miércoles, 13 de abril de 2011

[134] EL ARQUITECTO MUNICIPAL Y LOS EXPEDIENTES SANCIONADORES

Me he preguntado cuál debe ser el papel que debemos desempeñar los Arquitectos Municipales en la Administración Local, tal y como está actualmente estructurada, y que papel podemos desempeñar en lo relativo a la disciplina urbanística y más concretamente en los expedientes sancionadores.
Cuando comencé mi especialización en Derecho Urbanístico mis profesores incidían en que las Leyes debían ser aprendidas desde la comprensión de sus fines y principios, a los que actualmente se denominan exposición de motivos.
El articulado de las leyes debería ser simple deducción de tales principios.
En consecuencia como Arquitectos, herederos de una tradición técnica y humanista proveniente del Renacimiento, portadores de una formación global e integradora de las artes y profesiones que intervienen en el proceso arquitectónico y urbanístico, deberíamos no discutir tanto sobre el articulado de las Leyes, sino preguntarnos cuáles son sus principios y, más concretamente en este caso, cual nuestra participación en la actual situación.
Intervención de D. Eduardo Gutiérrez Cruz, Arquitecto Municipal, en la mesa redonda de  las Segundas Jornadas sobre la Práctica del Urbanismo en la Administración organizadas por las Agrupaciones de Urbanistas y de Arquitectos de la Administración Pública de Sevilla.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Impresionante punto de vista.
Tesis: Como el tema no es muy popular, mejor que lo haga otro...y si ese otro es la Junta, pues mejor todavía.
Solución:
Nosotros los arquitectos a lo nuestro, a tratar de ser populares como en las películas de adolescentes americanas.
Reflexión:
Opiniones así son muy clarificadoras de como algunos compañeros entienden la "función pública". Nuestra profesión, como todas, se compone de multitud de facetas, y evidentemente no todas son igual de agradables.

Anónimo dijo...

Podría estar de acuerdo con el comentario anterior si los expedientes sancionadores en pequeños y medianos municipios se tramitasen al margen de ocultos intereses políticos (el famoso cájón) y de algunos Secretarios que por escurrir su responsabilidad nos asignan a los arquitectos municipales tareas que no son de nuestra competencia. Los arquitectos municipales ya tenemos bastante con ser los "malos de la pelicula" en muchas asuntos urbanísticos y no necesitamos ser instructores de expedientes sancionadores jugando a ser juristas sin formación. Por lo tanto estoy mas del lado del que escribe el artículo, aunque esas ideas vistas sobre una pantalla de ordenador impresionan mas que escuchandolas. Respecto a las administraciones autonómicas y a las actuaciones judiciales, que no se nos olvide que ellos tambien tienen sus atribuciones y sus competencias y que es muy comodo decir... que haga la demolición el Ayuntamiento cuando no siempre eso debe ser así.

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