jueves, 21 de noviembre de 2013

[363] LA MORAL DEL TRONCO SECO

Deontología Profesional y Político-Institucional.
Los colectivos profesionales han movilizado históricamente sus recursos lingüísticos y jurídicos para plasmar, con variada fortuna, sus deseos de presentar una imagen pulcra hacia el exterior con sus Códigos de Deontología Profesional que se convierten, como sabemos, en deberes listados, finitos y limitados de obligada exigencia para los profesionales en su ejercicio, a la vez que muestra de calidad hacia los ciudadanos.
Si preguntásemos a médicos, citarían entre sus antecedentes más lejanos en el tiempo el juramento de Hipócrates, si bien entre la comunidad científica de biólogos, químicos, farmacéuticos y doctores, temas de última ingeniería como los órganos artificiales o la clonación humana condicionan a una revisión continuada de los principios inspiradores de su ética particular, lo cual tienen muy en cuenta.
Si preguntásemos a abogados, nos dictarían entre sus principios deontológicos, probidad y veracidad. Aunque pueda parecernos primitivo desde nuestra perspectiva de técnicos y ajenos, la probidad o “principio de buena fe”, lo conciben en las diversas ramas del Derecho como la condición de rectitud, transparencia, o actitud de servicio público, que se contrapone, según ellos, a la corrupción. Evidentemente, existen “ejemplares” de letrados que más bien pudieran enmarcarse dentro de lo contrario a todo esto, atendiendo a sus malas prácticas habituales, censurables. Allá las Comisiones de Deontología que los procesen. No obstante, la reciente aprobación unánime por el Consejo General de la Abogacía de la Reforma Integral de sus Estatutos y Códigos, se encamina en las líneas que las legislaciones sobre Transparencia en España y la propia LCSP van proponiendo. Ya Jeremy Bentham (“Deontology or Science of Morality”, 1834) argumentó que la Deontología no es un disciplina estrictamente normativa e inmóvil, sino fundada en deberes morales y empíricos, revisables por naturaleza y necesidad evolutiva.
Esta teoría del DEBER SER pretende en la vida colegial empapar la conciencia y actitud del profesional en su trabajo cotidiano, lo cual incluye a quienes asumen la responsabilidad de dirigirlos política e institucionalmente, porque la Deontología se entiende a partir de sus fines (el mayor bienestar posible, para la mayoría, y de la mejor forma posible) y desde las Instituciones Colegiales que los impulsan. ”Aprender haciendo las virtudes cívicas y las políticas más sabias”, que dijo Aristóteles.
Porque el DEBER SER es un movimiento que se demuestra avanzando, en una sociedad cambiante en la que los arquitectos nos incluimos, y se hace camino al andar. No caminar hacia los objetivos de probidad y transparencia debido a negativas de algunos de nuestros dirigentes CSCAE ante iniciativas relacionadas con estos principios, quizás no infrinja códigos o listados finitos en su limitada expresión, pero sí va contra los Principios Generadores de la Deontología General de la Profesión y su dignidad más amplios según las tesis expuestas. De un tronco seco, con dificultad pueden obtenerse frutos de temporada.
Confío en que la transparencia y su hermana mayor, la libertad de expresión, no sean agraviadas de forma simultánea por lo que mi humilde opinión aporta. 
Miriam Dabrio Soldán, Vocal de la UAAAP y Secretaria de la Comisión de Deontología del COA de Huelva.

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