martes, 27 de octubre de 2020

[593] La competencia bicefálica del urbanismo en España

Una breve reflexión sobre las competencias que se establecen en materia de urbanismo en España.
Sabido es, que la administración autonómica es quien legisla sobre el urbanismo en su ámbito terrotorial, pero también es sabido que la aplicación de esta legislación le corresponde casi siempre a la administración local. 
Desafortunadamente, en nuestra cultura urbanística, los convenios entre administraciones se convierten casi siempre en brindis al sol que tan solo sirven para rellenar los primeros artículos del título preliminar de cualquier legislación de suelo autonómica que se precie, pero al final todo eso queda en papel mojado.
Las administraciones locales no colaboran suficientemente en la redacción de las leyes urbanísticas quizá por falta de iniciativa o quizá simplemente porque no les dejan, y se ven envueltas, durante las tramitaciones de procedimientos, en una defensa de propuestas cada vez que se dirigen a la administración autonómica, con interpretaciones de leyes en las que no participan.
■Urge establecer por ley la obligación de colaboración real y efectiva en materia de urbanismo entre las administraciones autonómicas y locales.
■Urge revisar las legislaciones sectoriales autonómicas sobre el territorio, no interpretables ni innecesariamente complejas, que faciliten las tramitaciones urbanísticas desde las administraciones locales.
■Urge aprobar normativas que favorezcan la movilidad y promoción de los técnicos de urbanismo entre administraciones locales y autonómicas.
■Urge la implantación de medidas legales que, teniendo en cuenta la realidad constitucional de competencia autonómica sobre el urbanismo, no se olviden del papel esencial y legal que tienen los ayuntamientos en esta materia regulado en el artículo 25 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
■Urge que la sostenibilidad económica de estos procedimientos urbanísticos no solo se justifique desde la perspectiva autonómica sino también desde la local, mediante la asignación de recursos financieros proporcionales a las competencias que asumen cada vez más los ayuntamientos cuando se legisla autonómicamente sobre la materia urbanística.
Rafael González Millán. Presidente de la UAAAP/CSCAE

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