sábado, 21 de enero de 2012

[196] EL PARO NO AFECTA A LOS CONCEJALES

Comparando los datos del segundo trimestre de 2007 y 2011 puede verse que el número de ocupados en España cayó en más de 2 millones, equivalente a un descenso de 10,1%. En el caso de los ocupados en la Agricultura o en la Industria, la caída ronda el 20%. En la Construcción, el descenso es violento y alcanza al 47%. 
Distinto es el caso de los Servicios, ya que en esos mismos cuatro años ha aumentado el número de ocupados en 0,5%. Dentro de los Servicios hay un oasis de empleo, que es el oficio de concejal. Ajeno a lo que ocurre a su alrededor, el número de concejales aumentó 4,5%, para sumar casi 68.300 personas. Tal es el resultado de la aplicación de normas obsoletas que establecen el aumento automático del número de concejales según crece la población. Tenemos un concejal cada 689 españoles. Peor aún: hay un concejal cada 268 ocupados.

martes, 17 de enero de 2012

[195] ¿EN LOS AYUNTAMIENTOS, 35 O 37 HORAS Y MEDIA A LA SEMANA?

La deficiente redacción del artículo artículo 4º del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público , que bajo la rúbrica “Reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos” no contiene una mención expresa a la Administración Local, ha dado lugar a distintas interpretaciones sobre si la medida resultaba de aplicación al personal de los Ayuntamientos, e incluso al de otras entidades con personalidad jurídica propia vinculadas a las Corporaciones Locales (organismos autónomos o empresas municipales de capital íntegramente municipal, fundamentalmente).

domingo, 15 de enero de 2012

[194] RECOMENDACIONES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SOBRE EL VISADO COLEGIAL

La nueva regulación en materia de visado colegial introducida por la Ley Ómnibus y por el Real Decreto 1000/2010 tiene como principal novedad que el visado pasa a configurarse como un instrumento voluntario con carácter general, con lo que se reducen significativamente los casos en que resulta obligatorio. Esto tiene implicaciones sobre algunos procedimientos que gestionan las Administraciones para los que se requiere la aportación de trabajos profesionales.
Auspiciado por el Gobierno Central, el Grupo de Trabajo sobre Visado Colegial del Comité para la Mejora de la Regulación de las actividades de servicios es un foro creado en enero de 2011 entre las diversas Administraciones Públicas para la puesta en común de las cuestiones suscitadas en el proceso de adaptación a la nueva normativa y de las soluciones aplicadas, así como para la adopción de enfoques eficaces y proporcionados que se ajusten tanto al nuevo marco regulatorio en materia de visados, como a otros cambios más amplios.
El Comité para la Mejora de la Regulación, a la luz del informe elaborado por el Grupo de Trabajo para el análisis de requisitos vinculados a la exigencia de presentación de trabajos sometidos a visado colegial, aprobó en la reunión del 29 de septiembre de 2011 una serie de recomendaciones.

viernes, 13 de enero de 2012

[193] COMO DEBEN VALORAR LOS BANCOS SU PATRIMONIO DE SUELO A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2012

Hay quien opina que existe un grave error de interpretación en el tema de la valoración del suelo urbanizable y del suelo rural. Por ilógico que resulte, el Real Decreto Legislativo 2/2008 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo tiene un ámbito de aplicación tasado y la Orden ECO 805/2003 sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, tiene otro ámbito, y la aplicación de ambas a un mismo suelo puede dar resultados muy diferentes.
Valorar los suelos urbanizables para su inclusión en las carteras de los bancos no está dentro del ámbito de aplicación de la Ley de suelo, sino dentro del ámbito de aplicación de la Orden ECO 805/2003, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras y que establece el valor del suelo urbanizable.
Ver también la ORDEN EHA/564/2008, de 28 de febrero, por la que se modifica la Orden ECO/805/2003.
OTRA OPINIÓN
Más que un un error de interpretación, se debería hablar más bien de un gran exceso de celo. Entre la entrada en vigor de la ley del suelo y la publicación de la modificación que se menciona había mucha confusión con el tema, y muchas entidades y sociedades de control técnico de entidades entendieron que, en aplicación del principio de prudencia valorativa, se debía de valorar el suelo urbanizable como rural. Algo de lógica tenía el planteamiento en algún caso, si bien se fue tanto de las manos que se decidió modificar la ECO sólo por este aspecto. Desde un punto de vista más externo, y descartando lo que hoy en día damos por sentado en valoraciones, no es descabellado valorar el urbanizable como rural bajo la premisa de la prudencia (o al menos tenerlo en cuenta de alguna manera que no sea el dinámico, la ECO ya contempla para ciertos inmuebles el cálculo de 2 valores y la adopción del menor), pero claro que el valor de un suelo en cartera (ya ni te cuento hipotecado) puede pasar de 2.000.000 € a 20.000 € en un año...

martes, 10 de enero de 2012

[192] RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA

La CNC ha resuelto mediante terminación convencional el expediente de los convenios FEMP-Consejos Superiores de Colegios ya que los afectados han propuesto compromisos que resuelven los efectos sobre la competencia derivados de las conductas objeto del expediente y queda garantizado suficientemente el interés público.
La FEMP firmó con los distintos Consejos Superiores de Colegios Profesionales varios convenios para regular la prestación por parte de estos Colegios Profesionales de una serie de servicios consistentes en la verificación normativa y documental que se podrían incorporar a la tramitación de licencias municipales.
Los compromisos ofrecidos por FEMP, y aceptados por el resto de imputados en el expediente, incluyen la rescisión de los convenios firmados, así como de “todos aquellos convenios de contenido similar o análogo” y el compromiso de abstención de firmar convenios de este tipo en el futuro.

lunes, 9 de enero de 2012

[191] LOS BANCOS TIENEN UN AÑO PARA RESOLVER SU PROBLEMA CON EL SUELO

Suelo urbanizable en venta por internet
Un año es exactamente el plazo que el Gobierno de España ha dado a los bancos y cajas españoles para pensar cómo van a resolver el principal problema que ha dejado tras de sí la burbuja inmobiliaria: el suelo, una losa que pesa en sus balances valorada nada menos que en 33.344 millones de euros (datos de junio).
De momento, el 31 de diciembre pasado el Gobierno les echó un valioso capote de última hora aprobando una moratoria que les permitirá valorar sus carteras de suelo tal y como lo han venido haciendo hasta la fecha, es decir, en función de las expectativas de negocio futuras que expresan los planes urbanísticos donde se ubican, en lugar de tasarlos basándose en las perspectivas de negocio reales y actuales, mucho menos optimistas.
El día que vencía el plazo, el Gobierno aplazó un año la norma que obliga a valorar como terreno rústico todo el suelo calificado como urbanizable que no haya sido urbanizado.
En síntesis, en uno de los párrafos [pág. 146578] menos inteligibles del Real Decreto de Medidas Urgentes publicado el pasado viernes, el Gobierno establece una nueva prórroga de un año que impide que el suelo calificado como urbanizable pase a convertirse en suelo rústico y, de esta manera, pierda gran parte de su valor.
Esta es la segunda prorroga que se establece sobre esta cuestión y las preguntas que se nos ocurren son ¿Es que alguien piensa volver a los tiempos pasados? ¿Es esta tan solo una concesión a la Banca por parte del Gobierno para futuras mesas de negociaciones? ¿Que ventajas e inconvenientes hubiera traído la no aplicación de esta moratoria? ¿Que pasará dentro de un año, o antes? Estaremos atentos.
Ir a la noticia

jueves, 5 de enero de 2012

[190] LOS COLEGIOS PROFESIONALES Y LA COMUNICACIÓN

Para conseguir que la imagen de la profesión sea mejor valorada se requiere un esfuerzo constante de comunicación en el marco de un plan de posicionamiento estratégico. Actuaciones locales aisladas, como las de algunos colegios profesionales dinámicos, son positivas pero insuficientes. Debe existir una estrategia global, implantada con rigor y método a escala local por los Colegios y, por supuesto, sociedades profesionales, ya que estas deben implicarse en el proceso de dar a conocer la función social de la profesión.

lunes, 2 de enero de 2012

[189] QUE POCO LE GUSTA AL ARQUITECTO SER POLÍTICO

Que poco le gusta al arquitecto ser político...o que poco le gusta al político trabajar con arquitectos. El Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2011 ha aprobado, a propuesta de la ministra de Fomento, Ana Pastor, el nombramiento de los altos cargos y la nueva estructura del Ministerio de Fomento. Estamos seguros que los elegidos son profesionales perfectamente capacitados para desempeñar su cargo pero nos hubiera gustado ver a algún arquitecto en esa lista. Al fin y al cabo algo tendremos que decir en ese Ministerio.

miércoles, 28 de diciembre de 2011

[188] NUEVA SENTENCIA SOBRE LA BASE IMPONIBLE DEL ICIO

Ya publicamos en junio del 2010 una sentencia similar a la nueva sentencia que ahora os ofrecemos. En el BOE Nº 305, de 20/12/2011 se publicó la Sentencia de 23 de noviembre de 2011, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: "Forma parte de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, regulado en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en el supuesto de instalación de plantas fotovoltaicas de energía solar, el coste de todos los elementos necesarios para la captación de la energía que figuren en el proyecto para el que se solicita la licencia de obras y carezcan de singularidad o identidad propia respecto de la construcción realizada".

martes, 27 de diciembre de 2011

[187] GAUDI EN MANHATTAN

Gaudí en Manhattan: Eine phantastische Erzählung
Gaudí recibió el encargo de proyectar un hotel-rascacielos en 1908, de parte de dos empresarios estadounidenses —de los que no se sabe su nombre— que estaban de paso por Barcelona. Proyectó un edificio de 360 metros de altura —habría sido el más alto de Nueva York en aquel entonces—, con un cuerpo central más alto que los laterales, de forma paraboloide, rematado con una estrella, y flanqueado de ocho cuerpos laterales dedicados a museos, galerías de arte y auditorios, con formas parecidas a la Casa Milà.
Por desgracia, el proyecto no fue llevado finalmente a cabo, quizá por la envergadura del edificio diseñado por Gaudí, que habría supuesto una considerable inversión por parte de los propietarios (el tiempo de construcción se valoraba en 7 u 8 años), y quizá por la falta de tiempo del propio arquitecto, que habría tenido que desplazarse a Nueva York para supervisar las obras, en una época en la que trabajaba simultáneamente en diversos proyectos, como la Sagrada Familia, la Casa Milà, el Parque Güell, la Cripta de la Colonia Güell y la reconstrucción de la Catedral de Mallorca.
Para aquellos que habéis tenido la fortuna de recibir de Papa Noel el regalo de un ebook y para los que no habeis tenido tanta suerte y seguís imprimiendo en folios a doble cara, recibid el regalo de Gaudí en Manhattan, relato corto del escritor Carlos Ruiz Zafón. Hemos pensado que esta puede ser una buena forma de compensar en estas festivas fechas a nuestros fieles seguidores de todas las malas noticias que hemos tenido que publicar en este último año por mantenernos fieles a nuestro compromiso de informar. Carlos, muchas gracias por compartir con nosotros este aperitivo de tu magnífica obra y por acordarte de los arquitectos. No busquéis aquí información, tan solo disfrutad de esta breve lectura.

viernes, 23 de diciembre de 2011

[186] EL ARQUITECTO HA MUERTO

"La arquitectura es el testigo menos sobornable de la historia." Octavio Paz
El arquitecto tradicional está moribundo, y no siento ninguna nostalgia al respecto, los tiempos cambian. Más bien nos corresponde una severa autocrítica por la deriva acontecida. Pero afortunadamente, como siempre acontece, se vislumbra una nueva generación que está buscando un espacio de dignidad, lejos de la arrogancia del ego o del servilismo crematístico. Que yo sepa, la gente seguirá teniendo necesidad de cobijo digno, y allí estarán de nuevo al quite algunos colegas con entusiasmo y sin ínfulas.
¡El arquitecto ha muerto, viva el nuevo arquitecto!
Artículo publicado en El Periodico por el arquitecto Juli Capella

martes, 20 de diciembre de 2011

[185] GOOLZOOM, UN SENCILLO SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA SOBRE GOOGLE MAPS

Para los que aún no lo conozcáis, os recomendamos que visitéis goolzoom, un sencillo sistema de información geográfica sobre Google Maps que nos muestra interesantes y curiosas aplicaciones entre las que podemos destacar:
-Ortofotos históricas para determinar la antigüedad de las edificaciones (apdo. mapas)
-Perfiles longitudinales de recorridos (apdo. medir)
-Cálculo del precio medio de venta/alquiler de viviendas en toda España en radios de hasta 15 Km. tomando como referencias los precios de venta/alquiler que ofrecen distintas empresas inmobiliarias por internet. (apdo. inmuebles)
Este proyecto está actualmente en desarrollo por lo que con el tiempo pensamos que irá mejorando su rendimiento sobre todo a la hora de cargar la información.
Desafortunadamente, para los usuarios habituales, este es un servicio de pago para usos masivos por lo que recomendamos que durante el tiempo en el que sea gratuito intentemos convencer a nuestro Alcalde, Interventor o Delegado de Urbanismo para que el Ayuntamiento se gaste 150 euros al año en esta herramienta tan útil para la gestión urbanística del municipio.

martes, 13 de diciembre de 2011

[184] PUTAS, PERIODISTAS... Y ARQUITECTOS

"Quizá Cela tenía razón y los periodistas (y los arquitectos) están destinados a ser como las putas: trabajando sin horario ni garantías, a menudo de noche, ofreciendo sus servicios al mayor número de clientes posible y soportando a los aprovechados que tratan de regatear los precios o intentan que el servicio les salga gratis, prometiendo traer dinero y respeto en una próxima visita. Solo que no vuelven o lo hacen olvidando ambos. Otra vez."
Leed esto si queréis saber por qué se están pareciendo cada vez más estas tres profesiones.

miércoles, 7 de diciembre de 2011

[183] FELIZ NAVIDAD

La Junta Directiva de la UAAAP os agradece a todos la fidelidad que nos ofreceis siguiendo nuestro Blog y que nos ha llevado a posicionarnos en el ranking Alexa entre las 10.000 webs más visitadas de España. Quisiéramos aprovechar esta oportunidad para desearos una Feliz Navidad.

lunes, 5 de diciembre de 2011

[182] ¿CUANTO CUESTA UN PROYECTO DE ARQUITECTURA?

Con esta aplicación informática podemos calcular los costes generales y laborales de un estudio de arquitectura de hasta 20 empleados. Calcula también las horas de trabajo y costes variables que requiere un encargo de edificación de diferentes tipologías y tamaños y deduce los honorarios a cobrar por un encargo, tales que aseguren una determinada rentabilidad. Proporciona automáticamente valores razonables para la mayor parte de los valores, como las cuotas de la HNA, de la seguridad social, o las del seguro de responsabilidad civil de Asemas. Así se simplifica mucho la introducción de datos: bastará con anotar los específicos del encargo y dar por bueno lo demás. Discrimina las horas requeridas, los costes y los honorarios, por fases del encargo y por empleado, un instrumento eficaz para controlar el desarrollo del trabajo.

viernes, 2 de diciembre de 2011

[181] CUADRADAS O REDONDAS

Tras examinar detenidamente el Código Técnico de la Edificación en sus documentos básicos DB HS Salubridad: Protección frente a la humedad y DB HR Protección frente al Ruido, en lo referente al mejor funcionamiento entre las chimeneas cuadradas o redondas, hemos llegado a la siguiente conclusión.

jueves, 1 de diciembre de 2011

[180] LOS COLEGIOS PROFESIONALES ANTE LA SOCIEDAD

"A veces los arboles no nos dejan ver el bosque"
Confiamos más en quien más conocemos. Si la capacidad de un colectivo profesional es reconocida por la Sociedad, el colectivo en cuestión gana oportunidades. La identidad de una profesión, su personalidad y valores, no puede ser dejada a los vaivenes del libre mercado. Si, por desidia o incapacidad comunicativa, se van difuminando los valores esenciales de una profesión, esta irá perdiendo su personalidad, la esencia, lo que la define y diferencia.
Los Consejos y Colegios Profesionales deben conocer y comunicar a la sociedad los beneficios básicos, desde el punto de vista del cliente, que la profesión aporta a la sociedad y, más concretamente, el beneficio por antonomasia, que siempre es emocional. Es un requisito para proyectar la profesión en la Sociedad y diferenciar su imagen frente a la de los competidores.

martes, 29 de noviembre de 2011

[179] EL TRATAMIENTO DEL ESPACIO URBANO DESDE LA ÓPTICA DE LA FORMA

Nuestra compañera, Mª José Rodríguez-Tarduchy, arquitecta municipal de San Sebastián de los Reyes (Madrid), ha escrito un libro sobre urbanismo. Creemos que es una buena oportunidad para transmitir a la sociedad que los arquitectos municipales también somos capaces de teorizar sobre la ciudad como objeto de estudio y no sólo como nuestro campo de trabajo.
Título: FORMA Y CIUDAD
Autor: Mª José Rodríguez-Tarduchy, con Ignacio Bisbal y Emilio Ontiveros
Edita y distribuye: CINTER
ISBN: 978-84-939305-0-9
Características: Alto: 25cm. Ancho: 20 cm. Grueso: 1,9 cm.
Peso: 966 grs.
Número de páginas: 407
Importe: 25 euros

sábado, 26 de noviembre de 2011

[178] MAYOR PARTICIPACION DE LOS AYUNTAMIENTOS EN LAS INSCRIPCIONES REGISTRALES DE LAS OBRAS ANTIGUAS PRESCRITAS

Para aquellos que considerabamos al artículo 52 del Real Decreto 1093/1997 sobre normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, como un premio para el infractor urbanístico, los últimos cambios legislativos en referencia al artículo 20.4 de la ley de suelo estatal y la derogación de dicho artículo 52, nos vienen a dar la razón sobre esta cuestión. En el  artículo de D. Joaquín Delgado Ramos, Registrador de Santa Fé (Granada) y Notario excedente queda claro lo que estamos comentando. Por otra parte ya están pronunciándose dentro de sus competencias, ciertas administraciones como la Junta de Andalucía para dejar claro este posicionamiento ante la Dirección General de los Registros y del Notariado porque lo más curioso de todo esto es que, lo que debería estar claro para todos, solo está claro para muchos, y unos pocos aún siguen pensando en el "principio de la coincidencia registral con la realidad física" y nada más, frente a pensar en el "principio de la coincidencia registral con la realidad física" junto con la legalidad urbanística. Para la realidad exclusivamente física ya está el Catastro. El Registro de la Propiedad debiera ser algo más y ahora la nueva legislación apoya ese planteamiento.

miércoles, 23 de noviembre de 2011

[177] VISUALIZADOR DE ORTOFOTOS

La nueva política de difusión de la información geográfica producida por el Instituto Geográfico Nacional supone un paso decidido en la dirección de la liberación de la información geográfica, ya que facilita el acceso a una gran cantidad información, de forma gratuita para el usuario y en condiciones de uso muy abiertas.
Para la visualización y el procesado de la información geográfica a través de Internet, el IGN ha desarrollado, y está desarrollando, diferentes visualizadores para diferentes propósitos.
El técnico que trabaja en urbanismo y ordenación del territorio no debe abstraerse de estos nuevos avances, y dentro de sus posibilidades, debe investigar y formarse en su uso.
Traemos aquí la nueva versión del visualizador ligero no estándar Iberpix para ortofotos de 50 cm. de resolución. Nos ha parecido una aplicación fácil y cómoda de utilizar donde podemos destacar la resolución de las ortofotos, la actualización de los vuelos (entre 2007 y 2009 según la zona), la impresión de los PDF y la visualización de la coordenada z con el desplazamiento del cursor.

lunes, 21 de noviembre de 2011

[176] SEIS PÁGINAS WEB DE COLEGIOS Y CONSEJO DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA SITUADAS EN EL “ALEXA TOP 1 MILLION SITES”

Alexa Internet es una subsidiaria de la compañía Amazon.com con base en California. Alexa es un medidor internacional que funciona desde 1997. Es conocida por operar el sitio web (www.alexa.com) que provee información histórica del tráfico de una web, es decir la cantidad de visitas que esta recibe.
Existe un fichero actualizado en la página web de Alexa donde aparece reflejado el Top 1.000.000 de páginas web. Este listado representa el ranking del primer millón de páginas web más importantes del mundo en cuanto a número de visitantes y el número de páginas vistas por esos visitantes en cada página web. El ranking es una ponderación de ambos valores.
Ese fichero se actualiza a diario y se puede descargar desde un enlace situado en la zona superior derecha de la página web de Alexa Top sites.
Por cierto, si se descarga el fichero del ranking 1 millón, se debe saber que ocupa casi 10 Mb comprimido y unos 22 MB descomprimido. No se debe intentar cargar en el Excel porque probablemente avise que es demasiado grande. Se debe utilizar un editor de texto como el Wordpad o el Word de Windows o el TextEdit de Mac OS.
Algo que se percibe es que este ranking no coincide con el ranking que aparece en los plugins que proporciona Alexa para incluir en las páginas webs. El ranking de esos plugins corresponde a la media de los últimos tres meses. Este fragmento de ranking que aquí traemos es el ranking instantáneo obtenido el 19 de noviembre de 2011. En este ranking aparecen 6 páginas web de órganos colegiales de arquitectos en España.

domingo, 20 de noviembre de 2011

[175] CERTIFICADO FINAL DE OBRAS VISADO 4 AÑOS Y 5 MESES DESPUÉS DE HABER FINALIZADO LA OBRA

Queda claro que con documentos como este, el arquitecto director de la obra evitaría ser responsable de que, en la visita de los técnicos municipales en noviembre de 2011, se apreciara un exceso considerable de edificabilidad respecto a la autorizada por la licencia de obras concedida en su momento. Los promotores presentaron en 2011 el certificado final de la dirección de la obra visado porque era entonces cuando necesitaban la primera ocupación. Según ellos la obra tenía más de cuatro años y lo demostraban con este certificado ya que las obras fuera de licencia se empezaron a realizar al día siguiente de que el arquitecto les firmara el final de obra sin que este supiera nada sobre ello y duraron tan solo 3 meses. Según los promotores, el Ayuntamiento tuvo cuatro años para abrirles un expediente y no lo hizo, quizás por falta de medios para la inspección porque la infracción no se veía desde la calle o simplemente porque se suponía que la obra seguía en ejecución. Como consecuencia de todo ello, el edificio se encontraría ahora en situación de fuera de ordenación y para la inscripción en el Registro de la Propiedad de la obra nueva se haría preceptivo la emisión de un acto administrativo mediante el cual se declarara la situación de fuera de ordenación, con la delimitación de su contenido. (Artículo 20 del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio y modificado por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio). 
En cualquier caso no nos parece adecuada esta forma de proceder y creemos que tanto Directores de Obras, como Colegios Profesionales y Ayuntamientos tienen un deber con la Sociedad de articular mecanismos de protección de la legalidad urbanística y no dejar en manos de la picaresca, actuaciones como esta.

miércoles, 16 de noviembre de 2011

[174] PUBLICADO EN EL BOE EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

Ya está publicado en el BOE el Real Decreto Legislativo del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con el objetivo de dotar a este cuerpo normativo de una mayor seguridad jurídica.
De este modo, se integran y ordenan en un texto único todas las disposiciones aplicables a la contratación del sector público, incluidas la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, las sucesivas leyes que la han modificado por diversos motivos y otras disposiciones contenidas en normas con rango de ley, entre ellas las relativas a la captación de financiación privada para la ejecución de contratos públicos.
Se da cumplimiento así al mandato contenido en la Ley de Economía Sostenible, que autoriza al Gobierno a elaborar un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, todas estas normas. Con ello se facilita su aplicación, tanto por las administraciones y entes del sector público contratantes, como por las empresas contratistas.

martes, 15 de noviembre de 2011

[173] JORNADAS TÉCNICAS SOBRE SISMO


Por ser de interés para nuestro Colectivo, se adjunta el programa de las jornadas técnicas sobre sismo.Criterios de diseño estructural frente a sismo y evaluación de daños. La experiencia recogida del sismo de Lorca. El Plan Especial frente a Riesgo Sísmico de la Comunitat Valenciana”.
Estas jornadas están organizadas por el Instituto Valenciano de la Edificación (IVE) en colaboración con la Conselleria de Gobernación de la Generalitat Valenciana, y se celebrarán en Valencia, los próximos 29 y 30 de noviembre de 2011.
Se dirigen principalmente a arquitectos, ingenieros y técnicos municipales, y pretenden su capacitación para la inspección, evaluación y reparación de daños ocasionados por un terremoto. Se presentarán además, la propuesta de ficha de inspección y evaluación rápida de daños en la Comunitat Valenciana, así como el Plan Especial frente a riesgo sísmico de la Comunitat Valenciana y los estudios previos sobre peligrosidad y vulnerabilidad.

jueves, 10 de noviembre de 2011

[172] EL ARQUITECTO MUNICIPAL Y LA ARQUITECTURA

Urbipedia® es el mayor archivo en linea de arquitectura internacional editado en español y también sitio donde se agrupan otros contenidos relacionados con arquitectura, urbanismo, paisajismo y construcción. Hasta la fecha, este archivo incluye información de 1.797 arquitectos y 7.829 obras de arquitectos y urbanistas, así como otras de construcción, sostenibilidad, etc.14.444 artículos, que se acompañan de 35.879 imágenes. Es posible buscar un proyecto en concreto a través de un arquitecto, una ciudad, un uso o un periodo, o también a través de los índices, palabras clave o mediante una búsqueda en varias categorías. En la mayoría de los casos las obras cuentan con información fotográfica, planos y georreferencia.
Y lo que más nos satisface: su creador, director y administrador es un arquitecto...municipal.

miércoles, 9 de noviembre de 2011

[171] PUBLICADO EN EL BOE EL NUEVO REGLAMENTO DE VALORACIONES DE LA LEY DE SUELO ESTATAL

Ya esta publicado en el BOE el nuevo Reglamento de Valoraciones del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.
Recibimos con cierta sorpresa y decepción este documento que tanto difiere del correcto Anteproyecto que en su momento se recibió en el CSCAE por parte de la entonces Dirección General de Suelo y Políticas Urbanas del Ministerio de la Vivienda y al que el propio Consejo realizó sugerencias.
La intención de aquel Borrador de Reglamento trataba de dar respuesta al deseo expresado por el legislador estatal, por una parte de establecer un nuevo régimen de valoraciones y por otra de reforzar las funciones públicas notarial y registral, mediante la colaboración activa de notarios y registradores en importantes cuestiones de la gestión urbanística.
Ese Borrador venia, entre otros aspectos de interes, a confirmar la importancia que debían tener las autorizaciones administrativas para las inscripciones registrales, confirmando la estrecha colaboración que debía existir entre la Administración otorgadora de licencias y el Registro de la Propiedad.
Esperemos que este recorte del Reglamento solo se deba a una cuestión de competencias y que en breve, si no por el Ministerio de Fomento, si por el de Justicia, podamos disponer de esa herramienta tan útil para la defensa de la transparencia urbanística de la que ahora se nos ha privado.

domingo, 6 de noviembre de 2011

[170] ¿QUIEN PAGA LOS GASTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS PENALES?

Sucede con cierta frecuencia, que el Alcalde y otros concejales del Equipo de Gobierno de un Ayuntamiento, son objeto de denuncias y querellas que ocasionan actuaciones penales contra ellos, siempre por hechos realizados en virtud del cargo público que ostentan.
Lo mismo sucede con los funcionarios y el personal al servicio del Ayuntamiento, también por actuaciones en virtud de la función y trabajo que desarrollan en la entidad local.
En este informe se plantea si el Ayuntamiento tiene que hacerse cargo de los gastos de defensa jurídica de los cargos electos, funcionarios o personal a su servicio, denunciados o imputados en un procedimiento judicial penal.

miércoles, 2 de noviembre de 2011

[169] ALCANCE Y LÍMITES DE LOS INFORMES DE LOS TÉCNICOS MUNICIPALES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS

En los expediente o procedimientos administrativos de otorgamiento de las licencias urbanísticas, necesariamente tienen que emitirse los correspondientes informes técnicos (además del informe jurídico), que son en consecuencia preceptivos, si bien no vinculantes (artículo 83.1 de la Ley 30/1992); de tal manera que la ausencia de tales informes determinaría la nulidad del acto administrativo producido por la Administración tal y como ha destacado el Tribunal Supremo en la sentencia de 14 de Marzo de 2001 (RJ 2001/1206).
Traemos aquí un informe elaborado por los servicios jurídicos del CSCAE referente a los informes de los Técnicos municipales y de como estos deben comprender en los procedimientos o expedientes de concesión de las Licencias Urbanísticas, no sólo el ajuste y adecuación a la normativa urbanística aplicable, de obligada observancia, sino también el cumplimiento de las condiciones de seguridad.

lunes, 31 de octubre de 2011

[168] ESTRATEGIA DE MEDIO AMBIENTE URBANO

La Estrategia de Medio Ambiente Urbano tiene por objetivo establecer las directrices que han de conducir a los pueblos y ciudades de España hacia escenarios más sostenibles, en la era de la información.
Para la consecución de ciudades más sostenibles en la era del conocimiento la Estrategia de Medio Ambiente Urbano promueve el modelo de ciudad compacta, compleja, eficiente y cohesionada socialmente. Cuando el tamaño de los núcleos urbanos sea menor el modelo se acomodará a sus propias características buscando resolver, en cualquier caso, los retos anunciados.
La Estrategia de Medio Ambiente Urbano pretende, también, modificar la actual estrategia para competir entre territorios, basada en el consumo de recursos, por otra fundamentada en la información y el conocimiento. La Estrategia de Medio Ambiente Urbano cuenta entre sus objetivos, además, mejorar la calidad urbana de pueblos y ciudades y la calidad de vida de su ciudadanía.

sábado, 29 de octubre de 2011

[167] NUEVOS CAMPOS DE TRABAJO PARA LOS ARQUITECTOS


Mucho se ha hablado y se hablará del Distrito Norte de Alcorcón pero no queremos entrar aquí en el debate sobre la conveniencia o no en estos momentos, de operaciones inmobiliarias de esas características. Será mejor que el lector opine serenamente tras su análisis. Lo que si nos interesa destacar en esta entrada es como una empresa dirigida por arquitectos y especializada en la creación de espacios virtuales multimedia haya editado un vídeo de apenas 9 minutos de duración, en donde llegan a explicar un plan parcial de más de 12.500.000 m² de superficie. En estos momentos de crisis para la profesión, el abrir nuevos campos de trabajo para los arquitectos siempre debe ser valorado positivamente.

jueves, 27 de octubre de 2011

[166] INFORMACIÓN SOBRE LOS FUNCIONARIOS INTERINOS

Traemos aquí un artículo publicado en “Cuadernos de Administración Local”, revista técnica de la Federación Española de Municipios y Provincias por D. Albert Calderó, abogado-consultor y subdirector de Estrategia Local, consiste en un comentario detallado del artículo 10 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, que regula la figura del funcionario interino, introduciendo cambios de gran trascendencia para la gestión de personal en todas las instituciones públicas.

miércoles, 26 de octubre de 2011

[165] SILENCIO NEGATIVO DE CIERTAS LICENCIAS URBANÍSTICAS Y REQUISITOS PARA LA DECLARACIÓN DE OBRA NUEVA

El Boletín Oficial de Estado núm. 161 del día 7 de julio de 2011 publicaba el Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.
Se trata de un Decreto Ley que por su variado contenido se parece a las famosas leyes de acompañamiento a las leyes de presupuesto. Esta norma legal contiene diversos artículos que afectan a la legislación urbanística, con categoría de legislación básica que algunas veces no será fácil conjugar con las legislaciones autonómicas. Por cierto que algunas de estas normas, más o menos acertadas, nada tienen que ver con el objeto del Decreto Ley, que es adoptar medidas contra la grave crisis económica que sufre España.
Traemos aquí un breve comentario limitado a los artículos 23 y 24 del referido Decreto Ley.

lunes, 24 de octubre de 2011

[164] CONDENAN AL AYUNTAMIENTO POR ACOSO LABORAL

Un Juzgado de lo contencioso administrativo de Madrid ha determinado en una reciente sentencia que una arquitecta municipal ha sido objeto de acoso laboral por parte del Ayuntamiento en el cual es funcionaria, y condena a éste a que la indemnice con la cantidad de 6.000 euros. Con independencia de la indemnización, podemos considerar a esta Sentencia como modélica y pionera en atención a los agentes del acoso: el Concejal de Urbanismo y el Coordinador de los Servicios Técnicos y a la acosada: funcionaria arquitecta municipal.

sábado, 22 de octubre de 2011

[163] ¿CUANTOS PISOS HAY A LA VENTA EN ESPAÑA?

Dentro del mercado inmobiliario se plantean muchos elementos como determinantes de las dinámicas de formación de los precios. No sólo hemos de hablar de demanda o de oferta, sino también de otros tales que tipos de interés, expectativas de precios, información de la que disponen los distintos actores de mercado, pirámides de población o precio de los alquileres. En este artículo vamos a describir el número de pisos que existen en nuestro país clasificándolos en varias categorías:
Primera mano a la venta en manos de los promotores/constructores / Primera mano ya finalizados aún no a la venta / Viviendas cuya construcción ha sido ya iniciada / Pisos de segunda mano a la venta / Total de los pisos susceptibles de venta, excluyendo los pisos de segunda mano vacíos que no se hallan en venta.
De esta forma cada uno podrá llegar a sus propias conclusiones respecto a lo que esté sucediendo en cada una de las provincias y a la formación de precios.

jueves, 13 de octubre de 2011

[162] NO A LOS CONCURSOS MIXTOS DE PROYECTO Y OBRA

En recurso contencioso administrativo promovido por el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla contra la convocatoria de un Concurso para la adjudicación de redacción de proyecto y ejecución de obra de 200 viviendas de protección oficial, promovido por la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla Nº 2, en Sentencia de 25 de julio de 2011, ha estimado el recurso del COAS anulando el Pliego de Condiciones Base del Concurso, la adjudicación del contrato de proyecto y obra y todos los actos posteriores a dicha contratación, por considerarlos contrarios a Derecho. 
Los fundamentos principales de la Sentencia consisten en que los contratos mixtos de proyecto y obra sólo están permitidos en los casos excepcionales previstos en la Ley, por razones estrictamente técnicas, sin que puedan sustentarse en otras consideraciones como el tamaño de la actuación, las características urbanísticas o la dotación presupuestaria. Recoge asimismo la Sentencia, la falta del preceptivo Anteproyecto que ha de elaborarse en todos los casos excepcionales previstos en la Ley, Anteproyecto que no puede sustituirse por otro documento. 
Este recurso forma parte de la serie de medidas emprendidas por el COAS, encaminadas a conseguir que las Administraciones Públicas se ajusten a las Directivas Comunitarias y a las leyes que regulan la contratación pública en todos los contratos de trabajos relacionados con la profesión de Arquitecto, todo ello dentro de las funciones atribuidas a los Colegios Profesionales para la defensa de los intereses del colectivo de Arquitectos. 
En este sentido, la Sentencia que comentamos reitera la jurisprudencia aplicada en otros recursos sostenidos también por este Colegio, que declara que no puede utilizarse la contratación mixta de proyecto y obra nada más que en los casos excepcionales previstos en la Ley, sin que pueda excusarse dicha contratación en otros criterios, como la simplicidad de tramites, la urgencia, o cualquiera otra similares.

martes, 11 de octubre de 2011

[161] LOS INFORMES SECTORIALES EN EL URBANISMO

En este artículo de D. Teófilo Arranz Marina, técnico urbanista, publicado en el número 96 de la revista Práctica Urbanística, se trata de abordar los informes sectoriales en materia urbanística, analizando previamente los informes en el procedimiento administrativo, delimitando su naturaleza, dejando constatado que los informes sectoriales necesarios en cada caso dependerán de los intereses a que afecte la ordenación.

lunes, 3 de octubre de 2011

[160] YA ES EXPLICITO EL CARÁCTER NEGATIVO DEL SILENCIO EN LA CONCESIÓN DE LICENCIAS

Con el complejo título de "Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa", el pasado 7 de julio de 2011 entró en vigor el Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio.

Una vez más, estaríamos cometiendo un craso error si pensásemos que esa normativa no va afectar a los arquitectos que trabajan en los servicios urbanísticos de la Administración. Y quien aún no se lo crea, que le eche un vistazo a los artículos 23 y 24.
En esos artículos se establecen medidas específicas de seguridad jurídica en el sector inmobiliario, que se centran básicamente en dos tipos: las relacionadas con la imposibilidad de concesión de facultades de extraordinaria relevancia e impacto sobre el territorio por medio de la técnica del silencio positivo, y las relativas a medidas registrales cuyo objeto consiste en garantizar y fortalecer la seguridad jurídica en los actos y negocios inmobiliarios por medio del Registro de la Propiedad.
En relación con las primeras, se confirma la regla, ya contenida en la Ley estatal de Suelo, de la imposible adquisición por silencio administrativo, de facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística, y que culminan determinando la nulidad de pleno derecho de estos actos. La sentencia de 28 de enero de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ha fijado como doctrina legal que el artículo 8.1,b) de la citada Ley de Suelo constituye una norma con rango de ley básica estatal, con los mencionados efectos. 
Para ello, nada mejor que explicitar el carácter negativo del silencio en los procedimientos más relevantes de declaración de conformidad, aprobación o autorización administrativa en dichos ámbitos, lo que sin duda contribuirá a una mayor seguridad jurídica, impidiendo que la mera pasividad o inexistencia de actuaciones tempestivas de los Ayuntamientos permita entender a cualquier privado que le han sido concedidas licencias urbanísticas del más variado tipo.
En relación con las segundas, se hace especial hincapié en las medidas de protección registral cuyo objetivo consiste en la protección preventiva y en la depuración a futuro de situaciones que se producen en la actualidad y que están afectando de manera muy negativa a la inversión en el sector inmobiliario, tanto a nivel interno, como internacional. Entre ellas, la anulación de licencias previamente concedidas, con la consecuencia última de la demolición, que terminan afectando a terceros adquirentes de buena fe que se ven desprotegidos a causa de actuaciones en las que no han sido parte, y que no siempre han estado exentas en su origen de supuestos de corrupción. Entre estas medidas, se encuentra la incorporación al Registro de la Propiedad de la información que permitirá a los adquirentes de inmuebles conocer por anticipado la posible situación litigiosa en la que éstos se encuentran, incluyendo los expedientes que puedan suponer la imposición de multas o la futura demolición. 

martes, 27 de septiembre de 2011

[159] EL URBANISMO ILEGAL EN SUELO RURAL, TRATAMIENTO LEGAL Y REGULARIZACIÓN

"La proliferación de viviendas clandestinas, por su elevado número, el suelo que ocupan y la diversidad de capas sociales que en ellas se han instalado, constituyen hoy uno de los mayores retos en materia de urbanismo y ordenación del territorio, que sólo con mucha voluntad e imaginación podrá hallar alguna solución, nunca totalmente satisfactoria.
Esto requiere un esfuerzo coordinado entre especialistas de distintas materias, el particular y la administración, acentuando lo esencial del papel que ha de afrontar esta última, la cual deberá participar e impulsar las soluciones que mejor se adecuen al marco de conflicto, sin que en ningún momento esta búsqueda se desvirtúe y desemboque en soluciones precipitadas."
En el número 104 de mayo de 2011 de la Revista Práctica Urbanística editada por el Grupo Wolters Kluwer (La Ley), se incluye un estudio de D. Luis Mariano Reula Sanz, Técnico de Gestión de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza y Especialista en Urbanismo y D. José Gavilán López, Técnico Jurídico del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro y Especialista en Urbanismo, con el título “el urbanismo ilegal en suelo rural, tratamiento legal y regularización”.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

[158] NUEVA EDICION DEL MASTER SOBRE VALORACIONES ON LINE

Por ser de interés para los Arquitectos de las Administraciones Pública, os informamos que el CIVAT vuelve este año a convocar dos master on line, uno en Ingeniería de la Tasación y Valoración y otro en Ciencias Inmobiliarias.
Para esta edición, la UAAAP tiene la consideración de entidad colaboradora por lo que nuestros agrupados tendrán acceso a tasas reducidas.
El Centro de Investigación en Valoración y Tasación (CIVAT) pertenece al Centro de Ingeniería Económica (INECO) de la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) y está formado por profesores de la UPV que desarrollan sus actividades docentes e investigadoras en el ámbito de la Valoración y Tasación de diversos activos: inmuebles rurales, inmuebles urbanos, obras de arte, patrimonio arquitectónico, bienes de equipo, activos financieros, empresas, activos intangibles, etc.
Tiene como objetivo la realización de investigaciones, asesoramiento y enseñanza en el área de la valoración y tasación, en colaboración con otras universidades españolas y extranjeras, así como con los colegios profesionales y la administración pública.

lunes, 19 de septiembre de 2011

[157] LA AUDIENCIA RECHAZA DEMOLER UNA CASA ILEGAL PORQUE HAY MUCHAS EN LA ZONA

Una sentencia de la Audiencia ve probado que I.M. construyó en El Puerto sin licencia, en suelo no urbanizable, una unifamiliar de 142 metros cuadrados. La resolución explica que la procesada desobedeció la orden de paralizar las obras que le dio en su día el Ayuntamiento, que rompió los precintos y continuó construyendo. También que hizo caso omiso de otra orden de derribo y que vendió la casa sin decirle al comprador que era ilegal. Todo eso le costará a la procesada un par de multas y un año y medio de prisión por tres delitos, entre ellos desobediencia y estafa; esto es, una pena con la que probablemente eludirá la cárcel. La vivienda también saldrá bien librada: fue construida ilegalmente pero seguirá en pie.

jueves, 15 de septiembre de 2011

[156] FORMACIÓN DE DIRECTIVOS COLEGIALES

Adelantarse al contexto y profesionalizar el sector, estas son dos de las prioridades que Unión Profesional desarrollará en el nuevo curso que comenzará el próximo octubre. De cuatro meses de duración, el Programa de Desarrollo Profesional en Dirección y Gestión de Colegios Profesionales que Unión Profesional y la Escuela de Organización Industrial (EOI) presentan, está especialmente dirigido a profesionales que desempeñen funciones en el ámbito de los Consejos y los Colegios Profesionales, así como a aquellos que deseen especializarse en este ámbito. Ambas instituciones buscan ofrecer una formación estructurada e integral enfocada en el desarrollo de funciones gerenciales en organizaciones colegiales.

martes, 13 de septiembre de 2011

[155] EN ÉPOCAS DE CRISIS

A casi nadie se le ha caído una lágrima por el tijeretazo a los funcionarios aprobado en mayo de 2010 por el Gobierno en un país en el que todavía perdura la dura crítica que Larra les hizo ¡hace 177 años! Los demás trabajadores, acuciados por los ajustes, la temporalidad y un paro que golpea a más de cuatro millones y medio de personas, envidian su estabilidad laboral, sus vacaciones de sultán y sus desayunos eternos. También está generalizada la idea de que es un cuerpo vago y sobredimensionado. Pero, ¿están justificadas esas críticas?
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viernes, 9 de septiembre de 2011

[154] EL TIEMPO DE LA INTERINIDAD CUENTA PARA LA PROMOCIÓN INTERNA DE LOS FUNCIONARIOS, SEGUN EL TJ DE LA UNIÓN EUROPEA

La recientísima sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 8 de Septiembre de 2011 (C-177/10) da un paso adelante para frenar la discriminación entre interinos y funcionarios de carrera, y de rondón debilita el carácter preclusivo de los plazos para impugnar bases de convocatorias admitiendo que sean cuestionadas tras conocer los actos finales de aplicación. Casi nada. Otro ladrillo en el muro (Pink Floyd dixit).
Para ello el Tribunal europeo continúa en su línea de equiparar la valoración, reconocimiento o efectos de los servicios temporales (en régimen de interinidad) con los servicios prestados por funcionarios en propiedad. Primero, fue el reconocimiento de la eficacia de tales servicios temporales para generar el derecho a trienios según célebre sentencia comunitaria. Ahora se trata del reconocimiento de tales servicios temporales a efectos de alcanzar los dos años de servicios ( u otra antigüedad) impuestos como requisito para la promoción interna. Veamos el enorme alcance de este recientísimo fallo judicial.

miércoles, 7 de septiembre de 2011

[153] LAS FORTALEZAS DEL ARQUITECTO. SOLUCIONES PARA SALIR DE LA CRISIS

PATOS EN STEPIENYBARNO
Hace tiempo nos comentaba un buen amigo nuestro que para él, los arquitectos éramos como patos. Estos animales son de aire, son de tierra y son de agua, todo lo hacen, aunque nada lo hacen excesivamente bien. Así que, esta curiosa comparación nos sirve de introducción para ver qué es lo que entendemos que hacemos o podemos llegar a hacer dentro de nuestra profesión. 
Lo que está claro es que, en tiempos tan complejos e inciertos como estos, cada vez se tiende a hacer más tareas diferentes y acercarnos a los propios límites de la disciplina.
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martes, 30 de agosto de 2011

[152] ACCESIBILIDAD EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS


Esta publicación es un reflejo de los avances y debates que se van produciendo en la búsqueda de la accesibilidad universal en los espacios públicos urbanizados. Esos avances no son lineales ni continuos, pero a lo largo de los años crean un corpus de conocimiento que se va difundiendo y aplicando de manera creciente en las ciudades.La accesibilidad interesa de forma creciente en todo el mundo por motivos cada vez más amplios e interdependientes.
Por ello la publicación de la Orden del Ministerio de Vivienda VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados es un avance considerable para delimitar las condiciones técnicas y establecer un estándar mínimo para todos.
El plan de este libro parte de la citada Orden Ministerial para analizar distintos aspectos de su aplicación. Para aproximarnos a la realidad normativa y técnica en que esta Orden se inserta, el libro se ha dividido en tres bloques.
El primero analiza los criterios de accesibilidad dispersos entre distintas normas legales y técnicas preexistentes, tanto de tipo nacional como internacional, reflexionando sobre lo que han aportado desde su aprobación, las diferencias a unificar y con qué criterios hacerlo. Este es el objetivo de esa primera parte del libro, denominada CONTEXTO NORMATIVO.
En un segundo bloque se abordan más específicamente, algunos de los CONTENIDOS DE LA ORDEN MINISTERIAL.
El tercer y último bloque recoge REFLEXIONES Y CRITERIOS en torno a la accesibilidad en la ciudad. 

viernes, 29 de julio de 2011

[151] LA SUPRESION DEL ARQUITECTO MUNICIPAL

Nos permitimos desde este comentario, y desde el máximo respeto a la autonomía local, el considerar que en un municipio como el de Tegueste, de más de 10.000 habitantes se nos antoja de dificil entendimiento la medida recientemente adoptada por su Ayuntamiento de prescindir del puesto de arquitecto municipal justificada en la falta de trabajo de su oficina técnica.
Desde la UAAAP consideramos que para un municipio de las características de geográficas y demográficas de Tegueste, el que exista un arquitecto y un aparejador en plantilla con funciones complementarias, es lo mínimo que se le puede demandar a una Corporación en el ejercicio de sus funciones públicas.
Nos consta que hay muchos ayuntamientos que si por ellos fuera prescindirían del Secretario o del Interventor, pero su mantenimiento no dice nada a favor de estos consistorios ya que por por imperativo legal están obligados a mantenerlos. Lo que si dice mucho a favor de muchos municipios de España es que, a pesar de las penurias económicas por la que atraviesan, no sea negociable para ellos el prescindir de su arquitecto y de su aparejador municipal.

lunes, 27 de junio de 2011

[150] LOS PROFESIONALES PODRÁN TRABAJAR Y COBRAR LA PENSION

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado dia 22 de junio, una modificación al proyecto de la Ley de Modernización de la Seguridad Social que permite la compatibilidad para los profesionales liberales de seguir trabajando una vez que cobren la pensión pública de la Seguridad Social. Esto supone anular de facto la orden del Ministerio de Trabajo, publicada el mes pasado, que impedía esta posibilidad y que ha provocado un gran revuelo entre los profesionales.
Fuente: Expansión
Nota de prensa de Unión Profesional

martes, 14 de junio de 2011

[149] LA COMISIÓN EUROPEA HACE REFERENCIA EN SUS RECOMENDACIONES A LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES

El pasado 7 de junio, la Comisión Europea (CE) ha hecho públicas una serie de recomendaciones específicas para cada Estado Miembro de la Unión Europea (UE) con el fin de "estimular" el crecimiento, el empleo y las finanzas públicas. Estas recomendaciones se centran en los aspectos estratégicos más rentables para estos países durante el próximo periodo de 12-18 meses, con el objetivo último de impulsar la economía de la UE en su conjunto. En concreto, y en el caso de las recomendaciones que conciernen a España, se especifica en la número (6) «liberalizar los servicios profesionales y promulgar las leyes previstas para rediseñar el marco regulatorio y eliminar las actuales restricciones a la competencia».
Las recomendaciones se debatirán y aprobarán en el Consejo Europeo de los días 23 y 24 de junio, después de ser discutidas en los Consejos de ECOFIN y EPSCO. Su aplicación será supervisada a lo largo del próximo año por la Comisión y por los Estados miembros en el marco de un riguroso proceso de examen inter pares. La CE evaluará los progresos a nivel de la UE en su próximo Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de enero de 2012 y, para cada Estado miembro, en el próximo conjunto de recomendaciones específicas por país de junio de 2012.
Fuente: Unión Profesional

jueves, 9 de junio de 2011

[148] NOVEDADES DE CARTOGRAFÍA CATASTRAL EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL CATASTRO

Dentro de la sede electronica del catastro se han incluido algunas novedades en el visor de la cartografía. Cuando navegando por la cartografía y haciendo zoom se llega a una escala grande de aproximadamente 1:2.000, en la barra de iconos aparece un nuevo botón (3d). Esta opción permite visualizar las construcciones, aisladas o del casco urbano, con un sombreado sobre los elementos constructivos con volumetría sobre la rasante del terreno. La imagen resultante da sensación de relieve y facilita la interpretación visual del entramado urbano. Si se sigue haciendo zoom y se llega a la escala aproximada de 1:1.000, el aspecto visual de la opción 3d cambia y la representación de cada elemento constructivo de las parcelas se hace mediante una perspectiva caballera en función de su volumetría (número de plantas).
Fuente: Blog IDEE

miércoles, 1 de junio de 2011

[147] LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA EN EUROPA

Únicamente en cinco países nórdicos (Dinamarca, Estonia, Finlandia, Noruega y Suecia) y en algunos cantones suizos, no existe ni colegiación ni registro obligatorio. Es decir, de 31 países estudiados, en 25 es obligatorio estar colegiado.
Los 25 países en los que se la colegiación es obligatoria suman 457.900 arquitectos de un total de 483.500.
De todo lo anterior debemos concluir que la colegiación obligatoria de Arquitectos está absolutamente generalizada en Europa en función de la regulación de la profesión. Esto es así porque los legisladores de los diferentes países europeos han entendido que el ejercicio de la profesión de Arquitecto debe estar sometido a un control que asegure la protección del interés general, la seguridad y la defensa de los derechos de los ciudadanos y usuarios de sus servicios. Este objetivo de protección del interés general no puede asegurarse por otros medios que no sean la colegiación o adscripción obligatoria a la organización colegial. Esta es la verdadera conclusión del examen de Derecho comparado que hemos efectuado y, por eso, aprovechamos para denunciar cualquier tergiversación de esta realidad: No es en absoluto cierto que en Europa se esté optando por un modelo en el que la colegiación sea voluntaria, la realidad es justo la opuesta.