miércoles, 23 de abril de 2025

[714] Respuesta de un Ayuntamiento valiente al Registro de la Propiedad sobre la resolución recogida en el artículo 28.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

«Con la documentación aportada de obra nueva desde el Registro de la Propiedad no se puede establecer ni la ubicación, ni la concreta situación urbanística de la misma, ni la delimitación de su contenido, ni establecer indicación expresa de las limitaciones que pudiesen imponer al propietario por lo que se le solicita al Sr/Sra Registrador/a que inscriba la presente resolución por nota al margen de la inscripción de la obra nueva de referencia haciendo constar que para emitir desde este Ayuntamiento la resolución recogida en el artículo 28.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, el interesado deberá solicitarla en el Ayuntamiento abonando las tasas oportunas y aportando la documentación requerida por el mismo advirtiendo que sin la constancia en el Registro de la referida resolución no se podrán realizar nuevas inscripciones sobre la finca que supongan transmisiones de la misma.»

lunes, 7 de abril de 2025

[713] Decálogo para abordar la escasez de vivienda en España

 

Con las aportaciones de los principales agentes del sector
Una mirada constructiva: Decálogo para abordar la escasez de vivienda en España
La Confederación Nacional de la Construcción (CNC), la Asociación de Promotores Constructores de España (APCEspaña), el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y el Consejo General de Arquitectura Técnica de España (CGATE), como principales entidades representativas del sector de la construcción, promoción, arquitectura y arquitectura técnica de nuestro país, señalan los diez principios fundamentales para abordar la crisis de la vivienda en España.
Un decálogo que se presenta con motivo de la inminente celebración de Construmat, el Salón Internacional de la Construcción, que actúa como altavoz sectorial y que reunirá el próximo mes de mayo en Barcelona a todos los agentes del sector y a representantes de diferentes administraciones para debatir soluciones a esta problemática a partir de las siguientes premisas:
1. Aumento de la oferta de vivienda: Es imprescindible incrementar la creación de todas las tipologías de vivienda (libres, asequibles y sociales), tanto en venta como en alquiler. Se necesitan al menos 220.000 viviendas anuales para equilibrar el mercado y responder a la creciente demanda, evitando un déficit que podría superar los tres millones de viviendas en 2039.
2. Agilización de la transformación y gestión del suelo: Es imprescindible disponer de suelo finalista. Por ello, se demanda una gestión del suelo ágil, con todas las garantías y seguridad jurídica. En la actualidad, se trata de un proceso complejo y lento; el tiempo medio necesario para desarrollar nuevos proyectos es de entre 10 y 15 años. Esto complica la puesta en carga de nuevos suelos en un momento en el que se necesita para desarrollar la oferta de vivienda asequible que precisa España. La reforma de la Ley del Suelo es prioritaria para desencallar los planeamientos paralizados.
3. Unificación normativa, agilidad y mejoras en el proceso de concesión de licencias: Dos procesos esenciales para garantizar la seguridad jurídica y atraer inversión. Un marco regulador claro y estable, libre de arbitrariedades y con criterios unificados, no solo reduce la carga burocrática, sino que también fomenta y agiliza la actividad promotora. Asimismo, la digitalización y el uso de tecnologías como la Inteligencia Artificial pueden optimizar la gestión administrativa, acortando plazos y mejorando la eficiencia en la tramitación de licencias. Es responsabilidad de la Administración en todos sus ámbitos dotarse de los medios y recursos necesarios para cumplir con la legalidad vigente.
4. Fiscalidad adecuada y financiación accesible: La vivienda soporta una carga fiscal excesiva, con impuestos que representan hasta un 25% del precio final. Se deben establecer incentivos fiscales para la promoción de vivienda asequible y reforzar la financiación mediante líneas ICO y colaboraciones con el Banco Europeo de Inversiones.
5. Colaboración público-privada efectiva: La administración por sí sola no puede resolver el problema. Es imprescindible un marco estable de colaboración con el sector privado para maximizar los recursos y la eficiencia en la construcción y gestión de viviendas asequibles.
6. Impulso a la rehabilitación y regeneración urbana: La rehabilitación debe jugar un papel clave en la transformación y aumento del parque de viviendas existente. Es necesario establecer ayudas estables y accesibles -sin una tramitación compleja para fomentar la rehabilitación de edificios y su entrada en los mercados de venta y alquiler a un precio asequible.
7. Apostar por la sostenibilidad, la industrialización, y la calidad arquitectónica: La construcción debe alinearse con los objetivos de descarbonización y eficiencia energética de la Unión Europea. Se requiere apoyo a la industrialización del sector, garantizando financiación específica, seguridad jurídica, agilidad en el marco regulatorio y normativas claras que favorezcan este modelo constructivo, haciéndolo compatible con la construcción tradicional y la preservación de oficios y garantizando la calidad arquitectónica.
8. Necesidad de atraer e incorporar más mano de obra: El sector necesita abordar la falta de mano de obra, tanto cualificada como no cualificada, un problema que dificulta la materialización de proyectos de obra nueva, rehabilitación de edificios o reconstrucción de inmuebles afectados por desastres naturales. A corto y medio plazo, se estima que el sector precisaría incorporar alrededor de 700.000 trabajadores para no poner en riesgo la ejecución de proyectos clave. Entre otras acciones, se propone una campaña de mejora de imagen y un plan de choque para adecuar y adaptar la Formación Profesional a las necesidades del sector, así como la regularización de migrantes con formación específica y la promoción de la contratación de jóvenes, de mujeres y de aquellos trabajadores que se vieron obligados a abandonar el sector en crisis anteriores.
9. Garantizar una dotación presupuestaria suficiente y estable: Las políticas de vivienda deben contar con fondos adecuados y sostenidos en el tiempo para ser efectivas. No se pueden limitar a anuncios sin respaldo económico real.
10. Pacto de Estado por la vivienda: Es urgente alcanzar un consenso político que trascienda legislaturas y permita abordar el problema de la vivienda con una visión a largo plazo. Es hora de pasar de los discursos a la acción y garantizar soluciones duraderas para el acceso a la vivienda de las generaciones presentes y futuras.
Madrid, 3 de abril de 2025

viernes, 4 de abril de 2025

[712] El inspector del territorio. No hay bis sin ter

Aunque la actual legislación establece claramente las competencias de las diferentes administraciones con respecto al urbanismo y el medioambiente en España, no deja de sorprendernos como, el cambio tan radical que supuso para las competencias sobre estas materias la instauración del estado de las autonomías hace ya más de 40 años, no se haya visto reflejado desde entonces en ninguna ley de base estatal que afecte al funcionamiento de nuestros ayuntamientos con respecto a estas cuestiones.
Haciendo un poco de historia, la organización de la Administración Local, tal como la conocemos hoy en día tiene su antecedente en el Estatuto Provincial del año 1925, fruto y creación del que fue Ministro de Hacienda José Calvo Sotelo. Muchas de las ideas maestras del Estatuto de Calvo Sotelo, aún perduran hoy en día. En ese estatuto como apunte, en referencia a los tipos de funcionarios, se establecían tres grandes grupos, por un lado los secretarios, por otro los interventores y en tercer lugar un último bloque donde se englobaban al resto de los técnicos, ingenieros, arquitectos, abogados, médicos, farmacéuticos, veterinarios, archiveros y practicantes. Mucho han cambiado las competencias locales desde entonces, pero poco en otras cuestiones.
La modificación legislativa más importante del Estatuto de Calvo Sotelo, se produjo en el año 1955, cuando se aprobó la Ley de Régimen Local y sus famosos Reglamentos de desarrollo, siendo ministro de Gobernación Blas Pérez González. Tanto la Ley como los Reglamentos han perdurado hasta nuestros días, con pequeñas variantes. Como innovación más significativa respecto a los tipos de funcionarios se estableció en dicha Ley una nueva subescala, la de los depositarios, los actuales tesoreros. Para finalizar este pequeño periplo legislativo, con la Ley 7/1985 Reguladora de Bases de la Administración Local se adaptó la normativa de régimen local a la Constitución de 1978.
Desde esta reflexión propongo que, para mejorar la calidad, eficacia y eficiencia del actual sistema de empleo público en relación con las nuevas competencias autonómicas sobre el urbanismo y medio ambiente, en la Ley de la función Pública de la Administración General del Estado se incluya una disposición adicional que recoja la incorporación de un nuevo artículo a la Ley 7/1985 Reguladora de Bases de la Administración Local en los siguientes términos:
Artículo 92 ter. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter autonómico
1. Es función pública en las Corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de administración local con habilitación de carácter autonómico:
a) El control y fiscalización del urbanismo, la ordenación del territorio y el medio ambiente.
2. La escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter autonómico la conforma:
a) Inspector del territorio al que corresponden las funciones contenidas en el apartado 1.a) anterior.
3. El régimen jurídico de la escala contenida en el apartado 2.a) anterior se desarrollará en la correspondiente legislación reguladora de la Función Pública de las comunidades autónomas.
Con esta iniciativa, el Estado daría la opción a que cada autonomía recogiese o no esa iniciativa y que esta fuese regulada en su correspondiente Ley de la función Pública Autonómica.
Rafael González Millán. Presidente de la UAAAP/CSCAE

martes, 1 de abril de 2025

[711] La inteligencia artificial aplicada a la tramitación administrativa del urbanismo desde dentro y desde fuera de la administración

Los retrasos en las concesiones de licencias de obras se producen en muchas ocasiones en ayuntamientos donde no hay una buena gestión municipal de recursos y protocolos. Os invitamos a conectaros a esta sesión de trabajo que nos va a introducir en las posibilidades que nos viene a aportar la inteligencia artificial para la optimización de esos recursos y protocolos. Ya no es el futuro, es el presente. 
GUIÓN DE LA SESIÓN
•La optimización de este sistema se debe perseguir no solo desde dentro de la administración sino también desde fuera.
•La correcta estructuración de la documentación que se presenta para la obtención de autorizaciones administrativas ayuda a la IA.
•La correcta estructuración de la normativa urbanística que sirve de base para la obtención de autorizaciones administrativas ayuda a la IA.
•No es necesario el BIM para aplicar la IA a la tramitación administrativa del urbanismo.
•La IA es una potente herramienta que ayuda a los técnicos de la administración pero que en ningún caso los sustituye.
•La cantidad no es sinónimo de calidad. La IA nos puede ayudar a reducir documentación, a encontrar normativa de aplicación y a optimizar la estructura de nuestro trabajo dentro y fuera de la administración.
DIA: Jueves 24 de abril de 2025
HORA: 17:00
ACCESO: Libre sin inscripción previa en el siguiente enlace ZOOM
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