
Tranquilos, no conseguirán nada, para eso está el Real Decreto 1000/2010 donde el visado de un proyecto básico no tendrá nunca cabida. Un Real Decreto que en su exposición de motivos, aparte de declarar su carácter básico de competencia estatal en virtud del artículo 149.1.18ª de la Constitución Española, justifica los supuestos de visado obligatorio en la relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas y considerar al visado como el medio de control más proporcionado.
Parémonos aquí, el Estado mediante un Decreto reconoció al visado una utilidad en un tema tan delicado como la seguridad de las personas y sin abrir puertas de Pandora a privatizaciones ni a declaraciones responsables, utilizó un instrumento público aplicado por corporaciones de derecho público para solucionar un problema.
Resulta curioso apreciar cómo el seguimiento de la eficacia de este Decreto se dejó en manos del entonces Ministerio de Economía y Hacienda, el mismo Ministerio, aunque con distinta denominación, que ahora está poniendo encima de la mesa y con mucha razón otro problema de mucho calado que si bien no afecta a la seguridad de las personas, si afecta a la economía del país como es el retraso en la tramitación de concesión de licencias de obras.
Lo mismo no hay que mirar solamente al Estado para abordar esta problemática. Constitucionalmente las competencias sobre urbanismo están delegadas a las Comunidades Autónomas y estas también están preocupadas por estos retrasos. No seria malo aprovechar las legislaciones autonómicas sobre urbanismo para incorporar acciones que impliquen a los Colegios Profesionales en la agilización de la concesión de licencias de obras.