martes, 29 de diciembre de 2015

[440] MANUALES DE DISEÑO URBANO

Traemos aquí una interesante recopilación de manuales de diseño urbano realizado desde el blog de Ovacen. Con este trabajo de investigación se ha querido establecer un punto de información concreto reconociendo que el diseño de espacios urbanos abarca una importante cantidad de información que debemos ir recopilando de forma pausada.
Las actuaciones que se realizan sobre el urbanismo tanto en las ciudades como de un entorno natural deben de ser analizadas de forma contundente y en armonía con el entorno dada su perdurabilidad en el tiempo y afecto sobre sobre una zona determinada.
Definición del diseño urbano
Qué es el diseño urbano o urbanístico abarca un amplio concepto y definición que en muchos casos se diluye en definiciones particulares según el proyectista que comenta. Si bien, en modo genérico podemos identificar que la definición de diseño urbano es el proceso de dar forma a las condiciones físicas para la vida en ciudades. En este sentido es el arte de “hacer ciudad”. Implica el diseño de edificios, de conjuntos de edificios, espacios y paisajes, y el establecimiento de los procesos que hacen posible un desarrollo sustentable y sostenible.
Independientemente de las definiciones usadas, prácticamente todos los autores que han escrito sobre el tema, apuntan 4 peculiaridades básicas ante las características del Diseño Urbano:
■El diseño del espacio público tiene como objeto de trabajo la urbe y su espacio público, territorio de los procesos de la esfera publica, mas que no debe confundirse con ella.
■El diseño urbanístico en sus procesos, se fundamenta en las disciplinas de proyecto y hereda una larga tradición que tiene sus orígenes en el Renacimiento.
■La aplicación del diseño urbano tiene fuertes componentes de interdisciplinariedad que son estructurales a sus prácticas.
■El diseño urbano supone, necesariamente, el trabajo cooperativo en equipo a poder ser multidisciplinar.

jueves, 24 de diciembre de 2015

[439] FELIZ NAVIDAD 2015

Los tiempos cambian pero los sentimientos perduran. Desde blogdelaunion queremos desear a todos nuestros seguidores una feliz Navidad. Video 

martes, 22 de diciembre de 2015

[438] ADECUACIÓN EFECTIVA DE LAS CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS EXISTENTES


La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento acaba de publicar en la web del CTE el documento de apoyo DA DB-SUA/2 Adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes. Aunque en principio dicho documento iba a definir los “Ajustes Razonables“ a los que se refiere la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión Social (LGDPD) y su mandato de adecuar los edificios existentes antes del 4 de diciembre de 2017, finalmente el MFOM ha decidido desvincularlo de dicha Ley por entender que su desarrollo no corresponde a ese Ministerio, con lo que el documento ha pasado a estar vinculado únicamente al CTE DB-SUA y a establecer criterios de flexibilidad y márgenes de tolerancia a la hora de adecuar los edificios existentes a las condiciones de accesibilidad del DB-SUA.
No obstante cabe subrayar que, aunque en su redacción final el DA no dice que los criterios de flexibilidad y márgenes de tolerancia que establece sean los "ajustes razonables" a los que se refiere la LGDPD, tampoco dice que no lo puedan ser, por lo que, en ausencia de otra definición de los mismos, nada impide considerarlos como tal.

lunes, 14 de diciembre de 2015

[437] 9.000 SEGUIDORES EN TWITTER. GRACIAS

domingo, 13 de diciembre de 2015

[436] CUANDO EL RÍO SUENA, AGUA LLEVA

Hay situaciones en la Administración Pública que, o se toman con humor, o...
Descargar el PDF 

sábado, 12 de diciembre de 2015

[435] 10 PREGUNTAS DE ARQUITECTURA PARA UN CANDIDATO A LAS ELECCIONES

.../... la agudización de la crisis; el cierre de despachos; la emigración en búsqueda de trabajo; la explotación de los jóvenes, y no tan jóvenes, por parte de estudios de arquitectura y empresas sin escrúpulos; la caída de ingresos profesionales a niveles insoportables; los honorarios basura; la lucha con profesionales técnicos menos cualificados en nuevos nichos de trabajo a los que se les ha permitido acceder en nombre, no de la calidad sino de la santa competencia; la lucha contra el anteproyecto de ley de Servicios Profesionales; la crisis de los Colegios Profesionales. ¡Sí! Por alguna razón hemos olvidado todas las amenazas que se ciernen sobre la profesión, no sé si por un ilusorio leve repunte de la actividad en este último año o porque, en el fondo, lo que nos gusta es cocinar cupcakes de diseño "miesiano". ¿Acaso creemos que todos los problemas han desaparecido por arte de magia?¿Tan ilusos somos que pensamos que con lo hecho hasta ahora ya hay suficiente y que la clase política, las élites neoliberales económicas y otras profesiones acechantes han entrado en razón y van a dejar que todo siga como hasta la fecha? .../...
Señor candidato:
01. ¿Qué es para usted la Arquitectura?
02. ¿Podría diferenciar entre Arquitectura y Construcción?
03. ¿Ha oído hablar la función social de la Arquitectura? ¿Cuál es?
04. ¿Cuál es el papel del arquitecto en una sociedad avanzada del siglo XXI? 
05. ¿Cree que la arquitectura española y sus arquitectos influyen en la marca España?
06. ¿Sabe cuántos arquitectos hay en España? ¿Son muchos o pocos?
07. ¿Cuánto gana un arquitecto?¿Sabe cuántos arquitectos viven de su profesión en España?
08. ¿Cree necesaria la existencia de una Ley de Servicios Profesionales? ¿En qué términos? 
09. ¿Cuál debería ser la relación entre los agentes técnicos que intervienen en el mundo de la construcción y como debería regularse esa relación? 
10. ¿Qué papel deben jugar los Colegios Profesionales en la sociedad actual?¿Tienen sentido?

miércoles, 2 de diciembre de 2015

[434] LOS 10 ERRORES MÁS BÁSICOS Y FRECUENTES EN EL URBANISMO ESPAÑOL

Si repasamos las diversas sentencias de los tribunales de justicia dictadas en estos últimos años anulando el planeamiento municipal y la ordenación territorial podemos ver que en muchos casos los motivos por los que se anulan estos planes son por incumplimientos de normas o principios urbanísticos que podemos considerar básicos, por lo que las administraciones deben ser conscientes de la necesidad de respetar estos principios por las importantes consecuencias que acarrea su incumplimiento, no solo para la propia administración, sino también, y muy especialmente, para los ciudadanos, que son los destinatarios últimos de estos planes.
01. Olvido del carácter reglado del suelo no urbanizable protegido 
02. Clasificación de suelo urbanizado a terrenos que no tienen tal carácter 
03. Clasificación de suelo urbanizable sin existir necesidades que lo justifiquen 
04. Inactividad administrativa ante la construcción en suelo no urbanizable 
05. No respetar el principio de ciudad compacta 
06. Omisión o insuficiencias en la evaluación de impacto ambiental del planeamiento 
07. Ausencia de informe de la confederación hidrográfica sobre disponibilidad de recursos hídricos 
08. Defectos en el trámite de información pública en la fase de elaboración del planeamiento 
09. Falta de motivación de las decisiones adoptadas en el plan 
10. Complejidad y frecuentes cambios normativos 

martes, 1 de diciembre de 2015

[433] EL TÍPICO ARQUITECTO

1. El típico arquitecto no habla bien, o mejor dicho no se le entiende cuando habla, es bastante pesado, cansino diría yo. Para decir una sencilla frase lo lía todo de tal manera que uno no se entera de lo que quiere decir. Hace tiempo descubrí en un magnífico blog de arquitectura, un "manual de discurso automático para arquitectos" de tal manera que cogiendo cualquier palabra al azar de las veinte filas que hay y, ordenándolas de manera correlativa en las siete columnas, te sale la frase típica de un arquitecto. A mí me salió esta:
"La nitidez fenomenológica de la sección organiza una vibración genéricamente compuesta"... ¿A que te has quedado igual?
Les dejo el enlace para que hagan la prueba, es sencillamente genial.
2. El típico arquitecto tiene una forma de vestir bastante peculiar, dependiendo también en que parte del día lo pilles. Si es a primera hora te encontrarás a una persona con pantalones elegantes pero informales, zapatillas cómodas, chaquetita de entretiempo para parecer interesante y, si tiene miopía, con gafas de pasta.
La cosa cambia a última hora del día. Será la misma persona pero despeinado, ya sin la chaquetita, la camisa por fuera, con las mangas remangadas y con una cara de estar hasta las narices del mundo en general. Si a todo esto le sumas que siempre va vestido como un cuervo entonces sí, entonces es el auténtico, el típico.
3. La alimentación es otro factor importante que influye de manera significativa en la personalidad del arquitecto. Si tiene que comer con algún cliente te lo encontrarás en un restaurante de mesa y mantel. Es fácil saber quien de los dos es el arquitecto, sobre todo a la hora de pedir la cuenta, ya que suele ser el técnico quien se levanta un momento para ir al baño (casualmente).
Muy distinto es cuando tiene que comer solo, optando por algo más sencillo y minimalista como puede ser un bocadillo de mortadela y su caña en el bar de Paco. Bien es verdad que de vez en cuando te lo puedes encontrar pegándose un homenaje en el Mc Donalds o en el Burguer King, pero esto es ya más complicado.
4. Aunque no es buena época para la profesión, los arquitectos somos seres que estamos siempre ocupados, siempre estamos liados con algo aunque no esté remunerado, tendencia muy común últimamente. Hay que sembrar para luego recoger dicen, pues nosotros estamos todo el día en la huerta. Pero hay algo por lo que, aun estando de trabajo hasta arriba, lo dejamos todo… un nuevo presupuesto, y si es de un edificio plurifamiliar ya no te digo nada. Media horita al día podemos sacar en nuestra apretada agenda para valorar un cambio de uso de un local.
5. Otra característica que nos define es que tenemos tendencia a dibujarlo todo. Nuestro portaminas Faver Castell y una servilleta son nuestra perdición. Si nos dejan dibujaríamos hasta la lista de la compra, acotada por supuesto, y con algún detalle constructivo, para que se entienda mejor.
Es fácil distinguir a un arquitecto en cualquier charla o curso, aquel que no está atendiendo y dibujando el careto del conferenciante, o haciendo una perspectiva de la sala, ese el hombre, el típico.
6. Muchas veces nos encontramos con el profesional de apellido. Con esto me refiero a que cuando te lo presentan, siempre, tras su nombre, viene su apellido, por ejemplo: "Hola, soy Borja, arquitecto", así te lo estén presentado en un funeral o siendo el nuevo novio de tu prima. Algo lamentable que sucedía bastante en otras épocas mas boyantes y que, hoy en día, es más difícil de encontrar (gracias a Dios).
7. Un vicio que tiene el típico arquitecto es el café, aunque no le guste no le queda más remedio que tragárselo. El café es una droga que te vas metiendo poco a poco y de manera inconsciente durante la carrera y que es tan importante, o más, que el Autocad, de hecho no se concibe el uno sin el otro. Por eso cuando quedes con alguno en un bar o cafetería y se pide un té, desconfía, no es el típico.
8. El típico arquitecto alcanza su máximo apogeo cuando se junta con los de su especie en actos lúdicos, formando corrillos en donde ponen a caerse de un burro al Colegio correspondiente, se cuentan cuantos pagarés sin cobrar tienen en el banco, o en que nueva historia están inmersos, porque el típico arquitecto es también el típico emprendedor.

miércoles, 25 de noviembre de 2015

[432] EL EMPLEO DE LOS SIG Y LA TELEDETECCIÓN EN PLANIFICACIÓN TERRITORIAL

El libro “El empleo de los SIG y la Teledetección en Planificación Territorial” ha sido editado por el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Murcia en el marco del XI congreso de Métodos Cuantitativos, SIG y Teledetección celebrado en Murcia en 2004.
En el texto se nos habla de la importancia que tiene la aplicación de las nuevas tecnologías (Sistemas de Información Geográfica, cartografía analítica o la Teledetección) en la gestión y en planeamiento territorial. Este tipo de técnicas permiten alcanzar mayor concreción y eficiencia en los desarrollos de PGOM (Planes Generales de Ordenación Municipal), búsqueda de rutas óptimas, análisis multicriterio para detectar posibles amenazas o evaluar la capacidad de acogida del territorio, etc. En definitiva, el empleo de los SIG y la Teledetección en la planificación territorial ha supuesto un avance significativo en lo tocante a métodos analíticos, métodos de gestión del territorio así como de la producción cartográfica.

lunes, 23 de noviembre de 2015

[431] MICROENCUESTA. AGRUPACIONES VOLUNTARIAS DE ARQUITECTOS


miércoles, 18 de noviembre de 2015

[430] MICROENCUESTA. GRADO DE SATISFACCIÓN CON LOS COLEGIOS PROFESIONALES


martes, 17 de noviembre de 2015

[429] MICROENCUESTA. HONORARIOS MÍNIMOS


miércoles, 4 de noviembre de 2015

[428] CLAVES PRÁCTICAS DE LA LEY 13/2015 DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA Y DE LA DEL CATASTRO

La Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, ha sido publicada en el BOE de 25 de junio de 2015.
Salvo algún precepto concreto, entró en vigor plenamente el 1 de noviembre de 2015.
Esta ley aborda y trata de resolver varios problemas esenciales que planteaba la regulación preexistente.
Veamos en qué medida resuelve o no tales problemas, y algunas de las principales innovaciones y consecuencias prácticas más inmediatas de la nueva regulación:
1. La delimitación geográfica de las fincas registrales era, generalmente, sólo potestativa, y no obligatoria, y además se permitían bases gráficas no georreferenciadas.
- Ahora, con la nueva regulación, se aumenta el número de supuestos en los que la identificación geográfica es requisito para la inscripción registral, a partir de su entrada en vigor absolutamente todos los supuestos de apertura de folio registral, tales como segregación, división, agrupación o agregación (art 9.b) , y además, exigiendo también la delimitación geográfica de la superficie ocupada por las construcciones o instalaciones que se declaren en el interior de la finca (art 202 párrafo segundo).
Algunas consecuencias prácticas:
- aunque una segregación o division se pudiera inscribir sin licencia (con declaración municipal de su innecesariedad) o incluso una agrupacion sin nada de ello, debe aportarse en todo caso la delimitación georreferenciada de la/s fincas de resultado.
- para inscribir una edificación, ya sea nueva o antigua, deberá acompañarse una certificado técnico que acredite la georreferenciación de la superficie ocupada.
- En todos los casos relativos a suelos, no basta una mera representación gráfica, (un simple plano o croquis que distinga en términos relativos la finca de las colindantes) sino la georreferenciación de su delimitación en un sistema oficial (que permite no sólo distinguirla de las colindantes, sino ubicarla y delimitarla con carácter absoluto sobre la superficie terreste.) (art 9. b)
Consecuencia práctica: para inscribir una reparcelación ya no basta que se aporte el plano en papel de la reparcelación, sino que han de estar debidamente georreferenciado en cada uno de los vértices de cada una de las parcelas o elementos de la reparcelación.
2. El archivo registral del libro del edificio sólo era preceptivo en determinadas comunidades autónomas en que así lo disponía su normativa.
Ahora se impone, a nivel nacional, la necesidad de aportar, para su archivo y posterior publicidad registral, el libro del edificio, cuando se inscriba una edificación a la que por ley le sea exigible.
Además, cuando se trate de edificaciones en régimen de propiedad horizontal, se hará constar en el folio real de cada elemento independiente su respectiva representación gráfica, tomada del proyecto incorporado al libro el edificio (art 202)
3. Hasta ahora se podían inscribir bases gráficas sin existir regulación legal concreta del procedimiento y requisitos para ello, ni de los efectos jurídicos de tal inscripción.
Ahora, en cuanto a los requisitos, se exige, para poder inscribir una base gráfica, la previa tramitación de un procedimiento registral con las debidas garantías y posibilidad de intervención de los colindantes. (art 199 LH):
Si la base geográfica que se pretende inscribir es de origen catastral, se ha de notificar a los colindantes registrales. (art 199.1)
Y si la base geográfica que se pretende inscribir no es de origen catastral, se ha de notificar a los colindantes registrales, y a los catastrales. (art 199.2)
Y en cuanto a los efectos jurídicos, se proclama que se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresada en la representación gráfica que haya quedado incorporada al folio real. (art 10.5).
Respecto de esto último se introducen dos importantes matizaciones:
a. Si la base gráfica inscrita no ha sido la catastral, se requiere, para que se produzca tal efecto jurídico, que haya sido validada previamente por una autoridad pública y hayan transcurrido seis meses desde la comunicación de la inscripción correspondiente al Catastro, sin que éste haya comunicado al Registro que existan impedimentos a su validación técnica. (art 10.5 párrafo segundo)
b. A tales efectos jurídicos “no se considerará suficiente la comprobación o validación que se hubiera realizado por los Registradores, conforme al segundo inciso de la regla 1.ª del apartado Cinco del artículo 53 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, a los solos efectos de hacer constar la referencia catastral al margen de la inscripción de la finca”. (Disposición final cuarta).
4. Hasta ahora, las base gráfica no catastral podía admitirse, inscribirse, y publicarse incondicionadamente, y pervivir indefinidamente sin coordinarse con la base gráfica catastral.
Ahora se establecen las siguientes previsiones o restricciones respecto de las bases gráficas no catastrales:
- Sólo son admisibles en determinados supuestos excepcionales:
a. Procedimientos de concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad extrarregistral del Título VI de esta Ley en los que expresamente se admita una representación gráfica alternativa.
b. Cuando el acto inscribible consista en una parcelación, reparcelación, segregación, división, agrupación, agregación o deslinde judicial, que determinen una reordenación de los terrenos. (art 10.3)
- Deben cumplir determinados requisitos técnicos: “deberá cumplir con los requisitos técnicos que permitan su incorporación al Catastro una vez practicada la operación registral” (art 9.b párrafo cuarto) y tales requisitos “serán fijados mediante resolución conjunta de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro” (art 10.6)
- Una vez inscrita, “el Registrador remitirá la información al Catastro, de acuerdo con su normativa reguladora, para que este practique, en su caso, la alteración que corresponda”. (art 10.3.b párrafo segundo).
- Mientras el catastro no haya incorporado la base registral no catastral, la publicidad formal de ésta deberá advertirlo asi: “se hará constar en esta publicidad el hecho de no haber sido validada la representación gráfica por el Catastro” (art 9.b. ultimo párrafo)
- Hasta que no transcurran seis meses sin que Catastro manifieste su oposición por motivos estrictamente técnicos, no se aplica la presunción del articulo 38 sobre la ubicación y delimitación geográfica de la finca.
- Si el catastro finalmente incorpora como propia la base registral no catastral “la Dirección General del Catastro lo trasladará al Registro de la Propiedad, a efectos de que el Registrador haga constar las referencias catastrales correspondientes, así como la circunstancia de la coordinación, e incorpore al folio real la representación gráfica catastral” Art 10.3.b párrafo tercero).
- A partir de ese momento, el registro ya no dará publicidad de la base gráfica inscrita no catastral, sino de la nueva base catastral actualizada, que ya es coincidente con la registral. (art 9.b. ultimo párrafo)
5. Hasta ahora, cuando respecto de una finca se alcanzaba la coordinacion plena entre catastro y registro, el Catastro no informaba de ello, ni incorporaba a su base de datos el identificador registral, mientras que el Registro sí incorporaba y publicaba la referencia catastral.
Ahora, alcanzada la coordinacion, ese atributo se hace constar de manera destacada tanto en el registro como el en Catastro, y éste ultimo incorporará a la descripción catastral del inmueble coordinado, tambien, el código unico de finca registral. (articulo 3.1 ultimo inciso, de la ley de catastro).
6. Hasta ahora no se establecía ninguna restricción a la posibilidad de descoordinación sobrevenida, ya sea en cuanto a titulares (sujetos del derecho), o en cuanto a la delimitacion perimetral de la finca (objeto del derecho).
En la nueva ley sigue sin limitarse en modo alguno la posibilidad de perder la coordinacion alcanzada: Incluso se refuerza y ampara de manera expresa la posibilidad de que, tras alcanzarse la coordinacion catastro-registro, pueda despues el catastro descoordinarse unilateralmente en virtud de actos no inscritos.
En concreto, se añade un apartado 3 al articulo 11 de la ley de catastro, que de modo análogo a lo que ya dispone el 9.5 en materia de titularidades, señala, respecto de los inmuebles, que “En caso de fincas que hayan sido objeto de coordinación conforme a la legislación hipotecaria, se tomará en cuenta, a los efectos del Catastro, la descripción gráfica coordinada, salvo que la fecha del documento por el que se produce la incorporación al Catastro sea posterior a la de la coordinación.”
7. Hasta ahora, el procedimiento notarial de subsanacion de discrepancias del articulo 18.2 de la ley de catastro estaba condenado al fracaso, simplemente si algún interesado no comparecía.
Ahora, se exige oposicion expresa, y no simple incomparecencia, para que dicho procedimiento haya de abortarse. (nuevo articulo 18.3 letra c del TRLC)
8. Hasta ahora, no había un sistema efectivo, más allá de las clásicas notificaciones postales y edictales en terminos literarios, que realmente permitiera conocer a posibles interesados qué porcion concreta del territorio está siendo o ha sido objeto de algún procedimiento registral que afecte a su descripción y delimitación geográfica.
Ahora sí se implanta un sistema público de alertas registrales geográficas, de utilización preceptiva en cualquier procedimiento que afecte o pueda afectar a la identificación geográfica de las fincas, y que permite una publicidad más efectiva y adicional al actual sistema de notificaciones o edictos, que también se mantiene. (art 199, 200, 201, 202, etc)
9. Hasta ahora, la inscripción de excesos de cabida de hasta un 20% podían hacerse unilateralmente con un simple certificado técnico sin posible intervencion de colindantes.
Ahora, cualquier exceso de cabida que supere el 5%, o el 10% si se apoya en datos catastrales, necesita la tramitación de unexpediente notarial con citación a los colindantes. (art 201 LH).
10. Hasta ahora, los expedientes de dominio para inmatricular fincas, o reanudar tracto, obtener la cancelación de cargas caducadas, o solventar la doble inmatriculación, estaban atribuidos a la autoridad judicial.
Ahora se desjudicializan los procedimientos de concordancia del registro con la realidad extrarregistral, cuando no exista contienda y oposición entre partes.
Para ello se encomienda a los notarios la competencia para tramitar el expediente de dominio para la inmatriculación de fincas o reanudación de tracto, así como las rectificaciones descriptivas, y deslindes, y a los registradores los relativos a la liberación de cargas y gravámenes y subsanación de la doble inmatriculación, todo ello modernizando sus trámites, suprimiendo privilegios como el concedido a determinada confesión religiosa, aumentando sus garantías y publicidad efectiva, y sin merma alguna de los derechos de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva.
11. Hasta ahora, la proteccion registral al dominio público dependía casi por completo de que constara previamente inmatriculado.
Ahora se potencia la protección registral del dominio público. Para ello, sin merma del mantenimiento de la obligatoriedad legal de la inscripción de los bienes de las administraciones públicas, se prevé que el registrador habrá de velar por la protección del dominio público incluso no inmatriculado si su existencia extrarregistral pudiera apreciarse a través de la interoperabilidad de sistemas de información geográfica oficiales.
12. Hasta ahora, era muy reducida la posibilidad efectiva de que el registrador pudiera conocer, para aplicarlo en su calificación registral, en qué medida el planeamiento urbanístico afecta a una finca concreta.
Ahora se establece que “los municipios, en el plazo de tres meses desde la publicación de esta Ley, pondrán a disposición de los Registradores, para su incorporación a la aplicación informática auxiliar a que se refiere el artículo 9 de la Ley Hipotecaria, un acceso mediante servicio de mapas web a todos los planes urbanísticos generales y de desarrollo, debidamente georreferenciados y metadatados, así como a sus modificaciones aprobadas definitivamente y en vigor.
Y se ofrece una alternativa a los que no pudieran hacerlo así por falta de disponibilidad técnica o presupuestaria. (disposicion adicional quinta)
COMENTARIO Y VALORACIÓN GLOBAL
En definitiva, la nueva ley viene a intentar conciliar y armonizar, a través de la seguridad jurídica que proporciona el registro de la propiedad y su coordinación e interoperabilidad con el catastro, y otros sistemas públicos de información territorial, los intereses públicos y privados que confluyen sobre el territorio.
A mi juicio, supone un gran avance en cuanto a procedimientos, garantías y efectos en la delimitacion geográfica de las fincas registrales y su coordinacion con Catastro.
Pero no seria justo ocultar que también tiene, a mi juicio, tres importantes carencias, las dos primeras por una ambición escasa, y la última por un recelo injustificado:
1. Siendo una ley que pretende acabar con la actual indefinición geográfica de las fincas, no pone restricción alguna a que se puedan seguir inscribiendo ventas o hipotecas de fincas respecto de las que ni el registrador ni los terceros, (y a veces ni las partes), saben ubicarlas sobre el terreno o incluso si realmente existen.
2. Siendo una ley que pretende conseguir la coordinacion entre el Registro y el Catastro, no pone restricción alguna a que, una vez alcanzada la coordinacion catastro-registro respecto de una finca concreta, se pueda perder fácilmente y por cualquier causa, tal coordinacion.
3. Siendo una ley que pretende respetar las respectivas funciones, competencias y efectos de los pronunciamientos catastrales y de los registrales, y la primacía jurídica de éstos sobre aquéllos, resulta que incluso cuando la base catastral no es correcta, (o simplemente no existe), pone excesivas e injustificadas restricciones a la inscripción, publicidad y efectos jurídicos de las bases gráficas registrales alternativas a la catastral.
Joaquin Delgado Ramos. Registrador de la Propiedad número 1 de Santa Fe.
Resolución de 3 de noviembre de 2015 de la Dirección General de los Registros y el Notariado sobre la interpretación y aplicación de algunos extremos regulados en la reforma de la Ley Hipotecaria, operada por la ley 13/2015, de 24 de junio

martes, 3 de noviembre de 2015

[427] EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SUELO Y REHABILITACIÓN URBANA

El Consejo de Ministros aprobó, en su reunión del 30 de octubre de 2015, el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, que ha entrado en vigor el 31 de octubre y que incluye los contenidos de la Ley de Suelo de 2008 y los referidos al ámbito de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas procedentes de la Ley 8/2013.
Esta Ley constituye un paso más en el cambio de modelo en la política de vivienda impulsado desde el Ministerio de Fomento con la finalidad de equilibrar la nueva construcción con la rehabilitación, impulsar la eficiencia energética en el parque edificado español, así como eliminar trabas y flexibilizar el sistema.
El texto refundido permitirá impulsar un subsector de la economía española que tiene un alto potencial y, sin embargo, una escasa entidad si se compara con la media de los países europeos.
No obstante, las reformas normativas abordadas, junto con el nuevo sistema de ayudas puesto ya en marcha con las Comunidades Autónomas en aplicación del Plan 2013-2016, han comenzado a dar sus frutos.
Así, el número de licencias de viviendas para rehabilitación está creciendo al 28,8% anual y la inversión en rehabilitación en los últimos doce meses aumentó un 22,6%, según los datos de visados de dirección de obra al mes de julio, alcanzando la cifra de 2.568,8 millones de euros en los últimos 12 meses.
La nueva norma estatal, al sistematizar en un solo texto legal la legislación del Estado que afecta directamente a la legislación urbanística de las Comunidades Autónomas y al quehacer cotidiano en esta materia de los Ayuntamientos, no sólo simplifica la normativa en materia de urbanismo sino que aporta claridad y certidumbre a los operadores jurídicos.
El Consejo de Estado ha refrendado con un Dictamen ampliamente favorable, la intensa labor armonizadora que encierra el texto refundido sobre dos Leyes muy diferentes, en tiempo y también en objetivos.
La nueva norma se enmarca dentro de la Estrategia Española de Rehabilitación, que recientemente ha sido valorada por la Comisión Europea como mejor de la Unión Europea, junto con los incentivos económicos del Plan Estatal 2013-2016 de fomento del alquiler y la rehabilitación (2.311 M€) y los fondos FEDER 2014-2020de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (1.500 M€).

jueves, 1 de octubre de 2015

[426] PREMIO AL MEJOR FORO DE DEBATE Y CONSULTAS ARQUITECTÓNICAS PARA BLOGDELAUNION


Quisiéramos agradecer y compartir con nuestros seguidores la deferencia que ha tenido la Junta de Gobierno del COA de Huelva, concediendo a blogdelaunión el premio al mejor Foro de Debate y consultas arquitectónicas, en calidad de Distinción Especial, por ser una plataforma viva de resolución de consultas técnicas y jurídicas al servicio de los Arquitectos de la Administración Pública, y foro abierto de debate y libertad de expresión para todos los temas de interés para la profesión.

Tras la lectura del programa de la Gala Conmemorativa que ha organizado el COAH, no podemos mas que darle la enhorabuena por el enfoque que le han dado a la celebración de la Semana de la Arquitectura, y quien nos conoce sabe que no decimos eso en agradecimiento al premio recibido.

Hemos abogado muchas veces desde este foro sobre la necesidad de acercar la arquitectura a la Sociedad. No es bueno que sea siempre esta la que se acerque a la arquitectura, fomentando a veces así el tan negativo marketing de "dioses sentados" con que se tilda a la profesión por ciertos sectores de la Sociedad.

Éxito de asistencia con mas de 200 invitados con presencia de muchas personalidades, alcalde de Huelva y otros municipios, Presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos y  Presidente del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.

Se nos viene ahora a la cabeza una frase que definiría perfectamente el acertado planteamiento que en nuestra opinión le ha dado el COAH a esta fiesta de la Arquitectura. "Quien solo sabe de arquitectura, no sabe de nada. Ni siquiera de arquitectura".

miércoles, 23 de septiembre de 2015

[425] SEGURO QUE (NO) FUE UN SUEÑO. ACCIONES CONTRA LA LSCP

Acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio de Arquitectos de Extremadura.
Gabriel García Márquez, al transformar la masacre del 6 de Diciembre de 1928 en episodio de ficción: "Seguro que fue un sueño". "En Macondo no ha pasado nada, ni está pasando, ni pasará nunca. Este es un pueblo feliz" Cien años de soledad.
Estimados compañeros:
Hace unos días, desde el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España se ha publicado un documento titulado "Balance de las actuaciones LSCP 2013-2014".
En dicho documento se hace un repaso por las acciones que se han realizado durante estos dos años para intentar neutralizar el ataque a la profesión de arquitecto y a los colegios profesionales que suponían los distintos textos que se fueron conociendo del proyecto de ley.
Pero al analizar este documento se puede constatar que se ha olvidado, y sin embargo es justo dejar constancia, una acción que se realizó en mayo de 2014 con un gran sacrificio de algunos de nosotros. Nos referimos al encierro de trabajo que algunos colegios (los Colegios Andaluces, el Colegio de Extremadura, el Colegio de Murcia y el Colegio de Madrid), con el apoyo de muchos otros compañeros a título particular, llevamos a cabo en Mayo de 2014 en LASEDE del Colegio de Madrid.
Como participantes en esa acción no queremos permitir que la misma caiga en el olvido por la omisión que el CSCAE hace de la misma en el relato histórico oficial de las actuaciones.
Con esa finalidad, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, reunida el 14 de Septiembre de este año, ha tomado el siguiente acuerdo:
1. Afirmar que, además de las actuaciones recogidas por el CSCAE en el documento "Balance de las actuaciones LSCP 2013-2014", se realizó una actuación en la que participó el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, consistente en un encierro de trabajo que tuvo lugar en LASEDE del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid desde el 19 al 22 de Mayo de 2014. 
2. Comunicar este acuerdo a los Colegios Oficiales de Arquitectos de Murcia y Madrid, y al Consejo Andaluz de Colegios de Arquitectos, participantes en dicho encierro.
3. Comunicar este acuerdo al Consejo Superior de Colegios de Arquitectos, solicitando a su Presidente el reconocimiento histórico de esa acción, realizada por Colegios/Consejo que forman parte de la estructura colegial.
4. Hacer público este acuerdo.
Esta acción, cuyo reconocimiento pedimos, tuvo una importante repercusión en los medios de comunicación, y lo que no se puede negar es que el texto de LSCP del 7 de Julio, posterior a la misma, produjo una considerable mejora en el Anteproyecto que se conocía.
Para mantener su recuerdo, adjuntamos enlaces a algunas noticias que aparecieron en medios de comunicación:
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-arquitectos-andaluces-entregan-miercoles-manifiesto-contra-ley-colegios-preven-encerrarse-jueves-20140513151340.html
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-arquitectos-andaluces-inician-encierro-colegio-madrid-contra-ley-colegios-profesionales-dia-24-20140519172012.html
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-arquitectos-murcia-madrid-unen-encierro-arquitectos-andaluces-madrid-contra-ley-colegios-20140520192200.html
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-arquitectos-andaluces-mantienen-encierro-viernes-asamblea-nacional-decide-no-apoyarlo-20140521174354.html
http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-arquitectos-andaluces-suspenden-encierro-colegio-madrid-considerarlo-consejo-superior-inconveniente-20140524133352.html
http://uaaap.blogspot.com.es/2014/05/397-19-22052014-los-arquitectos-se.html

Cuando vuelva a activarse una agresión como la que en aquellos momentos se pretendía contra la arquitectura y los arquitectos, será necesario recordarlo todo.
Septiembre de 2015.
La Junta de Gobierno.

martes, 22 de septiembre de 2015

[424] PREMIOS DE ARQUITECTURA ESPAÑOLA INTERNACIONAL 2015

Convocados por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España. 
Los Premios de Arquitectura Española Internacional, son galardones promovidos por el Foro de Arquitectura Española, espacio de debate constituido bajo la Presidencia del Ministro de Fomento, e integrado por el CSCAE, Colegios de Arquitectos, Fundaciones e Institutos de Arquitectura, Escuelas de Arquitectura y Empresas vinculadas al sector. 
Estos Premios nacen con vocación de premiar a través de distintas categorías la excelencia del trabajo de los arquitectos y empresas españolas vinculadas al sector, y contribuyendo así, a la difusión de los valores culturales de la Arquitectura Española al conjunto de la comunidad internacional, y el compromiso común de continuidad, expansión y apoyo al séctor. 
Ámbito 
Podrán optar a la presente convocatoria profesionales de la arquitectura y empresas colaboradoras de origen español, cuyas propuestas se hayan realizado entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014, y estén ejecutadas fuera del territorio español.
Categorías
PREMIO ARQUITECTURA. Se premiará la obra de arquitectos o empresas españolas de arquitectura en el exterior cuya ejecución haya finalizado en el ámbito cronológico establecido. 
PREMIO PROYECTO DE CONCURSO INTERNACIONAL. Se premiará la propuesta a un concurso para el desarrollo de un trabajo de arquitectura en el exterior presentada por arquitectos españoles. Para participar en esta categoría es necesario que el concurso se haya convocado en el ámbito cronológico establecido, y se haya fallado antes de la presentación de la documentación, con independencia del resultado del mismo. 
PREMIO A LA EMPRESA ESPAÑOLA ASOCIADA. Se premiará la obra ejecutada en el exterior por una empresa promotora o constructora española en la que hayan participado arquitectos españoles, que se haya finalizado en el ámbito cronólogico establececido. 
PREMIO URBANISMO: PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y REALIZACIONES URBANAS. Se premiarán trabajos de arquitectos o empresas españolas de arquitectura en el exterior que tengan por objeto el planeamiento urbanístico o bien realizaciones de dimensión urbana redactadas o ejecutadas en el ámbito cronológico establecido. 
PREMIO AL APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN. Se premiará a personas, empresas o instituciones que apoyen a las empresas españolas de arquitectura en su internacionalización. En esta categoría los miembros del comité de selección y del Jurado podrán formular propuestas para su consideración.
Presentación de propuestas 
La presentación del material será digital a través del siguiente formulario
Bases de la convocatoria
El plazo de presentación de propuestas finaliza 30 de septiembre, a las 14:00 horas.

lunes, 21 de septiembre de 2015

[423] LOS REDUCTORES DE VELOCIDAD EN LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES

.../...Es público y notorio que en la mayoría de los municipios ha proliferado la instalación de elementos reductores de velocidad, como una arma eficaz para evitar el exceso de velocidad en las vías municipales, ante la dificultad de ejercer una policía de vigilancia y prevención, ya sea por falta de medios personales, ya sea por la ineficacia disuasoria de la imposición de multas de tráfico, así como por la dificultad de su tramitación y más aún de su cobro.
Las características de estos elementos reductores de velocidad son diversas, y raramente responden a unos criterios técnicos, por lo cual aparte de cumplir el objetivo de reducir la velocidad de los vehículos, muchas veces suponen un peligro potencial y real para la circulación de vehículos, especialmente para las motocicletas y las bicicletas, objetivo este no deseado y peligroso.../...

jueves, 3 de septiembre de 2015

[422] LA EDIFICABILIDAD DE UN TERRENO INCLUYE TAMBIEN EL SUBSUELO

La edificabilidad de un terreno reconocida por un plan urbanístico, no se limita a la superficie, sino que alcanza también a la posibilidad de construir en el subsuelo. Así lo determina el Tribunal Supremo, en una sentencia de 17 de julio de 2015, que resuelve un litigio entre el propietario de un colegio de Sevilla y la Junta de Andalucía.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimaba el recurso del propietario del centro contra el Acuerdo de la Comisión Provincial de valoraciones de Sevilla, que rechazaba la fijación de una indemnización por la expropiación de un terreno para la instalación de una línea de metro, argumentando, entre otras razones, que se trataba de una construcción realizada en el subsuelo.
Defendía el TSJA que la utilización privativa o el aprovechamiento del subsuelo no estaba reconocida por el Plan Urbanístico vigente, "sin que, por ello, resulte posible reconocer al recurrente indemnización alguna".
El Supremo rechaza los argumentos de la sentencia de instancia y y acepta el recurso de casación. El fallo impone el pago del justiprecio, que calcula teniendo en cuenta tanto la pérdida de edificabilidad del rasante, como a la del subsuelo, ya que ambos usos se ven afectados por la construcción de la línea de metro. El ponente, el magistrado Córdoba Castroverde, determina que "el hecho de que la parcela esté destinada a unos determinados usos -la construcción de un colegio y su equipamiento- no significa que carezca de posibilidades edificatorias", aunque, recuerda, "éstas serán siempre las que le confiera el planeamiento".
El suelo afectado por la servidumbre impuesta por la construcción de la línea de metro, era calificado por el Plan General como suelo de uso dotacional, y estaba destinado "a instalaciones deportivas adyacentes al colegio y aparcamiento para dicho centro".
De acuerdo con esta clasificación, el propietario del colegio había presentado, ante la Gerencia Municipal de Urbanismo de Sevilla, un proyecto para la construcción un aparcamiento en el subsuelo. Una licencia que se entendía otorgada por silencio del organismo tras el informe favorable de la sección técnica del servicio de licencias.
Para Córdoba Castroverde "queda acreditado que era posible la construcción de plazas de garaje en el subsuelo de la finca expropiada", elementos de prueba que el TSJA no apreció en la sentencia recurrida.
El túnel construido, por estar cercano a la superficie, también imposibilitaba edificar en el terreno sobre él y en la franja a ambos lados. Una limitación que "implica un gravamen que debe indemnizarse", según el fallo.
Fuente: El Economista 

lunes, 8 de junio de 2015

[421] IV ENCUESTA DEL SINDICATO DE ARQUITECTOS


Como sabréis, la encuesta del Sindicato de Arquitectos es una referencia obligada en los medios de comunicación a la hora de hablar del estado de la profesión. Esto se debe principalmente a que busca representar a todos los arquitectos y no sólo a los colegiados. Precisamente esta, que es su mayor virtud, es también su mayor dificultad, pues busca representar a una población que no está censada. Por eso hace falta recurrir a técnicas especiales de muestreo como la de este año, que requiere que todo el mundo ayude un poco: Se necesita que todo el mundo sepa cómo se está haciendo la encuesta para que aquellos que reciban la invitación sepan que es importante para la profesión. Este año la encuesta sólo se puede hacer por invitación: es decir, sólo la podremos hacer si alguien a quien conocemos nos invita a hacerla, y lo que es aun más importante: una vez la hayamos contestado, hay que invitar a un muy reducido grupo de personas a hacerla, nunca más de cuatro que cumplan estos requisitos:

-tener el título de arquitecto
-tener menos de 65 años, y
-ser español, residente o emigrado, o ser extranjero residente en España.
El motivo de esto es que cada persona filtra a los siguientes encuestados, de manera que la encuesta se vuelve más y más representativa en cada nueva oleada de participantes. Como veis, se está intentando hacer algo arriegado, y por eso se pide la colaboración de todo el mundo en la difusión, para que todos los arquitectos sepan que es una encuesta rigurosa, seria y necesaria, y que va a redundar en beneficio de todos el contestarla e invitar a otros a participar. ¡Gracias por colaborar!
Fuente: Sindicato de Arquitectos      

martes, 19 de mayo de 2015

[420] X JORNADAS CGPJ-CSCAE

25 años de Jornadas CGPJ-CSCAE
Se han cumplido 25 años desde las primeras Jornadas profesionales Consejo General del Poder Judicial – Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, que organiza la Unión de Arquitectos Peritos Forenses. Se han venido celebrando periódicamente en distintas ciudades: Toledo, Santiago de Compostela, Lanzarote, Girona, Granada, Palma de Mallorca, Logroño, Sevilla y Zaragoza.
Lugar
Para esta X edición de las Jornadas CGPJ-CSCAE ha sido elegida la ciudad de Almería, desde aquí, con el apoyo de nuestro Colegio, hemos puesto todo nuestro interés para que estas Jornadas, que coinciden con el XXV aniversario, sean especialmente amenas, combinando lo profesional con lo lúdico.
Fechas
4, 5 y 6 de junio 2015
Contenido y temas centrales:
El restablecimiento de la legalidad urbanística alterada: la ejecución de sentencias de demolición.
Los procedimientos de vicios en la construcción tras la ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
La responsabilidad civil derivada de inspecciones técnicas de edificios, informes de evaluación de edificios, certificaciones energéticas, proyectos y obras de rehabilitación, memorias técnicas y declaraciones responsables.
La mediación técnica en arquitectura, construcción y urbanismo. Una nueva manera de resolución de conflictos.
Objetivo
El objetivo de las jornadas de trabajo es el análisis de la actuación pericial de los arquitectos ante los Tribunales de Justicia, el conocimiento mutuo de los conflictos que se plantean en el ámbito de la arquitectura, la edificación, las valoraciones inmobiliarias, el urbanismo y la ordenación territorial, y la apreciación de la prueba pericial, entre otros temas de interés común. Tiene especial relevancia el análisis de las novedades legislativas y su percepción por la Magistratura para servir de orientación a los arquitectos y especialmente a los peritos.
Asistentes
Estas Jornadas convocan a expertos, Magistrados, Jueces, Arquitectos, Peritos Judiciales y Forenses, y Abogados, si bien son los arquitectos los que de forma mayoritaria se congregan durante los tres días para evaluar lo que más relevante de la práctica pericial y sus problemas.
Organización
Consejo General del Poder Judicial
Consejo Superior de los Colegiosde Arquitectos de España
Unión de Arquitectos Peritos y Forenses de España
La organización local, corre a cargo del Colegio de Arquitectos de la sede elegida, en estas X Jornadas la institución que actúa como anfitriona es el Colegio Oficial de Arquitectos de Almería, y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos.

martes, 12 de mayo de 2015

[419] CLASES DE ARQUITECTOS MUNICIPALES

.../... Antes de proceder a debatir sobre las diversas clases de arquitecto municipal, es decir, sobre las diversas maneras en que puede plasmarse la relación entre el arquitecto y el Ayuntamiento, conviene tener claro que el debate puede referirse a dos cuestiones muy diversas, si bien conectadas entre si: 
• Primer debate: sobre la posible ilegalidad del arquitecto municipal con contrato laboral o con contrato de servicios.
• Segundo debate: sobre la mejor manera de prestar las funciones del arquitecto municipal entre las diversas fórmulas legales; es decir, entre las diversas fórmulas que sean legales, determinar cuál es la más eficaz y la más eficiente, o la que mejor resultado ofrece para el Ayuntamiento y para los ciudadanos.
No conviene mezclar los dos debates, porque los argumentos que se puedan utilizar en el segundo debate sobre la preferencia de una fórmula sobre las otras, muy fácilmente pueden introducirse en el primer debate sobre la legalidad de alguna de las fórmulas enunciadas, obteniéndose un resultado engañoso.
En primer lugar hay que centrar el debate sobre la posible ilegalidad del arquitecto municipal con contrato laboral o con contrato de servicios. Si como algunos pretenden y afirman, la única manera legal de constituir la relación entre el arquitecto y el Ayuntamiento es mediante la relación funcionarial, el segundo debate ya no tiene sentido, pues no se puede debatir sobre algo que es supuestamente ilegal.
Si como afirmamos otros, la relación laboral entre el arquitecto y el Ayuntamiento es legal, y también es legal la relación de contrato de servicios entre el arquitecto y el Ayuntamiento, se puede proceder al segundo debate: cual es la fórmula más idónea entre las tres que existen y que pueden ser legales, si se constituyen debidamente. Para ello habrá que considerar los tipos de municipio según habitantes, actividad y presupuesto, y otras circunstancias.../...

viernes, 17 de abril de 2015

[418] CARTA DEL PRESIDENTE DEL CSCAE

Estimado/a compañero/a:
En el momento actual de la profesión, me gustaría repasar contigo recientes e importantes acontecimientos relacionados con la tarea del Consejo.
En primer lugar, confirmarte como un hecho contrastado, que la tramitación de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales (LSCP) ha quedado aplazada, al menos hasta que se resuelva el Proceso de Evaluación Mutua de Profesiones Reguladas que está llevando a cabo la Comisión Europea. El Gobierno no la tramitará en esta legislatura según declaró hace unos días el propio Ministro de Economía. Por otro lado, la Secretario General del Partido Popular, Dña. María Dolores de Cospedal ha confirmado la retirada del proyecto de Ley por parte del Ejecutivo y ha prometido, además, una política de apoyo a los colegios profesionales.
Como consecuencia, tras dos largos años de trabajo por parte de los Colegios de Arquitectos y el Consejo Superior, y después de más de 350 acciones, podemos afirmar que el gran esfuerzo desempeñado no ha sido en balde. Como seguramente sabes, la última versión oficial del Anteproyecto preveía ya, la desaparición del Grupo de Trabajo de revisión de las atribuciones profesionales en los ámbitos de la Ingeniería y la Edificación (Adicional 12) e incluía la declaración expresa de la plena vigencia de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). La decisión de no aprobar la Ley durante esta legislatura abre la posibilidad de que el texto pueda incorporar las importantes mejoras que todavía le faltan, especialmente las necesarias para modernizar las instituciones profesionales en España y para modificar aquellas previsiones a nuestro entender perjudiciales o extremadamente negativas que todavía restan.
Haber logrado mantener el ámbito competencial que define y delimita el ejercicio profesional de la Arquitectura constituye seguramente el hito más importante de la profesión desde la aprobación de la LOE en noviembre de 1999. Un logro que es, sin duda, el resultado del esfuerzo colectivo de toda la organización colegial que ha demostrado así su eficacia y su utilidad: la de los Colegios de Arquitectos, la del Consejo Superior y, muy especialmente, la de los arquitectos. Porque sin el compromiso y el apoyo expreso y continuado a las iniciativas y acciones realizadas, nada de ello hubiera sido posible. Te envío, por tanto, mi reconocimiento.
Soy muy consciente de que la satisfacción no puede hacernos caer en ninguna autocomplacencia y menos aún en la pasividad. El importante Proceso de Evaluación Mutua de las Profesiones Reguladas Europeas que terminará en el año 2016 y la posible reactivación posterior de la LSCP nos obliga a estar vigilantes. Sin embargo, hoy por hoy, el Proceso se desarrolla con toda normalidad, con la activa participación del Consejo Superior y con el apoyo expreso del CAE (Consejo de Arquitectos de Europa).
Por su parte, el Pleno de Consejeros ya ha contemplado las acciones a desarrollar durante este año 2015, un año políticamente relevante, disponiendo una estrategia para empezar a conciliar, desde hoy mismo, una Carta de la Arquitectura Española 2015, una carta que la arquitectura española plantearía al nuevo parlamento y al Gobierno que de él emane.
Quiero recordar también dos importantes avances que configuran nuestro contexto actual.
En primer lugar, el reconocimiento del título de máster para todos los arquitectos que terminaron sus estudios antes de la puesta en marcha del proceso de Bolonia, que se desprende del Decreto 967/2014, aprobado el 21 de noviembre. Este importante reconocimiento viene a culminar el proceso de cambios legislativos comenzados el año 2010 con respecto al título y la formación del arquitecto en el Proceso de Bolonia. Un aspecto capital, en el que también hemos conseguido nuestros objetivos.
Por otra parte y en segundo lugar, se ha producido mediante carta de la Directora General de Cultura del 27 de octubre pasado, el reconocimiento escrito (por primera vez de la Administración Cultural del Estado) de que la autoría intelectual de los arquitectos se extiende del proyecto a la obra construida, con los efectos jurídicos y morales que esto supone. Los Colegios y el Consejo estamos impulsando un plan de comunicación para que esto se reconozca y para que se desprendan las consecuencias pertinentes.
Todos conocemos los momentos extremadamente difíciles y dramáticos por los que atraviesa nuestra profesión. Tal parece que el contexto económico en el que trabajamos hubiere dejado de empeorar, lo que es distinto de disfrutar de una clara mejoría. Pero no cabe duda de que debemos plantear también a las Administraciones Públicas y a las autoridades, las imprescindibles y urgentísimas medidas de mejora que la arquitectura necesita. Unas mejoras y unos retos que son claramente de escala estatal y europea. Lo haremos con la confianza y la legitimidad renovada por lo ya conseguido y con voluntad de autoexigencia, autorregulación y compromiso.
Es el momento pues de seguir juntos, aunando esfuerzos y compartiendo aportaciones ante estos nuevos proyectos estatales y europeos orientados a la defensa radical de la Arquitectura y del ejercicio profesional de los arquitectos españoles.
En el convencimiento de que mejorar nuestra comunicación es imprescindible, te adjunto mi intervención ante el Foro Cscae de la Arquitectura Española y una esquemática memoria de las actuaciones del Consejo durante estos últimos cinco años.
Quedo como siempre a tu disposición.
Recibe un fuerte abrazo,
Jordi Ludevid i Anglada
Presidente
(Los resaltes en negrita no aparecen el en texto original)

lunes, 23 de marzo de 2015

[417] LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS. ¿ASOCIACIONES O COLEGIOS?

Reproducimos la ponencia del entonces Secretario General de la Unión Internacional de Arquitectos (UIA), Jordi Farrando, en una de las mesas redondas del IV Congreso de Arquitectos de España celebrado en Valencia en 2009.
Consideramos la lectura de este documento, de especial interés para nuestro colectivo tanto de dirigentes como de "dirigidos", en estos momentos en los que todos nuestros entes colegiales se están cuestionando la difícil tarea de enfrentarse a la situación de crisis que asola al sector.
Trata en el escrito, asuntos como los objetivos, las funciones y la evolución de estas organizaciones, aportando una interesante visión de como se afrontan esas situaciones en otros países.
Jordi Farrando plantea la duda de qué forma organizativa debieran adoptar las entidades profesionales de los Arquitectos y que terminan sintetizandose en una fórmula disyuntiva que parece invitarnos a optar entre una organización de tipo colegial y una organización de tipo asociativo.
Pese a tener una cierta lógica, esta dualidad conduce a menudo a reducir el problema, a la obligatoriedad o no de la adscripción de sus miembros. El Colegio correspondería a una organización de adscripción obligatoria para el ejercicio de la profesión mientras que la Asociación respondería a una fórmula organizativa cuyos miembros se adscribirían a ella con carácter voluntario. Detrás de esta dualidad simplificadora habría, sin embargo, una complejidad de matices que no tienen tanto que ver con la simple obligatoriedad de adscripción como con las múltiples funciones que las organizaciones profesionales ejercen y con el rol que desarrollan en nuestras sociedades.
Entiende Farrando, que en el momento de situar la cuestión en contexto, resulta más oportuno fijarse, de momento, en estos objetivos y en esas funciones que en la obligatoriedad o no de adscripción y que posteriormente sería posible volver a este aspecto con mayor precisión.

lunes, 16 de marzo de 2015

[416] COAM Y CAMCAM ACUERDAN REFORZAR EL APOYO A LOS ARQUITECTOS MUNICIPALES

El Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) y la Asociación Colectivo de Arquitectos Municipales de la Comunidad de Madrid (CAMCAM) han firmado un Convenio de Colaboración mutua cuyo objetivo es conseguir una mayor profesionalización y un mejor canal de comunicación entre los colegiados en ejercicio libre y los arquitectos municipales de manera que se consiga homogeneizar documentación, normativa y procedimientos entre el mayor número de municipios de Madrid. Esta homogeneización, precedida por debates y consensos, redundará en una mayor seguridad tanto para el arquitecto que proyecta como para el que supervisa.
Entre las actuaciones y objetivos previstos se encuentran:
-Velar por el prestigio de la actividad profesional de los arquitectos municipales defendiendo la presencia de los arquitectos municipales en los Ayuntamientos y valorando la labor del arquitecto municipal dentro de la organización municipal como supervisor de proyectos y obras de arquitectura.
-Impulsar la mejora de la situación laboral de los arquitectos municipales proponiendo soluciones que sustituyan figuras obsoletas como los "arquitectos honoríficos" por otras conformes a la legislación laboral.
-Promover la creación de un "Cuerpo Autonómico de Arquitectos Municipales" que permitan la movilidad en el caso, por ejemplo, de promoción interna o de situaciones de acoso.
-Potenciar el perfeccionamiento profesional de los arquitectos municipales creando cursos específicos de formación y reciclaje tanto en normativa técnica como administrativa asi como potenciando encuentros y foros de debate sobre interpretación normativa y homogeneización de procesos y disponiendo de medios de comunicación con el colegiado en ejercicio libre al que transmitir los resultados de dichos foros.
Fuente: COAM 

lunes, 2 de marzo de 2015

[415] CLIENTES VS ARQUITECTOS

El trabajo de arquitecto no es una profesión en donde existan unos patrones fijos a seguir que garanticen el éxito. No solo ejercemos de arquitectos, también de psicólogos. Utilizamos la palabra psicología a la hora de analizar o estudiar el tipo de cliente que nos encarga un proyecto. Cuales son sus gustos, manías, fobias, costumbres, ... en definitiva cual es su personalidad. Aunque cada persona es un mundo y no es bueno generalizar, lo que si es seguro es que hay personalidades ya marcadas que se ven venir a la legua. 
Por lo tanto, para adelantar trabajo y saber de que pie cojea cada uno, te mostramos los diferentes perfiles de clientes que te puedes encontrar a lo largo de tu trayectoria profesional en el mundo de la arquitectura:
1. El familiar
Empezamos con el que primero que te dará una oportunidad a la hora de realizar un proyecto. La dificultad del mismo es proporcional al grado de parentesco que tengas con esa persona ya que no es lo mismo hacerle la casa a tu primo que a un primo segundo de tu madre.
Con este tipo de clientes deberás caminar con pies de plomo ya que abusarán en exceso de tu confianza, sobre todo a la hora de pactar los honorarios ... "Que soy tu primo, coño", te dirán.
2. La administración
Si tienes la suerte de ganar algún concurso o ser invitado a realizar un proyecto para la administración pública no se si darte la enhorabuena o el pésame.
Es probable que se convierta en el cliente más impertinente que te encuentres, no tanto en el tema formal o estético del proyecto, sino en el tema normativo y administrativo. Por muy bien que manejes el tema jurídico siempre te cruzarás con el funcionario de turno que le pondrá pegas a todo lo que has presentado.
A la hora de cobrar no deberías de tener problemas, pues la administración suele pagar ... tarde, pero paga.
3. El listo
Cuidado con este que es el típico "arquitecto-ingeniero-economista-abogado-carpintero-fontanero" que lo sabe todo y siempre ha de quedar por encima tuya. El trato con este tipo de personas puede resultar complicado dependiendo de la paciencia y el aguante que cada uno tenga.
Ojalá no te ocurra nunca, pero se puede dar el caso de que "el listo" coincida con "el familiar" y si esto sucediera el proyecto se convierte automáticamente en un grano en la nalga.
Si aguantas y no lo has mandado a donde San Pedro perdió la bicicleta no tendrás problemas para cobrar al final, sobre todo si se ha hecho tal y como el decía.
4. El Valiente
Este tipo de personaje es más peligroso que un elefante en una cacharrería ya que suele actuar por impulso, por instinto, sin importarle nada; el típico que hace las cosas y luego pregunta como se hacen.
Lo normal con este tipo de clientes es que te encarguen una legalización de algo que hicieron sin licencia, por lo que ahí siempre tienes la sartén por el mango y puedes pedir unos honorarios decentes ...hasta que llegue algún compañero que se lo haga por la mitad.
5. El admirador
Al estudio te pueden llegar clientes con fotografías o recortes de prensa de edificios de algún arquitecto "mediático" tipo Zaha Hadid, Frank Gehry, etc. y que quieren algo similar para su proyecto ... para los gustos los colores. Esto está muy bien pero lo primero que debes hacer es explicarle lo que es la escala, no es igual un auditorio que la reforma de su piso
Aún así ya te digo que este será buen cliente, ya que pondrá interés en lo que haces y por lo menos se le ve que tienes inquietudes y gustos diferentes a lo que nos solemos encontrar.
6. El desaseado
Si amigos si, no me digan que no se han encontrado a ese cliente que huye del agua, y con esto no me refiero a que en su chalet no quiera piscina, me refiero a aquella persona que no se lava, o que no lo hace diariamente como las personas normales.
Procura que las reuniones que tengas con este cliente sean rápidas, ve al grano e intenta que no se enrolle demasiado ya que tu salud corre serio peligro. Ayuda bastante tener el tipo ambientador tipo "pino verde" con olor a menta que mitigue el aroma del cliente, lo que viene siendo una "guerra química".
7. El despistado
Sin lugar a dudas este es el tipo de cliente que no te conviene tener. Su despiste generalizado influirá en tu manera de trabajar ya que una vez tengas redactado y visado el proyecto se acordará de algo que te lo hará cambiar por completo, ralentizando tu trabajo y tirando por la borda los plazos que te marcabas en un principio.
Por supuesto a la hora de cobrar ármate de paciencia porque cuando le preguntes que porqué no te ha pagado te contestará " Es que me despisté".
8. El indeciso
También es un cliente catalogado como peligroso. Cuando quedes con el para enseñarle el proyecto le tendrás que llevar al menos cinco propuestas diferentes y, aun así, no lo verá claro.
Una vez consigas convencerlo y de el visto bueno al proyecto, la dirección de la obra se volverá cuanto menos curiosa y desde ya te digo que lo que presentaste para su visado no coincidirá en nada con lo presentado para el final de obra.
Seguramente nos encontraremos con otro tipo de perfiles, pero en líneas generales uno se puede hacer una idea de los tipos de clientes que se va a encontrar en su vida laboral.

lunes, 9 de febrero de 2015

[414] 10 BUENOS HABITOS ESENCIALES PARA UN ARQUITECTO

1. Dibuja
Sobre todo a mano, es difícil encontrar tiempo y hueco para hacerlo dentro de nuestros ocupados escritorios llenos de ratones, teclados, tabletas y móviles, pero deberías encontrar un espacio para hacerlo. El dibujo es un medio de comunicación brutal, permite expresar ideas y conceptos de una manera sencilla, con tus compañeros, con un constructor o con el cliente. Es un hábito que se olvida y debemos tenerlo fresco para poder utilizarlo en cualquier momento.
2. Viaja
Conocer otros paises y otras culturas es importantísimo, ver como solucionan los problemas arquitectos de otras partes del mundo, puede abrir tu mente y ayudarte en muchos de tus problemas proyectuales cotidianos.
3. Haz frente a las críticas
Como en cualquier trabajo creativo, la arquitectura no exenta de ser criticada, lo importante no es la crítica, es como la enfrentas, y como las respondes, no vale ponerse una coraza, hay que dejar de lado el ego, prueba a criticar tú propio trabajo y busca los porqués.
4. Lee
Este hábito te hace fuerte, el mundo no se paró cuando saliste de la universidad, incluso dentro de ella estaban pasando muchas cosas de las que no eres consciente. Lee revistas técnicas y también de diseño, libros y otras publicaciones, no necesariamente de arquitectura, harán que tomes una perspectiva global.
5. Sal de la oficina
Ve a la obra, habla con los constructores, con los operarios, te darás cuenta de que el proceso de la arquitectura va mucho más allá del desarrollo del proyecto y serás capaz de encontrar fallos en el diseño que ni se te habían planteado, y podrás incorporar estas mejoras a tus futuros proyectos. Además si hace sol te pondrás moreno.
6. Escucha
Hay muchos arquitectos que dicen: “Mi edificio….” no es tu edificio a no ser que seas el propietario, nosotros prestamos nuestros servicios a un cliente, ponte en su lugar y escucha sus necesidades y sobre todo, intenta resolver sus inquietudes, propón cosas, pero no impongas. Intenta meterte en la piel de los demás para descubrir que es exactamente lo que necesitan.
7. Piensa
Un buen proyecto no nace de juntar las cosas que te gustan de otros y servirselo al cliente, desarrolla tu propio estilo, o si lo prefieres se ecléptico. Visita el sitio, habla con tus clientes y no te preocupes por descartar un proyecto entero en pos de una mejor solución. Las mejores proyectos son los que solucionan necesidades no los que introducen “solucionadores” a problemas innecesarios.
8. Se valiente al hablar
Y sobre todo habla con sinceridad, nuestras palabras son importantes, más de lo que nos pensamos, piensa dos veces lo que vas a decir pero dilo. Somos profesionales y así somos percibidos por nuestro entorno, no te quedes de brazos cruzados, asesora a tus clientes, opina, comenta y resuelve problemas.
9. Afíliate
Si nosotros no defendemos nuestros derechos ¿quién lo va a hacer? un ejemplo muy claro en España lo tenemos con la LSP, debemos ser capaces de proteger nuestra profesión ya que es la manera que tenemos de ganarnos la vida. Únete a alguna asociación y se activo.
10. Ten una vida fuera del trabajo
Esto es complicado en nuestra profesión por que solemos pasar demasiadas horas enfrascados en nuestros trabajos, por eso es importante tener una vida social paralela y compatible, salir a tomar algo, relacionarte, hacer algo de deporte y sobre todo desconectar de vez en cuando. Hay un mundo fuera de la arquitectura, amplia tus horizontes.