lunes, 22 de abril de 2013

[308] DERECHO AL REALOJO. LOVE IT OR LIST IT.

"La razón social hipotecaria no existe. Es un concepto absurdo y utópico para el sistema. Aunque las inyecciones de dinero público a las entidades financieras han reconocido tácitamente esta función social en su justificación para que no se colapse el modelo, por la dependencia de nuestras estructuras hacia las mismas; el derecho al realojo, que si se contempla en cualquier procedimiento urbanístico, sin entrar en la situación legal del realojado; no se reconoce en circunstancias de impago de hipoteca.
Ante esto, un ciudadano afectado por desahucio difícilmente podrá discernir la diferencia de ser lanzado en caso A o no serlo en caso B si el resultado puede llegar a ser, perder su casa y todo lo que ello conlleva. Las Administraciones han tratado de distinta forma el derecho a la vivienda, con regulaciones –o más bien ausencia de éstas- que desoyen el principio constitucional principal de forma global.
Hablar de discriminación del derecho de propiedad por tener que asumir el coste de reubicación de personas que van a perder su casa no debiera darse sin hablar también de la evidencia de reconocer un derecho al realojo constitucional por su íntima identificación con el derecho a una vivienda digna, sea por la razón que fuere y en cualquier punto del territorio de nuestro país.
De una vez por todas, sobre el realojo, lo tomamos o lo dejamos, love it or list it."
Miriam Dabrio Soldán, arquitecto
Vocal de la UAAAP por el COA de Huelva
Abril de 2013

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