en LinkedIn. El argumento más habitual que se repite es el de «si yo ya tengo trabajo»
Pero es que la marca personal va mucho más allá de conseguir un empleo. La marca personal no es algo que tenemos que dejar arrinconado una vez hemos encontrado trabajo o a lo que no tengamos que dedicarle tiempo si ya lo tenemos. 
La marca personal es algo que es inherente a todos nosotros como personas y como profesionales, y el hecho de no contar con una marca personal también es una forma (aunque negativa) de tenerla.
Por tanto, si la marca personal va unida al concepto de profesionales, y las personas que trabajamos en las administraciones públicas somos profesionales, se hace inevitable que todos los aspectos que engloba la marca personal sean aplicables a los funcionarios y funcionarias aunque con las peculiaridades propias de nuestro sector.
¿Qué es lo que puede aportar una marca personal a los trabajadores de la administración?
•Conocer a otros compañeros que trabajan en otras administraciones públicas
•Acceder a contenido de interés
•Nuevas oportunidades profesionales
•Nos permite conocernos mejor como profesionales
•Aprender a utilizar nuevas herramientas
•Dar visibilidad al trabajo que realizamos
•Mejorar nuestra imagen profesional y personal
•Conocer a otros compañeros que trabajan en otras administraciones públicas
Si quieres desarrollar tu marca personal y nos sabes ni cómo hacerlo ni por donde empezar aquí tienes esta guía práctica sobre Marca personal en las administraciones públicas en donde encontrarás todos los pasos que tienes que seguir, los nuevos canales y formatos que puedes utilizar, la importancia del networking o la importancia de la especialización.

domingo, 10 de abril de 2022

[632] Informes jurídicos para arquitectos municipales

Hay momentos en la vida en los que nos cruzamos con personas brillantes en su profesión a las que admiramos en sus acciones, pero que al acercarnos a ellas se muestran herméticas, prepotentes e inaccesibles. No fue este, ni mucho menos, el caso del abogado Pere-Joan Torrent Ribert.
Su brillantez profesional era palmaria solo con escucharlo, así como su cercanía y generosidad para compartir sus conocimientos. Nunca se jubiló y cuando la edad le obligó a cambiar de trabajo, tuvimos la gran fortuna de que se fijara en nosotros, en los arquitectos municipales.
Pere-Joan asistía con regularidad a nuestras Juntas Directivas en la sede del CSCAE en Madrid y se convirtió desde un primer momento en un referente de conocimiento y de autoridad sobre cualquier materia jurídica relacionada con nuestra profesión para todos los que asistíamos a ellas.
Su implicación con nuestro proyecto fue máxima, y muestra de ello fue por ejemplo, cómo durante 11 años respondió a más de 500 consultas relacionadas con cualquier materia que pudiese afectar al trabajo de un arquitecto dentro de la administración en el foro de nuestro blogdelaunion.
Traemos aquí, como homenaje a nuestro amigo recientemente fallecido, este repositorio de informes jurídicos para arquitectos municipales elaborados por él durante más de una década.
La lectura de estos informes, más allá de que algunos no sean aplicables en su literalidad por cambios legislativos, aportan al arquitecto municipal una visión jurídica global y atemporal de su profesión muy recomendable, y a veces útil para salir airoso de los problemas a los que nos enfrentamos a diario en nuestro trabajo.
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sábado, 9 de abril de 2022

[631] Oficinas de apoyo a la rehabilitación de los Colegios de Arquitectos de España

Intervención de la Presidenta del CSCAE, Marta Vall-llossera y de la coordinadora de la Red OAR, Elvira López en la junta directiva de la UAAAP/CSCAE del 08.04.2022, hablándonos sobre las Oficinas de Apoyo a la Rehabilitación de los Colegios de Arquitectos de España.
Las Oficinas de Apoyo a la Rehabilitación de los Colegios de Arquitectos son un instrumento al servicio de las administraciones locales, de los profesionales y del conjunto de la ciudadanía para facilitar la gestión de las ayudas destinadas a la rehabilitación de viviendas y regeneración de barrios y optimizar la ejecución de proyectos con el fin de que el mayor número de familias se beneficie de los fondos y puedan mejorar su calidad de vida. 
Con respecto a la colaboración con las administraciones locales donde ejercen su labor profesional los arquitectos municipales destacamos el ofrecimiento de estas oficinas colegiales para apoyar y colaborar con los ayuntamientos en la gestión y tramitación de las ayudas europeas. 
En concreto desarrollando las siguientes acciones: 
• Colaboración con los técnicos municipales en la elaboración de propuestas para solicitar las subvenciones europeas. 
• Colaboración con los técnicos municipales para la elaboración de informes de adecuación de las solicitudes de ayudas. 
• Facilitar el trabajo a los ayuntamientos ofreciendo desde los Colegios de Arquitectos, ventanillas únicas, con servicios integrales para ciudadanos/as, profesionales y empresas de su localidad. 
• Ofrecimiento de desplazamiento a los ayuntamientos para ofrecerles su asesoramiento. 
• Ayuda en la solicitud y procedimientos para la rehabilitación sostenible de edificios de titularidad y uso público.

miércoles, 9 de marzo de 2022

[630] Por la disciplina preventiva hacia un inventario del suelo rústico renovable

Desde hace muchos años tengo el convencimiento de que el hecho de la proliferación de edificaciones irregulares en suelo rústico es una cuestión de competencias y falta de coordinación entre las administraciones implicadas.
Vaya por delante que nadie cuestiona que las competencias sobre la disciplina urbanística en suelo rústico recaigan sobre los municipios como así queda recogido en el artículo 25.2.a) de la Ley de Bases.
También nos debería quedar claro que las comunidades autónomas asumen las competencias sobre la ordenación del territorio por el artículo 148 de nuestra Constitución aunque la cuestión se empiece a indeterminar cuando en ese mismo artículo y epígrafe se le asignan también competencias de urbanismo y vivienda. Escalas tan distintas hubiesen merecido epígrafes al menos distintos en la ley y con matices diferentes.
La diferencia entre urbanismo y ordenación del territorio cuando se aplica a las edificaciones irregulares en suelo rústico nos plantean una serie de conflictos. Las vías pecuarias no son diferentes cuando atraviesan distintos términos municipales, los arroyos no se desbordan solo hasta un límite administrativo y las parcelaciones y edificaciones irregulares, frecuentemente se nutren de moradores que en muchas ocasiones no tienen como primera residencia el término municipal donde se ubican.
Muchas más situaciones se nos podrían venir a la cabeza como las que acabamos de referir y después de años trabajando en la administración local, he llegado a la conclusión de que cuando hablamos de suelo rustico, solo en el 10% de los casos hablamos de urbanismo y en el 90% lo hacemos de ordenación del territorio, y eso se debería reflejar en la forma de afrontar la disciplina en esas clases de suelos.
Por simple cuestiones estadísticas, siempre hay una de las diecisiete leyes autonómicas de suelo que está en revisión y en estos momentos le ha tocando este cometido a la Comunidad de Andalucía.
Con sus luces y con sus sombras, esta recién aprobada ley andaluza pretende dar un giro radical, y creo que acertado, a la forma de entender la disciplina en el suelo rustico de nuestra Comunidad. No podía ser de otra manera, las 300.000 edificaciones irregulares que han aparecido en Andalucía durante los últimos 40 años harían ver a cualquiera que el sistema no funcionaba.
No obstante, en mi opinión, la nueva ley andaluza afronta con más determinación la solución de los problemas existentes que la prevención de que no aparezcan otros nuevos. En ese aspecto no es tan "valiente" como por ejemplo la ley gallega que atribuye todas las competencias sobre disciplina en suelo rústico a la Comunidad Autónoma, o la ley aragonesa que con la sola aprobación plenaria de Ayuntamientos de municipios de menos de 5.000 habitantes, actúa de la misma manera, y todo ello, no nos olvidemos bajo el mismo paraguas de la Constitución y de la Ley de Bases de Régimen Local.
Yo soy menos ambicioso y tan solo me conformaría con que al menos en el Reglamento en elaboración que desarrollará la nueva ley andaluza quedara recogida una cuestión que creo de vital importancia para el devenir de la aplicación de la nueva ley en la materia que nos ocupa y para la coordinación de las administraciones implicadas.
Siempre he dicho que la disciplina preventiva es mas recomendable que la punitiva y en ese aspecto, potenciar la figura de los planes de inspección autonómicos y municipales es determinante.
Haciendo un poco de historia legislativa reciente, es curioso constatar como en el artículo 30 bis incorporado en el año 2012 en el reglamento de disciplina urbanística de Andalucía del año 2010 se exigían a los Ayuntamientos la redacción de un Plan Municipal de Inspección Urbanística con la inclusión de un inventario.
Pues bien en el año 2022, diez años después, por ejemplo en la provincia de Sevilla con más de 100 municipios, tan solo en uno de ellos se ha llevado a cabo ese cometido elaborando un documento con aplicaciones GIS de mas de 2.000 fichas inventariadas como el reglamento exigía. Por cierto, extrapolando el coste que ese inventario supuso al municipio, podríamos decir que a la Junta de Andalucía le saldría mas barato el inventario de todo su territorio rústico que a un trabajador que gane 30.000 euros anuales, tomarse un café al año. Una simple regla de tres. Sin embargo ese inventario que el reglamento de disciplina pedía a los planes de inspección municipales no se requería a los planes de inspección autonómicos por lo que estos lógicamente no pasaban de 4 folios donde se declaraban simplemente las prioridades de actuación.
Con los medios tecnológicos de que disponemos en la actualidad, no tiene sentido la elaboración de cerca de 800 inventarios, cada uno con criterios y formas de representación dispares entre si. El inventario del suelo rústico de Andalucía debería ser uno solo, con actualizaciones periódicas y que sirviera de base para la redacción de los planes de inspección municipales y autonómicos.
Quizá cuando tengamos una imagen global de la situación del suelo rústico de Andalucía actualizada cada cierto tiempo, nos daremos cuenta, sin tener que esperar otros cuarenta años, si el modelo elegido para regular la disciplina en la nueva ley funciona o si tenemos que, mas pronto que tarde, ir a por los modelos gallegos o aragoneses.
No pierdo la esperanza y al borrador del Reglamento he propuesto la inclusión de un nuevo punto 2.e)
Artículo 367. Plan General de Inspección Territorial y Urbanística.
1. La Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo elaborará y aprobará un Plan General de Inspección Territorial y Urbanística para el ejercicio planificado de sus competencias en materia de disciplina territorial y urbanística, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los municipios en materia de inspección y disciplina urbanística.
2. El Plan General de Inspección es el documento que establece las líneas genéricas de la actividad inspectora, y tienen por finalidad determinar los objetivos principales y las actuaciones prioritarias para mejorar la calidad y la eficacia de la disciplina territorial y urbanística al servicio de la ciudadanía, garantizando la objetividad y la imparcialidad de la acción administrativa. Dicho Plan General tendrá, como mínimo, el siguiente contenido:
a) Memoria, que contendrá los contenidos de carácter informativo y de diagnóstico descriptivo y justificativo adecuados a los objetivos de la actividad inspectora.
b) Objetivos generales, estrategias y líneas prioritarias de intervención de la actividad de inspección de ordenación del territorio y urbanismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) Ámbito temporal, que podrá incluir un Plan de etapas comprensivo del programa de actuación y los tiempos de realización de cada una de sus fases.
d) Programa de seguimiento y control de las intervenciones realizadas, permitiendo así la evaluación del cumplimiento del Plan.
e) Inventario con actualización trienal del suelo rústico de Andalucía que contendrá la relación de las edificaciones, asentamientos, parcelaciones y demás actuaciones que deben ser objeto de la potestad de disciplina urbanística o, en su caso, de legalización o reconocimiento, de conformidad con la normativa territorial y urbanística de aplicación con un seguimiento de las alteraciones producidas en todo el suelo rústico de Andalucía, basado en la superposición de ortofotos de distintas fechas con tratamiento GIS. Los datos obtenidos de dicho inventario servirán de apoyo para la elaboración de los inventarios municipales.
Rafael González Millán. Arquitecto municipal

viernes, 4 de marzo de 2022

[629] Los informes sectoriales y el planeamiento general. Cuando la realidad supera a la ficción

Desde la firma por un Ayuntamiento del contrato de consultoría y asistencia técnica para la redacción de su Plan General hasta la remisión de la documentación a la administración autonómica para su aprobación definitiva han transcurrido 14 años, 9 meses y 21 días de los que 9 años, 5 meses y 21 días se han estado esperando informes sectoriales. (ver)

lunes, 28 de febrero de 2022

[628] Arquitectos Next Generation

Los fondos europeos “Next Generation” abren la puerta a un nuevo sector de la construcción basado en la rehabilitación y la regeneración urbana promoviendo una ola de renovación en la que los arquitectos debemos tener un papel protagonista.
Si quieres estar informado y compartir tus experiencias, únete a este grupo de Telegram administrado por blogdelaunion. 

jueves, 17 de febrero de 2022

[627] Aplicación de nuevas tecnologias a la disciplina urbanistica. Trabajo de campo con dispositivo móvil

•Descarga la aplicación QField para QGIS en tu móvil o tablet.
•Descarga en tu ordenador los dos archivos incluidos en este enlace.
•Sube con cable USB (en breve se podrá hacer desde la nube) esos dos archivos a una carpeta que crees en tu móvil.
•Abre la aplicación, busca la carpeta creada y ejecuta el archivo con extensión .qgs
•Es una aplicación fácil e intuitiva de utilizar.
•No necesita conocimientos de QGIS. Contiene dos temas de fondo: catastro y foto aérea. 
•Para ver cada una de las 4 capas existentes mantén pulsado un segundo cada capa. 
•Opción de visualización y de edición para ir señalando en el mapa sobre la capa marcada datos de campo.
•Si te interesa, puedes subir posteriormente los datos de campo obtenidos a tu ordenador descargando el complemento QField Sync desde QGIS.

sábado, 29 de enero de 2022

[626] In memoriam. Lluís Comerón: Un arquitecto que quería mejorar nuestra sociedad

Lluís entendía la arquitectura como un servicio a la sociedad y que nuestra responsabilidad es crear el hábitat de todas las actividades humanas. Entendía que debíamos escuchar a nuestra comunidad dándole forma a sus necesidades.
Lluís creía que la vivienda tenía que ser asequible y que era un derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas. Entendía que las ciudades tenían que funcionar y ser también bellas. Pensaba que el mundo en el que estábamos había cambiado dramáticamente y que debíamos entenderlo y preverlo.
Para Lluís su profesión era su vida, la respiraba, la protegía porque había que proteger a los que tenían que velar por la calidad de la arquitectura y asumir también las responsabilidades de los errores que se cometían y que se habían cometido, y debíamos establecer un marco que protegiera la ciudad y el medio ambiente para crear un entorno sostenible.
Para ello creó el Observatorio 2030. Creía en la igualdad y encargó, a la Cátedra Unesco de nuestra Escuela, un Plan de igualdad para la profesión de la Arquitectura en España.
Creía en la fuerza de las jóvenes generaciones y en la necesidad de protegerlas. Por eso, cuidó, junto al Ministerio, el trabajo de Europan.
Lluís nos hizo entender la importancia de firmar la Declaración de Davos que entendía que la ‘Baukultur’ era la cultura del entorno construido. Apoyó la Ley de Arquitectura que estaba creando nuestro Gobierno, interviniendo muy activamente en el largo proceso participativo que organizó la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.
Compartí con él su ilusión cuando contribuyó a conseguir que Barcelona fuera, en 2026, la sede de la reunión de la UIA y Capital Mundial, ese año, de la Arquitectura. Él había sido decano del Collegi d’Arquitectes de Catalunya. Y estaba ilusionado con traer a Madrid el Foro Internacional de la Unión Internacional de Arquitectos 2022 sobre vivienda digna y adecuada. Su tiempo se repartía entre su casa y su estudio de Sant Cugat, con su familia, y su despacho de presidente del CSCAE en nuestra ciudad, que había hecho ya suya.
Lluís era muy generoso con su vida, gracias Laura por compartirlo.
Lluís, que creía en la arquitectura, creía en una profesión unida, en la fuerza de los Colegios, en que su amparo garantizaba la protección a nuestra sociedad. 
Lluís entendía la diversidad de los territorios que componían su Consejo y lo que los unía. Oía y entendía todas las necesidades y respetaba las peculiaridades de esa mesa que presidía, y había conseguido convertir lo que había sido un campo de batalla en un hogar compartido.
Lluís había sido un buen profesor de Arquitectura y amaba la enseñanza y entendía que era muy importante que todos los docentes de las escuelas practicaran la profesión que enseñaban. Enmendamos juntos la Ley de Arquitectura, pedimos el apoyo del MITMA y teníamos pendiente ir juntos al Ministerio de Universidades para que lo entendieran.
Lluís entendía que había que ir de la mano escuelas y colegios, los que formamos y los que gobiernan esa profesión única que engloba el conocimiento de la arquitectura, desde la creación, pero también desde la técnica en esa unión en una carrera que asume todas las responsabilidades de la arquitectura.
Lluís creía en los amaneceres, y nos enviaba sus fotografías desde Sant Cugat a través del Instagram @lluiscomeron. Y hemos visto con él hasta el amanecer de su último día.
Manuel Blanco Lage. Director de la ETSAM y presidente de la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España.
Fuente: ABC
Fotografías: Ana Amado

sábado, 15 de enero de 2022

[625] ¿Qué pasaria si un reglamento autonómico urbanístico exigiera el visado del proyecto básico?

Recientemente durante el periodo de consultas previas al Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, he realizado una propuesta dentro del foro BPU Andalucía que se ha elevado a la Junta de Andalucía entre otras muchas para su consideración.
Esta propuesta consiste en incluir en el vigente artículo 12 del reglamento de disciplina sobre normas generales del procedimiento de otorgamiento de licencias de obras un nuevo punto 5 con el siguiente tenor literal “La documentación requerida para el otorgamiento de las licencias urbanísticas que deba ser suscrita por técnico colegiado competente deberá ir visada por el colegio profesional correspondiente.”
Saltan las alarmas. Cuidado, que alguien propone más trabas burocráticas al ya complejo recorrido de una tramitación de licencia de obras. ¿Visar el proyecto básico? ¿Pero esto como puede ser? Si lo que queremos son acortar plazos, ¿A qué viene ahora todo esto?
"Tranquilos, no conseguirán nada", para eso está el Real Decreto 1000/2010 donde el visado de un proyecto básico no tendrá nunca cabida. Un Real Decreto que en su exposición de motivos, aparte de declarar su carácter básico de competencia estatal en virtud del artículo 149.1.18ª de la Constitución Española, justifica los supuestos de visado obligatorio en la relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas y considerar al visado como el medio de control más proporcionado.