miércoles, 9 de marzo de 2016

[454] PROPUESTAS DE NUEVAS BASES CONCEPTUALES E INSTRUMENTALES PARA LA RENOVACIÓN/REGENERACIÓN DEL URBANISMO EN ESPAÑA.

1. Iniciar el proceso de renovación/regeneración del urbanismo incorporando los derechos ciudadanos en la ciudad reconocidos en la Carta Europea de Salvaguarda y en la Carta-Agenda Mundial.
■Derecho efectivo a una vivienda digna, a los servicios y equipamientos básicos, y a espacios públicos de calidad por su situación urbana y territorial y su arquitectura.
■Derecho a la accesibilidad a través de una movilidad sostenible, basada en la reducción de la movilidad obligada por proximidad de los usos vivienda-servicios-actividad económica, y con prioridad a los modos de transporte individuales blandos y los colectivos. 
■Derecho a la calidad ambiental y eficiencia energética del medio urbano, tanto de las redes de servicios como de las edificaciones, sobre todo a través de mejoras en lo ya urbanizado y construido. 
■Derecho a la participación ciudadana en los procesos de planificación, gestión y evaluación y a una gobernanza abierta, ética y transparente.
■Los derechos de la ciudadanía deben corresponderse, así mismo, con los deberes inherentes al ejercicio pleno de esta condición, como por ejemplo sobre la participación ciudadana, la convivencia o las obligaciones fiscales. 
2. Priorizar el derecho a la vivienda digna y a la calidad del hábitat urbano, que en la coyuntura actual y la previsible a medio plazo implica la intervención activa en la ciudad urbanizada y construida, principalmente a través de políticas urbanas integrales en los barrios. 
■La prioridad del urbanismo debe ser producir las condiciones para hacer efectivo el derecho de la población a una vivienda digna y asequible y a un hábitat urbano de calidad desde los espacios públicos, servicios y equipamientos.
■Los conflictos actuales han aparecido por la ruptura del pacto social entre capital y población, que ha dado como resultado un cambio profundo sobre la demanda de vivienda y una escasez de viviendas asequibles. 
■Hay que diferenciar claramente las necesidades de vivienda de la población residente con las otras formas de alojamiento de uso temporal, sea turístico o no, lo que afecta también a las características de los espacios públicos y a los servicios y equipamientos. 
3. Asumir y potenciar el papel fundamental de la participación de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones, en la implantación de las propuestas y en la evaluación de los resultados de las actuaciones urbanísticas y territoriales. 
■Un relato fundamental para la recomposición del urbanismo es el referido a la participación de la ciudadanía, en tanto que destinatario principal de todas las políticas urbanas y territoriales, participación de debe desarrollarse desde el mismo inicio de los procesos de planificación y ejecución. 
■La participación efectiva sólo puede ser el resultado de un proceso de información comprensible para el ciudadano, necesario para su implicación y complicidad en las propuestas, y de un esfuerzo de pedagogía por parte de los técnicos y de las instituciones. 
■Como arquitectos necesitamos conocer mejor y manejar más las herramientas de comunicación generadas por los nuevos entornos digitales, como la emergencia de las nuevas fuentes de información –open data- y sus herramientas operativas, las nuevas tecnologías de apoyo a la toma de decisiones y al seguimiento de su aplicación y resultados -smart urban planning-, o la aplicación de métodos de evaluación de resultados y de eficiencia, no únicamente cuantitativos
4. Establecer que las plusvalías en los valores del suelo y las edificaciones derivadas de la acción urbanística en la mejora y extensión de las ciudades deben ser públicas, como consecuencia de la función pública del urbanismo, compartidas con la iniciativa privada según su nivel de participación en los procesos de gestión y ejecución, y reconociendo el valor inicial del suelo. 
■Hay una oportunidad para intervenir en los mercados de suelo e inmobiliario antes que resurjan nuevos procesos especulativos fomentados desde la inversión financiera; el mercado inmobiliario, sobre todo el de la vivienda de los ciudadanos residentes, debe evolucionar desde el actual modelo dual hacia un modelo unitario, donde los valores de la oferta privada y la pública estén interrelacionados, tanto en venta como en alquiler u otras formas de tenencia y uso. 
■Los valores de suelo y de las edificaciones deben ayudar al desarrollo de un modelo económico eficiente y equilibrado, eliminando de raíz las causas de las dinámicas especulativas que inciden negativamente en el conjunto del sistema económico por el peso y la importancia del sector inmobiliario, por que distorsionan negativamente la finalidad del propio mercado inmobiliario de proveer suelos y edificaciones asequibles a los usuarios, y por el objetivo de un urbanismo inclusivo que evite los riesgos de segregación espacial de usos y personas, por ejemplo, los procesos de “gentrificación”. 
5. El respeto al derecho de propiedad debe seguir siendo compatible con la exigencia de su función social, tanto en lo referente a los usos del suelo como de las edificaciones, en especial en relación a las malas praxis de abandono en su mantenimiento y/o desuso.
■La función social de la propiedad, reconocida desde los orígenes del urbanismo en España en el siglo XIX, se concreta en el caso de la propiedad del suelo en las obligaciones que han asumido los propietarios en la medida que se les han atribuido la mayor parte de los derechos en el desarrollo de las actuaciones urbanísticas y en las limitaciones a la urbanización, edificación y usos a través de los planes y normas. 
■Esta función social de la propiedad debe ser extendida a la edificación y vinculados a los derechos y obligaciones del suelo, y por lo tanto, además de las tradicionales obligaciones de mantenimiento de la seguridad, salubridad y ornato público, deben ser exigidas y corregidas en las situaciones de malas praxis, por abandono de las obligaciones sobre las edificaciones o por ausencia injustificada de uso, exigencia especialmente relevante ante situaciones de graves necesidades sociales, lo que debe llevar a la aplicación de los mecanismos correctores ya previstos o nuevos. 
6. Implementar modelos adaptables en la ordenación y gestión de la ciudad frente al tradicional modelo de urbanismo rígido basado en prognosis desfasadas cuando entran en vigor y con una excesiva duración temporal, modelo agotado y superado por la aceleración e intensidad de los cambios sociales, económicos y ambientales.
■Constatada la obsolescencia del modelo de planeamiento basado en la Ley de 1956 y evoluciones posteriores, hay que crear y desarrollar modelos más diversificados que aborden tanto el plan de estructura de escala municipal (el “avance de plan” como herramienta para las propuestas a medio y largo plazo, a 10 años mínimo) con el planeamiento de desarrollo adaptado a cada situación y coyuntura concreta, siempre bajo el liderazgo público, y a su vez, reconocer las dimensiones supramunicipales de muchos temas relevantes, como la ordenación de los sistemas territoriales. 
■Hay que potenciar el planeamiento del fragmento frente a la “caja cerrada” del planeamiento general, poco eficiente para adaptarse a las condiciones del contexto, recuperando y desarrollando el planeamiento (integral) de los barrios. 
7. Centrar la acción urbanística en la mejora de lo urbanizado y construido, con renovados instrumentos de planificación, financiación y gestión, e incorporar las escalas territoriales de la planificación física, empezando por la protección de los espacios más vulnerables ante la presión de la urbanización y la edificación como son los entornos inmediatos de las ciudades.
■Hay que crear y desarrollar nuevas formas de planificar y ejecutar los procesos de rehabilitación, renovación y regeneración urbanas, partiendo de la base que la lógica rectora es la pública por los intereses colectivos en juego y las dificultades de gestión de la ciudad compleja, contando con la participación de los intereses particulares necesarios para hacer viable la financiación y la ejecución de las actuaciones. 
■Los planes de intervención integral de barrios y áreas urbanas homogéneas pueden ser herramientas adecuadas para abordar estas complejidades, huyendo de las simplificaciones, y que pueden abarcar desde las necesidades de los centros históricos hasta las urbanizaciones de baja densidad. 
■Hay que desarrollar políticas de suelo para las actividades económicas y para la vivienda, instrumentos para la regulación de actividades emergentes como el turismo urbano y los servicios, revisar los estándares para equipamientos y servicios, e impulsar procesos alternativos de gestión energética redistributiva. 
■Las estrategias urbanas deben incorporar la escala territorial, empezando por sus relaciones con el entorno no urbano más inmediato, desde las accesibilidades y recorridos, continuidades con los espacios abiertos, red hidrológica, compatibilidades de los usos del suelo, etc.
8. Afrontar un proceso de simplificación significativa de los excesos legislativos y el uso a menudo estéril de las normas para resolver problemas que requieren de planificación, inversión y gestión, alcanzando una situación jurídica más razonable y operativa, que reconozca los marcos europeos que inciden en la planificación física, establezca los contenidos generales a nivel estatal, y desarrolle los instrumentos de planificación, financiación y gestión que corresponden a las comunidades autónomas y a las administraciones más cercanas a la realidad, bajo el principio general de la subsidiariedad.
■Renovación completa de los contenidos de la legislación básica estatal, incorporando las directrices europeas sobre planificación física, actualmente centradas en la regeneración urbana integrada y en las directrices medioambientales, una base a partir de la cual las comunidades autónomas legislen sobre los instrumentos de planificación, financiación y gestión bajo el principio general de la subsidiariedad (y del deber de actuar), en relación a la diversidad de los territorios y las dinámicas sociales y económicas. 
■La legislación municipal, en tanto que es la institución pública más cercana a los ciudadanos, debe clarificar los marcos competenciales e impulsar sus capacidades de financiación y gestión, dadas la necesidades de actualizar las herramientas aplicables desde los ayuntamientos y para los ciudadanos, bajo el principio general de sostenibilidad de la propia administración pública. 
■Hay que establecer marcos comunes y estables para compartir las experiencias surgidas en la aplicación de los instrumentos surgidos de la diversidad territorial, tanto para enriquecer el conocimiento general como para encontrar los elementos comunes que pueden formar parte del marco general de la ordenación del territorio y el urbanismo en España.
9. Avanzar en la articulación del planeamiento con la gobernanza del territorio, resolviendo en las escalas intermunicipales, metropolitanas y territoriales muchas cuestiones que son decisivas para un urbanismo responsable.
■Es necesario avanzar en la implantación de nuevas escalas de gobernanza del territorio, desde el reconocimiento de las situaciones situaciones metropolitanas, las identidades de los sistemas espaciales de referencia para los residentes y las actividades económicas no siempre intramunicipales, y la gestión pública de las escalas territoriales, abordando necesariamente los instrumentos necesarios para unas repercusiones equilibradas entre las diversas partes presentes en cada ámbito.
■Hay cuestiones que son decisivas para un urbanismo responsable que se sitúan en dimensiones intermunicipales y territoriales, como las evaluaciones de riesgos en la matriz geofísica (inundabilidad, inestabilidad de los suelos, sismografía) o en determinados usos y actividades, y en la ordenación de los espacios abiertos. 
■Son necesarios nuevos instrumentos de planificación física y gestión de las dinámicas económicas, sociales y ambientales del sector primario (agrícolas, forestales y ganaderas), en el reconocimiento de las especificidades de los territorios del turismo (costa, interior y montaña) y en la incorporación efectiva del paisajismo a través de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística
■La planificación espacial sólo debe avanzar en función a las capacidades de gestión y financiación de las administraciones públicas implicadas, y en base a una sustantiva mejora de las coordinaciones interadministrativas, que deben implementarse desde el inicio de los planes y proyectos, y debe basarse en un compromiso efectivo de estas administraciones en su implementación real. 
10. Establecer el interés público de la arquitectura, incluidas sus escalas urbanas y territoriales, con prioridad para la calidad de los espacios públicos y en general del hábitat urbano y territorial.
■Defendemos el papel estratégico de la arquitectura en la construcción de mejores hábitats urbanos y entornos territoriales, y específicamente, la aportación de los arquitectos urbanistas a través de los proyectos urbanísticos y territoriales, como herramientas necesarias para la mejora real de los hábitats en la medida que es una disciplina que trabaja sobre la escala humana y la relaciona con su entorno
■Reivindicamos la importancia de la calidad arquitectónica de los espacios públicos y su mantenimiento, mejora y adaptación constante a nuevas necesidades y la relevancia de la escala urbana de la arquitectura de la edificación y la necesaria integración en su entorno, construido o no.
■Constatamos la práctica de los arquitectos en el trabajo y dirección de equipos multidisciplinares, desde la capacidad de síntesis de problemas complejos y formulación de propuestas realizables a diferentes escalas y con el ejercicio de la autonomía disciplinar plenamente compatible con la confluencia con otros profesionales, competencias de deben seguir estando presentes en su formación inicial y continuada.
■Denunciamos que para desarrollar estas funciones de interés público, los arquitectos deben disponer de los recursos económicos suficientes para desarrollar de manera digna los trabajos relacionados con los procesos de planeamiento y gestión, siempre en un marco de transparencia y competencia justa.
■Los arquitectos, y específicamente los arquitectos urbanistas, hemos acreditado ser un colectivo profesional avanzado en la proyectación y gestión de la ciudad, la ordenación del territorio y el paisaje, en el manejo y la representación de la ciudad -y el territorio- en sus tres dimensiones, y con capacidad casi exclusiva de dar “forma urbis” a los retos, procesos y tendencias del desarrollo urbano, así como preocupados por los retos a los que se enfrenta nuestra sociedad y con voluntad de aportar soluciones viables.
Este documento es el resultado de los debates realizados en Madrid y Cartagena durante el año 2015 organizados por la Unión de Agrupaciones de Arquitectos Urbanistas, a petición realizada por el Plenario del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España en la sesión realizada en Málaga en octubre de 2014. En estos debates han participado en diferentes momentos miembros de las agrupaciones y de los colegios que participan en la Unión y también miembros de la Asociación Española de Técnicos Urbanistas y del Club de Debates Urbanos de Madrid. Fue aprobado por unanimidad del Plenario del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España de 18 de febrero de 2016.
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