La competencia bicefálica que la legislación vigente en España otorga al urbanismo, por un lado municipal artículo 25.2.a) de la Ley de Bases y por otra autonómica artículo 148 de la Constitución, hace que en muchas ocasiones aparezcan lagunas de interpretación sobre cuestiones urbanísticas entre el legislador autonómico y el municipio que tiene que aplicar esa legislación. Por ello es de agradecer iniciativas como la del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos CACOA, de publicar cuadros aclaratorios sobre la reciente Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA). Iniciativas como esta son perfectamente extrapolables a otras Comunidades Autónomas y a otras Corporaciones Colegiales y desde esta plataforma animamos a ello.
Se está actualizando la tabla sobre silencios en los informes sectoriales
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