martes, 19 de mayo de 2015

[420] X JORNADAS CGPJ-CSCAE

25 años de Jornadas CGPJ-CSCAE
Se han cumplido 25 años desde las primeras Jornadas profesionales Consejo General del Poder Judicial – Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, que organiza la Unión de Arquitectos Peritos Forenses. Se han venido celebrando periódicamente en distintas ciudades: Toledo, Santiago de Compostela, Lanzarote, Girona, Granada, Palma de Mallorca, Logroño, Sevilla y Zaragoza.
Lugar
Para esta X edición de las Jornadas CGPJ-CSCAE ha sido elegida la ciudad de Almería, desde aquí, con el apoyo de nuestro Colegio, hemos puesto todo nuestro interés para que estas Jornadas, que coinciden con el XXV aniversario, sean especialmente amenas, combinando lo profesional con lo lúdico.
Fechas
4, 5 y 6 de junio 2015
Contenido y temas centrales:
El restablecimiento de la legalidad urbanística alterada: la ejecución de sentencias de demolición.
Los procedimientos de vicios en la construcción tras la ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
La responsabilidad civil derivada de inspecciones técnicas de edificios, informes de evaluación de edificios, certificaciones energéticas, proyectos y obras de rehabilitación, memorias técnicas y declaraciones responsables.
La mediación técnica en arquitectura, construcción y urbanismo. Una nueva manera de resolución de conflictos.
Objetivo
El objetivo de las jornadas de trabajo es el análisis de la actuación pericial de los arquitectos ante los Tribunales de Justicia, el conocimiento mutuo de los conflictos que se plantean en el ámbito de la arquitectura, la edificación, las valoraciones inmobiliarias, el urbanismo y la ordenación territorial, y la apreciación de la prueba pericial, entre otros temas de interés común. Tiene especial relevancia el análisis de las novedades legislativas y su percepción por la Magistratura para servir de orientación a los arquitectos y especialmente a los peritos.
Asistentes
Estas Jornadas convocan a expertos, Magistrados, Jueces, Arquitectos, Peritos Judiciales y Forenses, y Abogados, si bien son los arquitectos los que de forma mayoritaria se congregan durante los tres días para evaluar lo que más relevante de la práctica pericial y sus problemas.
Organización
Consejo General del Poder Judicial
Consejo Superior de los Colegiosde Arquitectos de España
Unión de Arquitectos Peritos y Forenses de España
La organización local, corre a cargo del Colegio de Arquitectos de la sede elegida, en estas X Jornadas la institución que actúa como anfitriona es el Colegio Oficial de Arquitectos de Almería, y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos.

martes, 12 de mayo de 2015

[419] CLASES DE ARQUITECTOS MUNICIPALES

.../... Antes de proceder a debatir sobre las diversas clases de arquitecto municipal, es decir, sobre las diversas maneras en que puede plasmarse la relación entre el arquitecto y el Ayuntamiento, conviene tener claro que el debate puede referirse a dos cuestiones muy diversas, si bien conectadas entre si: 
• Primer debate: sobre la posible ilegalidad del arquitecto municipal con contrato laboral o con contrato de servicios.
• Segundo debate: sobre la mejor manera de prestar las funciones del arquitecto municipal entre las diversas fórmulas legales; es decir, entre las diversas fórmulas que sean legales, determinar cuál es la más eficaz y la más eficiente, o la que mejor resultado ofrece para el Ayuntamiento y para los ciudadanos.
No conviene mezclar los dos debates, porque los argumentos que se puedan utilizar en el segundo debate sobre la preferencia de una fórmula sobre las otras, muy fácilmente pueden introducirse en el primer debate sobre la legalidad de alguna de las fórmulas enunciadas, obteniéndose un resultado engañoso.
En primer lugar hay que centrar el debate sobre la posible ilegalidad del arquitecto municipal con contrato laboral o con contrato de servicios. Si como algunos pretenden y afirman, la única manera legal de constituir la relación entre el arquitecto y el Ayuntamiento es mediante la relación funcionarial, el segundo debate ya no tiene sentido, pues no se puede debatir sobre algo que es supuestamente ilegal.
Si como afirmamos otros, la relación laboral entre el arquitecto y el Ayuntamiento es legal, y también es legal la relación de contrato de servicios entre el arquitecto y el Ayuntamiento, se puede proceder al segundo debate: cual es la fórmula más idónea entre las tres que existen y que pueden ser legales, si se constituyen debidamente. Para ello habrá que considerar los tipos de municipio según habitantes, actividad y presupuesto, y otras circunstancias.../...